Arxivat a
SINIESTRALIDAD LABORAL
Fernando Valdés: "La lucha contra la siniestralidad laboral debería ser una cuestión de Estado"
Fernando Valdés, catedrático de Derecho del Trabajo, considera que en España se debería favorecer la estabilidad en las relaciones laborales, así como ejercer un control más riguroso para quienes incumplan las medidas de seguridad y salud en el trabajo.
SECCION SINDICAL FRATERNIDAD MUPRESPA |
Pregunta: El año que viene se cumplen veinticinco años
del Estatuto de los Trabajadores (ET) y 10 de vigencia del actual texto,
¿requiere ser revisado?
Respuesta: Su historia ya responde a esta pregunta. No recuerdo el número exacto
de veces que se ha reformado esta norma legal a lo largo de su dilatada
vigencia; pero, de seguro, supera con holgura la docena. Estos cambios
evidencian un hecho cierto: la permeabilidad de las relaciones laborales a las
transformaciones de la realidad social, organizativa u económica. Al margen de
ello, un segundo dato puede contribuir a explicar la notable inestabilidad del
Estatuto de los Trabajadores. En una situación de creciente interdependencia
política y económica, motivada por nuestra pertenencia a la UE, la regulación
laboral, sobre todo en materia de empleo, ofrece todavía un territorio en el que
el Gobierno puede aún aplicar concretos programas y definidas opciones
políticas.
P.: ¿Qué tipo de reformas son necesarias?
R.: La primera medida es articular los derechos fundamentales de la persona del
trabajador en el ámbito del contrato de trabajo. La concreción de esos derechos
es una exigencia del Estado constitucional de Derecho. Es necesario recuperar el
sentido profundo de igualdad y de respeto de la dignidad humana e implantar en
el ámbito de las empresas los derechos de ciudadanía. En segundo lugar, conviene
seguir repensando las relaciones ley/convenio colectivo y proseguir en la
búsqueda de mayores espacios para la autonomía colectiva. En tercer lugar, es
obligado actualizar el Estatuto a las nuevas formas de organización de las
empresas, señaladamente en lo que afecta a los fenómenos de concentración de
empresa y de descentralización productiva, con vistas a garantizar a los
trabajadores unos adecuados cauces de representación y negociación en los
niveles del Grupo de Empresa así como a invertir la creciente y preocupante
dualización del mercado de trabajo. Y, desde luego, es imprescindible
profundizar en el principio de igualdad de oportunidades, sobre todo por razón
de género.
P.: En materia de Derecho Laboral, ¿dónde sitúa a España con respecto al resto
de Estados miembros de la UE?
R.: En estos momentos, el sistema español está acomodado a lo que constituyen
los estándares europeos. Desde una perspectiva comparada, el gran objetivo, como
manifiesta la Declaración del Diálogo Social firmada por los interlocutores
sociales y el Gobierno en julio de este año, es la recuperación de la
estabilidad en el empleo. La alta tasa de temporalidad de nuestro mercado
define, de seguro, el más visible elemento de diferenciación con los países
europeos.
P.: ¿Qué reformas legislativas son necesarias para alcanzar la ansiada
estabilidad en el empleo?
R.: No se puede pensar que la tasa de temporalidad va a reducirse de manera
inmediata con un simple cambio normativo. Además de la necesaria reforma
legislativa, se necesita una actuación en numerosos frentes: información,
formación, control, acciones colectivas concertadas y medidas de estímulo de la
contratación estable y de desincentivación de la inestable, entre otros. Un
programa, en suma, que logre romper con la cultura de la temporalidad y lo
consiga por medios basados más en acciones positivas que en la disuasión; esto
es, en la convicción de que la estabilidad es un objetivo que beneficia al
sistema, ya que genera unos efectos positivos (fomenta la inversión en
formación, motiva a los trabajadores, reduce la tasa de siniestralidad o mejora
la productividad) que superan, con mucho, las ventajas del corto plazo con las
que a menudo se adoptan las decisiones de la contratación de trabajadores en
régimen de precariedad . En todo caso y dada la ya expresada voluntad de los
interlocutores sociales y del Gobierno de afrontar este problema de una manera
integral e integradora, no es arriesgado imaginar un escenario futuro (seis
años) en el que la tasa de temporalidad pueda disminuir entre seis y ocho
puntos.
