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Principio de Acuerdo sobre el PDP en Caja Madrid

La Caja se compromete a crear 400 empleos fijos durante 2005

Después de varios meses de contactos entre la Dirección y los sindicatos, se ha alcanzado un principio de acuerdo que incorpora al PDP las mejoras de clasificación profesional pactadas en el Convenio Colectivo de las cajas de ahorros. La aplicación del acuerdo tendrá carácter retroactivo, con efectos de 1-1-2004, en la mayoría de sus aspectos.


Este artículo se publicó originalmente en Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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La dificultad de adaptar dos sistemas diferentes respetando, como mínimo, expectativas anteriores, con una casuística tan variada como la que hay en la Caja, explica lo dilatado del proceso. Además, esta negociación ha ido más allá, incorporando contenidos no derivados del Convenio, como: tratamiento de nuevas situaciones profesionales que van surgiendo; revisión generalizada de la retribución variable; mejoras para Directores y Subdirectores; modificación de ciertas condiciones laborales... Las medidas adoptadas en materia profesional y otras, así como los conceptos que vertebran el nuevo PDP son los siguientes, de forma necesariamente resumida:

 

- Desde ahora, en el PDP habrá un Grupo profesional dividido en dos sub-grupos, que se corresponden a los anteriores Grupos I y II . En el Sub-Grupo 1 (antes escala administrativa) existirán ocho Niveles retributivos, en sentido descendente, del XIII al VI. En el Sub-Grupo 2 (anteriores Jefes) existirán cinco Niveles, del V al I. A su vez, habrá un sub-nivel retributivo en el Sub-Grupo 1 y ocho en el Sub-Grupo 2. Por su parte, los empleados Ayudantes, Oficios Varios y Telefonistas... se encuadran en su propio Grupo profesional. Cada empleado se encuadrará en el Nivel profesional que proceda en función de su nivel PDP anterior y años de permanencia en la categoría.

 

* Auxiliares, Oficiales y Jefes de 6ª C

 

- En el Sub-Grupo 1, tras estudiar todas las situaciones existentes en la Caja, se han acordado 26 disposiciones transitorias o medidas específicas para incorporar a todas las personas a la nueva escala, garantizando su masa salarial anterior o para adelantar ascensos, según lo establecido en el Convenio Colectivo. Esto se hará mediante complementos salariales, dotados de plenas garantías y/o la asignación adicional de puntos PDP.

 

- Se ha pactado una escala nueva para ascender por acumulación de puntos, similar a la anterior y que permite adelantar algunos ascensos. La nueva escala y los puntos necesarios para ascender se publicarán próximamente.

 

- Los trienios se devengarán desde ahora a partir del Nivel VIII. No obstante, en una comparación con la anterior escala salarial se garantizan, como mínimo, y año a año, niveles retributivos acumulados equivalentes. 

 

- Estas medidas van asociadas y hay que entenderlas como un conjunto. El equilibrio alcanzado para ciertos Niveles consiste en adelantar el ascenso en vez de generar un trienio, lo que supone para el empleado más dinero y antes.

 

- Como se podrá comprobar, estas disposiciones, unidas a la retroactividad 1-1-2004, van a suponer a muchos empleados un importante efecto económico positivo. La nueva carrera profesional acumula importantes ganancias salariales en los próximos años, al anticipar ascensos e introducir nuevos niveles salariales.

 

- La nueva carrera profesional también mejora el anterior techo salarial del PDP en la escala administrativa, ya que los Jefes de 6ªC actuales y futuros podrán alcanzar un nivel salarial equivalente al del anterior 6ª B.

 

- Asimismo, se garantiza el ascenso en los plazos previstos por el Convenio Colectivo, en caso de que el empleado no lo logre antes a través del sistema pactado en la Caja.

 

- También se acuerda eliminar la gradación de pagas en el Nivel XIII (anterior Auxiliar C).

 

- Se incrementará en 8,30 € la base de la retribución variable de los empleados que no ejerzan función directiva. A su vez, las nuevas ponderaciones PDP para quienes no dirigen equipos de trabajo serán : 15% V1 + 50% V2 + 35% V3.

 

- Se mantienen las mismas condiciones para pasar del Sub-Grupo 1 al 2 (ascensos a categorías de Jefes), con una única excepción para los Subdirectores.

 

* Subdirectores

 

- Los Subdirectores que pasen al Sub-Grupo 2 mantendrán hasta alcanzar el Nivel V los puntos que tengan acumulados, lo que contribuirá a adelantar su carrera. También se acuerda limitar a un 10%, como máximo, las oficinas que pueden carecer de Subdirector, tratándose siempre de centros con 3 empleados o menos.

