Arxivat a Comunicados
Normativa - BBVA Estatal
Tarde pero al final nos hacen caso. Cambios en la norma de auto-operatoria
Al fin se abre camino el sentido común. Han servido para algo la explicación y advertencia sindical de las consecuencias de una Norma (la 80.00.127) que iba contra el sentido común, singularmente la carta del Secretario General de COMFIA-CCOO en BBVA del 7 de Abril, que publicamos en su día ...
... en la que entre otras consideraciones decíamos: Las diferencias entre Cumplimiento Normativo -autor de la Norma-, Recursos Humanos -somos empleados- y Banca Comercial -somos clientes-, deben resolverse y concluir con las rectificaciones oportunas. Han tardado más de la cuenta, lo que es índice de la falta de coordinación y también de la escasa autoridad de RRHH para haber zanjado antes, lo que no debió salir a la luz en esos términos. Aunque en todo caso, bienvenida sea la rectificación. Los cambios son los siguientes:
Operativa afectada
La operativa y/o contratación a través de BBVA NET, Línea BBVA, Cajeros o cualquier otro canal automático del Banco no está sujeta a las restricciones expuestas en esta normativa.
Excepciones a la operativa en nombre propio.
2.- Transferencias, traspasos y devolución de recibos
Con el fin de facilitar la actividad diaria en red, en aquellos casos en los que no se pueda operar a través de los canales automáticos citados en el apartado anterior o las circunstancias en el centro de trabajo no permitan la utilización de los mismos, se autoriza a los empleados la operativa en nombre propio (empleado como titular, autorizado o representante) de transferencias, traspasos entre cuentas propias y devolución de recibos, operatoria considerada como más habitual en red. En estos casos, como viene siendo la norma general, se cumplimentarán los impresos designados a tales efectos.
Lo que quiere decir que se modifica lo más anacrónico de la Norma, pero continúan vigentes tres cuestiones que conviene resaltar:
a) Que todas las operaciones deben tener respaldo documental. Esto es evidente en todo caso, pero no debemos dar lugar -por ligereza- a problemas por su incumplimiento.
b) Que siguen las restricciones relacionadas con familiares (personas vinculadas) respecto a Contratación. Sigue sin distinguir entre productos de activo o pasivo. Según los casos, nos permitirá mayor seguridad personal, y a veces gestiones y controles innecesarios.
c) Que en la operativa de efectivo se mantiene la desconfianza (o eso parece) con los Gestores Operativos. Aunque no está mal por criterio prudencial y autoprotección, no es presentable la restricción del Banco. Por guardar la apariencia de ética no queda ni siquiera estético.
Y una recomendación: en las cuestiones que tengan que ver con Personal, consulten con RRHH y con la Representación sindical. Se equivocarán menos.
CC. OO. tu sindicato útil y eficaz.
04 de octubre de 2010
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
Elecciones Europeas 9J PERMISOS RETRIBUIDOS
Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE
Alcanzado un preacuerdo en el Convenio Colectivo de Gestorías Administrativas
Primera reunión de negociación del XIX Convenio TIC. CCOO presenta su propuesta.
Convenio de BANCA: AEB debe avanzar en una propuesta de cierre que permita tener convenio antes del verano