P.: ¿Cómo ha incidido la nueva ley concursal en el Derecho del Trabajo?
R.: Es ésta una norma de la máxima importancia, que reforma en profundidad la
figura del concurso en todos sus aspectos: procesales y sustantivos, afectando,
como no podía ser de otro modo, al ámbito laboral. A lo largo de su tramitación
parlamentaria, el texto fue notablemente mejorados; hasta el punto que puede
afirmarse que la ley finalmente aprobada ha logrado conjugar de manera razonable
y equilibrada los plurales y divergentes intereses en juego en un concurso. En
todo caso, la ley concursal es una norma muy innovadora en las soluciones que
introduce. De ahí, que su puesta en marcha va a requerir de los agentes
jurídicos importantes dosis de adaptación; probablemente, superiores a la que
han exigido otras normas, que se han movido en terrenos más próximos a los que
normalmente los laboralistas habitan.
P.: ¿Cree que violar las normas de seguridad e higiene en el trabajo es rentable
para el empresario?
R.: España tiene una de las legislaciones sobre prevención de riesgos más
cercana y ajustada a las exigencias comunitarias. Ahora bien, la sorpresa y el
desasosiego llegan cuando se constata que, pese a ello, contamos con la tasa de
siniestralidad laboral más alta de los países de la UE-15. La siniestralidad en
nuestro país tiene raíces diversas. Una de ellas deriva del escaso aprecio que
muchas empresas y trabajadores tienen por las políticas de prevención, que se
conciben aún, para aquellas, como un coste laboral en lugar de como una
inversión y, para estos, como incomodas, cuando no innecesarias, medidas que
incrementan la carga formativa o exigen una continua atención en la ejecución
del trabajo. Al margen de ello, la siniestralidad también está relacionada con
otros factores, como por ejemplo con la temporalidad en el empleo o con ciertas
formas de retribución (destajo).
La lucha contra la siniestralidad laboral o, si se quiere, las políticas de
prevención de los riesgos laborales deberían constituir una prioridad absoluta;
conformar una cuestión de Estado en la que los partidos políticos, los
interlocutores sociales, las administraciones públicas, el poder judicial, los
empresarios y los trabajadores se sientan directa y estrechamente involucrados.
Los intereses en juego no sólo son económicos; son derechos de ciudadanía, que
afectan a la integridad física y a la dignidad humana.
Por ello, el Gobierno debiera adoptar una tolerancia cero respecto del
incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, lo que exige un
extremado rigor en el control de estas normas y una no menos extremada severidad
en la sanción.
Comisión de Expertos para la Declaración del Diálogo Social
Fernando Valdés es uno de los ocho expertos a los que la Comisión de Seguimiento
y Evaluación del Diálogo Social ha encargado que evalúen el funcionamiento de
las políticas de empleo, desde las reformas laborales del periodo 1992-1994
hasta la actualidad. Valdés explica que la Comisión de expertos ha recibido un
mandato muy definido, que se concreta en efectuar un diagnóstico sobre la
compleja problemática de la temporalidad, analizando sus causas y evaluando sus
consecuencias.
Añade que las partes firmantes de la Declaración del Diálogo Social no nos han
encargado la elaboración de un paquete de propuestas de reforma legislativa,
tarea ésta que a ellos incumbirá. Yo espero insiste que el informe de la
Comisión, que debería estar concluido a finales del año en curso, pueda
contribuir al acuerdo social.
El resto de miembros de la comisión son Jesús Cruz Villalón, catedrático de
Derecho del Trabajo; Federico Durán, catedrático de Derecho del Trabajo y ex
presidente del CES; Juan Francisco Jimeno, catedrático de Universidad del Área
de Fundamentos e Historia Aplicada; Miguel Ángel Olalla, abogado y especialista
en Recursos Humanos; Santos Ruesga, vicerrector de Relaciones Institucionales de
la UIMP; Carmen Sáez Lara, catedrática de Derecho del Trabajo y Luis Toharia,
catedrático del Área de Fundamentos del Análisis Económico.
Expansion
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE
Alcanzado ACUERDO en el proceso de integración de Targobank y Cemcice en Abanca
Ciberamenazas y fraudes. ¿Los conoces?
Plan de Igualdad Grupo Alsea
Acuerdo Laboral de ámbito Estatal para el sector de Hostelería (ALEH)