 

- Se acuerda una categoría mínima para el Subdirector por cada nivel de la oficina: en las oficinas de tipo C, el Subdirector tendrá, como mínimo, Nivel X (anterior Of. 2º); en las de tipo B tendrá, como mínimo, Nivel IX (Of. 2º-3 años); y en las de tipo A tendrá, como mínimo, Nivel VIII (de nueva creación, ligeramente por debajo del anterior Of. 1º).

 

- Se acuerda un incremento de la base de la retribución variable en las siguientes cantidades: Subdirector Oficina tipo A: 22 €; Oficina B: 19 €; Oficina C: 17 €. Esta subida se aplicará en dos tramos: 2005 y 2006. Se mantienen las mismas condiciones del Bonus por alcanzar 12,75 puntos, a efectos de retribución variable. Lo que se modifican son los efectos PDP por alcanzar 12,75 puntos en el SVR. A partir de ahora, los Subdirectores de Oficinas tipo A multiplicarán sus puntos PDP por 1,60; los de oficinas B, por 1,55; y los de oficinas C, por 1,50. Estas medidas van asociadas y suponen modificar ligeramente una expectativa en caso de Bonus, a cambio de consolidar una mejora salarial para todos.

 

* Directores de oficina – categorías de Jefe

 

- Se acuerdan los siguientes mínimos para el Director, por cada tipo de oficina: Oficina A, complemento hasta Nivel III (4ªA) + 1.800 €/año adicionales ; Oficina B, complemento hasta Nivel IV (4ªC); Oficina C, Nivel V (6ª B). 

 

- Se incrementa la base de la retribución variable en las siguientes cantidades: Director Oficina tipo A: 86 €; Director Oficina B: 65 €; Director Oficina C: 52 €. Esta subida se aplicará en dos tramos, en 2005 y 2006. Como ocurre con los Subdirectores, se mantienen las mismas condiciones del Bonus por alcanzar 12,75 puntos, a efectos de retribución variable, pero se modifican los efectos PDP en este caso. A partir de ahora, los Directores de Oficinas tipo A multiplicarán sus puntos PDP por 1,75; los de oficinas B, por 1,70; y los de oficinas C, por 1,65. Estas medidas van asociadas y suponen modificar ligeramente una expectativa limitada a quienes alcancen el Bonus, a cambio de consolidar una mejora salarial permanente y para todos. Por último, las nuevas ponderaciones PDP para quienes dirigen equipos de trabajo serán : 15% V1 + 65% V2 + 20% V3.

 

- El sistema de Clasificación de Oficinas se mantiene igual que hasta ahora.

 

- Se acepta que los Jefes que no ejercen función directiva puedan seguir progresando profesionalmente hasta Nivel II (antigua jefatura de 3ª C). No obstante, se habilita un periodo transitorio de 5 años para que quien ya esté en dicho Nivel pueda acceder al siguiente por acumulación de nuevos puntos PDP. 

 

* Informáticos

 

- Se acuerda revisar la situación de empleados de Las Rozas que realizan funciones informáticas puras y que venían recibiendo un tratamiento como administrativos en el PDP. 

 

* Modificaciones en la retribución variable para otros colectivos

 

- También se incrementa en 65 € la base de la retribución variable de los Directores de Departamento; y en 19 € la de los Coordinadores de Equipo, Gerentes de Empresas y de Promotores.

 

* Nuevas funciones en oficinas, Direcciones de Zona, Dir. de Negocio y Departamentos centrales

 

- A partir de 2006 se producirá una mayor promoción por el desempeño de funciones hasta ahora no contempladas en el sistema, con más responsabilidad y un componente técnico. Todo ello deberá concretarse más y afectará hasta a 400 empleados: 250 de la red (incluidas DZ y DN) y 150 de departamentos.

 

- En la red habrá un complemento funcional de 1.700 €/año para quienes tengan categoría inferior a Jefe 6ªC actual; base mínima de 240 € en el SVR; y un multiplicador de 1,20 si V2 alcanza 10, y de 1,5 si V2 alcanza 12,75. En servicios centrales el complemento será de 2.200 € (con independencia del Nivel que se ostente) y una base mínima SVR de 240€

 

* Fiestas patronales: tiempo libre en lugar de reducción horaria. Creación de 400 nuevos empleos.

 

- Asimismo, la Caja ha aceptado propuestas que le hemos planteado en otras materias: modificar la actual reducción horaria en la semana de fiestas patronales por 2 días libres, en departamentos centrales; y por 1 día que no sea jueves de invierno y 2 tardes de jueves, en oficinas. La Caja también se ha comprometido a crear 400 empleos en 2005. 

 

► Seguiremos profundizando en los contenidos de este acuerdo importante y complejo.

 

Madrid, 17 de diciembre de 2004

 

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