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La media paga de Junio y los CPTs

CCOO BANESTO

El pasado 15 de Junio toda la plantilla de Banesto hemos cobrado, junto con los ¾ de paga habituales, otra media paga más fruto del Acuerdo sobre Participación en Beneficios firmado el pasado 28 de Febrero por el banco y CCOO junto a los demás sindicatos. Banesto, tal y como anunció en la intranet, va a proceder a regularizar el CPT en la paga mensual del mes de Junio a aquellos empleados que tengan el salario cerrado.


Este artículo se publicó originalmente en Banesto (Comfia CCOO en Banesto. Derechos Laborales. Sindicato) ,


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Como ya informamos en nuestra última circular, no compartimos en absoluto esta decisión unilateral del banco ya que, lejos de servir de aliciente, es fuente de desconcierto y crispación. El problema no está en la aplicación de este acuerdo, sino en el concepto mismo de retribución extraconvenio que establece individualmente el banco, de manera opaca y arbitraria, al margen de cualquier baremo medible y objetivable. Urge una negociación que dé como resultado un sistema transparente y objetivo que sirva de estímulo para toda la plantilla.

 
Una vez dicho esto, queremos aclarar algunas dudas a raíz de las consultas que estamos recibiendo sobre la aplicación del Acuerdo.

1.- Todos han cobrado la media paga. Con independencia de su fecha de ingreso, toda la plantilla en activo al día 15 de junio ha cobrado la media paga completa.

2.- Sobre las cantidades que hemos cobrado. El banco ha acumulado todo el importe (sueldo base más antigüedad) en la partida denominada “Acuerdo sustitución art. 18 c.c.” Por tanto, si nos basamos en nuestra última circular, debemos sumar los diferentes importes reseñados en la misma (sueldo base, trienios de antigüedad y trienios de técnicos) y de esta forma el resultado final es el mismo que indica la nómina.

3.- En relación a los ¾ paga. Aquí sí que opera el tiempo trabajado, es decir, se cobra en proporción a esa situación. En la nómina el banco ha establecido una diferencia entre el sueldo base y la antigüedad, al contrario que en la media paga, lo que ha provocado más confusión.

4.- Compensación y absorción del CPT.  El banco lo va a regularizar en la nómina del mes de Junio, es decir, la que vamos a cobrar el día 28. La compensación y absorción sólo puede hacerla sobre el importe cobrado en la media paga, no sobre la totalidad de lo cobrado ahora. Puestos en contacto con el banco para ver cómo lo van a hacer, a continuación lo detallamos con el siguiente ejemplo:

Ejemplo absorción CPT con la media paga

Tomemos como punto de partida un CPT anual inicial de 1.800 €, lo que significa un CPT mensual de 150 €.

Supongamos que hemos cobrado por la media paga 600 €, con lo que el CPT anual final se nos queda en 1.200 €. Eso significa un CPT mensual de 100 €.

El banco va a compensar y absorber la diferencia entre el CPT mensual inicial y el CPT mensual final (150 € - 100 € = 50 €) por los 5 meses transcurridos de enero a mayo; en total va a deducir de la nómina 250 €.

Cobrado de enero a mayo 750 €
Recuperación CPT           - 250 €
          --------------
Subtotal 500 €
A cobrar junio a diciembre   700 €
CPT total anual               1.200 € 

Como ya sabéis, ni Banesto ni los demás bancos quieren negociar con los Sindicatos más que la retribución fija. Con la firma del Acuerdo conseguimos convertir una parte de la retribución variable (basada en criterios opacos, arbitrarios y de libre disposición por parte del banco) en retribución fija, pasando de las 16,25 pagas anteriores a las 16,75 actuales. Urge, por tanto, negociar cuanto antes la retribución extraconvenio. 

junio 2006

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