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Neveras de carne en un comercio de alimentación

Convenio Colectivo del sector de Comercio de Alimentación de Navarra

Publicado el 05/09/2023 en el Boletín Oficial de Navarra (BON) el Convenio Colectivo del sector de Comercio de Alimentación (Almacenistas) de Navarra 2022-2024.


Este artículo se publicó originalmente en NAVARRA (Federación de Navarra) , Comercio (Sector del Comercio) ,


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El presente convenio tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024, quedando éste denunciado a la finalización de su vigencia.

Llegado el vencimiento del convenio, cualquiera de las partes, social o económica, podrán solicitar por escrito a la otra la revisión del mismo con un plazo mínimo de un mes de antelación a la fecha de finalización del mismo.

A los efectos de lo previsto en el Artículo 86.3 del Estatuto de los Trabadores, una vez finalizada su vigencia, éste mantendrá sus cláusulas normativas hasta tanto no se acuerde un nuevo convenio.

En caso de no llegarse a alcanzar acuerdo, las partes someterán las discrepancias a los procedimientos de mediación y arbitraje ante el Tribunal Laboral de Navarra.

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