Acuerdo dia adicional de vacaciones extraconvenio
A petición de las Centrales Sindicales, CC.OO. y U.G.T., y dentro de las reuniones periódicas de la MESA NEGOCIADORA, el pasado Viernes 12 la Dirección del Banco ha resuelto conceder un día adicional de vacaciones, lo que supone una mejora del artículo 26 del actual XX Convenio Colectivo de Banca, quedando definitivamente en veinticuatro días de vacaciones retribuidas en los que no se computarán sábados, domingos ni festivos.
El personal que disfrute ininterrumpidamente de al menos cinco días de sus vacaciones fuera del periodo comprendido entre 1 de abril y 31 de octubre de cada año, ambos inclusive, podrá ampliar sus vacaciones anuales en un día adicional.
En la valija de hoy sale una nota con esta información, que hemos querido adelantar por medio de este bancorreo.
CC.OO. - BANCO DE VALENCIA - U.G.T.
Valencia 15 Mayo 2006
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Convenio Hostelería Baleares 2018-2022 (Publicado en el BOIB)
Firmado el III Plan de Igualdad del Grupo Mediterránea
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE
El convenio de ARTE continúa con las posiciones aún muy alejadas
Publicado el Convenio de AHORRO en el BOE: Entran en vigor todas sus mejoras