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Cómo afecta el ERTE en Primark a la Declaración de la Renta

La campaña de la Renta 2020 ya ha arrancado y muchas son las dudas acerca de si existe o no la obligación de presentar la Declaración por haber tenido otro pagador aparte de Primark, en nuestro caso el SEPE. CCOO te contamos en este artículo todo lo que debes saber al respecto.


Este artículo se publicó originalmente en Primark (CCOO en Primark) ,


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*Importante antes de continuar leyendo: todas las cantidades a las que se hace referencia en este artículo son brutas.
 

¿Tengo que presentar la Declaración por haber estado en ERTE?
 

Cuando se tiene un único pagador, solo existe la obligación de presentar la declaración de la Renta cuando se gana más de 22.000 €. Sin embargo, la plantilla de Primark se vio afectada por un ERTE en 2020, por lo que tuvo dos o más pagadores. Esto hace que el límite para presentar la Declaración ya no sean 22.000 €, sino 14.000 €.

Entonces, ¿tengo la obligación de presentarla o no?
 

Casos en los que NO hay obligación de presentarla:

  • Personas que hayan tenido ingresos inferiores a 14.000 € por parte de Primark y del SEPE.
  • Personas que hayan tenido ingresos superiores a 14.000 € pero hayan percibido menos de 1.500 € por parte del SEPE.

Casos en los que hay obligación de presentarla:

  • Personas que hayan tenido ingresos superiores a 14.000 € por parte de Primark y del SEPE (siempre y cuando de este último hayan percibido más de 1.500 €).
  • Personas que hayan tenido ingresos superiores a 22.000 €, aunque por parte del SEPE hayan percibido menos de 1.500 €.

 

Para simplificar todo lo anterior, CCOO hemos realizado una tabla resumen donde podrás comprobar si tienes la obligación o no de presentar la Declaración de la Renta en función de tus ingresos brutos totales y de lo que te pagó el SEPE mientras estuviste de ERTE durante el 2020:

En cualquier caso, si no tienes la obligación de presentarla, te lo indicará la propia Agencia Tributaria una vez te identifiques y accedas al resumen del borrador de la Declaración.


¿Por qué este año me sale a pagar o me devuelven menos que otros años?


El hecho de tener dos pagadores no es el motivo por el que te toca pagar más a Hacienda (o el motivo por el que te devuelven menos que en años anteriores). El "problema" viene porque tanto Primark como el SEPE no se han tenido en cuenta el uno al otro a la hora de aplicar la retención del IRPF. Es decir: te han retenido como si cada uno de ellos fuese tu único pagador durante el año (y en realidad así es como marca la ley que deben actuar).

En consecuencia, ni el SEPE retuvo IRPF en la prestación por desempleo que percibimos durante el ERTE, ni Primark retuvo desde la reapertura el mismo IRPF que venía haciendo con anterioridad (a quien procediese). El resultado es que a final de año te han retenido menos de lo que te corresponde y por lo tanto toca ajustar cuentas en la Declaración.

En su momento CCOO ya avisamos que para evitar posibles sustos era recomendable que solicitases al departamento de P&C que te aumentasen la retención de IRPF en las nóminas hasta que finalizara el año. De esta forma, se podría intentar compensar lo que te estuvieron reteniendo de menos.
 

Cobros indebidos por parte del SEPE


Por desgracia, muchos son los casos de compañeras y compañeros que han estado cobrando cantidades indebidas por parte del SEPE. Para saber si afectarán o no a la hora de realizar la Declaración, hay que solicitar el certificado de retenciones del SEPE, que ya está disponible para descargar. En ese documento constará si se han regularizado o no las cantidades que el SEPE pagó erróneamente durante el ERTE.

Si las cantidades que se cobraron indebidamente quedaron regularizadas durante 2020, constará en el borrador de la Renta y por lo tanto no habrá de qué preocuparse. 

Por el contrario, si la devolución de dichos importes se ha realizado en 2021 o todavía no se ha realizado, pueden ocurrir dos cosas:

Si el SEPE ya ha iniciado el procedimiento para regularizar los pagos, en el borrador aparecerán los dos importes: el que se ha cobrado inicialmente y el que el SEPE ha calculado que debes devolverle.

Si estás de acuerdo con el importe a devolver al SEPE que aparece en el borrador, tendrás que presentar la Declaración sin necesidad de solicitar rectificaciones. Por el contrario, si las cuentas del SEPE no te cuadran, en la casilla correspondiente deberás indicar el importe que consideras que es el correcto.

Por otro lado, si el SEPE todavía no ha iniciado el procedimiento de regulación, en el borrador no aparecerá el importe porque aún no ha sido calculado por este organismo. Aún así, si la persona afectada sabe cuánto ha estado cobrando de más, podrá hacerlo constar en el borrador. Ahora bien, si no lo sabe, tendrá que esperar a conocer el importe correcto y solicitar la rectificación de la Declaración más adelante.

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