Arxivat a Preguntas frecuentes, Salario, Empleo
Cobro de atrasos después de baja en la empresa
Se está negociando el convenio para este año en mi empresa y uno de los puntos que parece que está claro es el de la subida salarial con caracter retroactivo desde el 1-1-2003. Yo me voy de la empresa, y si se firma el convenio después de que yo me haya ido ¿tendré derecho a cobrar los atrasos correspondientes desde el 1 de enero hasta la fecha de mi baja?
En principio tiene derecho a los atrasos pero debe tener en cuenta que al firmar el finiquito aparezca una mención expresa a ellos, ya que el finiquito significa el reconocimiento de que la empresa ya no lo debe nada.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
COMISIÓN DE RELACIONES LABORALES 28 DE MAYO
Convenio Hostelería Baleares 2018-2022 (Publicado en el BOIB)
JORNADA INTENSIVA DE VERANO: 2024 TODO LO QUE DEBES SABER
CCOO se concentra en la sede de Paradores por el desbloqueo de la negociación del Convenio Colectivo
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE