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Aplicación de la sentencia sopbre la paga de beneficios
La Caja ha tenido tres sentencias en contra por el tema del cobro de la paga de beneficios al finalizar la gradación de pagas...
La
Caixa ha tenido tres sentencias negativas por el tema del cobro de la paga de
beneficios al acabar el periodo de gradación de pagas.
Primero,
la Audiencia Nacional determinó que en el cuarto año de trabajo se tenía
derecho a cobrar todas las pagas que estipulaba el Convenio.
Luego,
el Tribunal Supremo desestimó el recurso de la Caixa y ratificó la anterior
sentencia.
Ahora,
otra vez, la Audiencia Nacional vuelve a fallar contra la Caixa haciendo
extensivo el derecho a cobrar todas las pagas de beneficios a quien, por
aplicación del último Convenio, acabó la gradación de pagas antes de los tres
años de antigüedad. Estamos hablando,
aproximadamente, de unas 200 personas afectadas.
La
última sentencia dice, literalmente :
"E) Por tanto la tesis de la parte demandada
es desestimable porque se mantiene y empecina en su criterio -ya corregido en
las sentencias reflejadas en el ordinal cuarto del relato de hechos probados-
de confundir devengo y pago en
derechos en curso de adquisición, siendo de reiterar aquí lo allí
razonado"
FALLAMOS
"Que debemos estimar y estimamos la demanda
deducida por COMFIA CC.OO. contra LA CAJA DE AHORROS LAYETANA en modalidad de
conflicto colectivo y declaramos, de conformidad con la correcta interpretación
del Convenio Colectivo, que los trabajadores que al 1.06.04 ostentaban la
categoría Auxiliar "C" tienen derecho a percibir:
a)
Si estaban en el primer año de permanencia en la categoría y a
partir del cumplimiento de ese primer año de permanencia, 18,5 pagas de la
retribución del nivel XII.
b)
Si estaban en el segundo o tercer año de permanencia a partir
del 1.06.04 la retribución establecida para el nivel XII en 18,5 pagas."
Nos
hemos dirigido por escrito al Jefe de Recursos para solicitarle que aplique la
sentencia sin más dilaciones innecesarias.
Mataró, 7 de junio de 2006
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