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SINIESTRALIDAD LABORAL

Fernando Valdés: "La lucha contra la siniestralidad laboral debería ser una cuestión de Estado"

Fernando Valdés, catedrático de Derecho del Trabajo, considera que en España se debería favorecer la estabilidad en las relaciones laborales, así como ejercer un control más riguroso para quienes incumplan las medidas de seguridad y salud en el trabajo.


Este artículo se publicó originalmente en Fraternidad (Servicios CCOO en Fraternidad Muprespa) ,


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Pregunta: El año que viene se cumplen veinticinco años del Estatuto de los Trabajadores (ET) y 10 de vigencia del actual texto, ¿requiere ser revisado?

Respuesta: Su historia ya responde a esta pregunta. No recuerdo el número exacto de veces que se ha reformado esta norma legal a lo largo de su dilatada vigencia; pero, de seguro, supera con holgura la docena. Estos cambios evidencian un hecho cierto: la permeabilidad de las relaciones laborales a las transformaciones de la realidad social, organizativa u económica. Al margen de ello, un segundo dato puede contribuir a explicar la notable inestabilidad del Estatuto de los Trabajadores. En una situación de creciente interdependencia política y económica, motivada por nuestra pertenencia a la UE, la regulación laboral, sobre todo en materia de empleo, ofrece todavía un territorio en el que el Gobierno puede aún aplicar concretos programas y definidas opciones políticas.

P.: ¿Qué tipo de reformas son necesarias?

R.: La primera medida es articular los derechos fundamentales de la persona del trabajador en el ámbito del contrato de trabajo. La concreción de esos derechos es una exigencia del Estado constitucional de Derecho. Es necesario recuperar el sentido profundo de igualdad y de respeto de la dignidad humana e implantar en el ámbito de las empresas los derechos de ciudadanía. En segundo lugar, conviene seguir repensando las relaciones ley/convenio colectivo y proseguir en la búsqueda de mayores espacios para la autonomía colectiva. En tercer lugar, es obligado actualizar el Estatuto a las nuevas formas de organización de las empresas, señaladamente en lo que afecta a los fenómenos de concentración de empresa y de descentralización productiva, con vistas a garantizar a los trabajadores unos adecuados cauces de representación y negociación en los niveles del Grupo de Empresa así como a invertir la creciente y preocupante dualización del mercado de trabajo. Y, desde luego, es imprescindible profundizar en el principio de igualdad de oportunidades, sobre todo por razón de género.

P.: En materia de Derecho Laboral, ¿dónde sitúa a España con respecto al resto de Estados miembros de la UE?

R.: En estos momentos, el sistema español está acomodado a lo que constituyen los estándares europeos. Desde una perspectiva comparada, el gran objetivo, como manifiesta la Declaración del Diálogo Social firmada por los interlocutores sociales y el Gobierno en julio de este año, es la recuperación de la estabilidad en el empleo. La alta tasa de temporalidad de nuestro mercado define, de seguro, el más visible elemento de diferenciación con los países europeos.

P.: ¿Qué reformas legislativas son necesarias para alcanzar la ansiada estabilidad en el empleo?

R.: No se puede pensar que la tasa de temporalidad va a reducirse de manera inmediata con un simple cambio normativo. Además de la necesaria reforma legislativa, se necesita una actuación en numerosos frentes: información, formación, control, acciones colectivas concertadas y medidas de estímulo de la contratación estable y de desincentivación de la inestable, entre otros. Un programa, en suma, que logre romper con la cultura de la temporalidad y lo consiga por medios basados más en acciones positivas que en la disuasión; esto es, en la convicción de que la estabilidad es un objetivo que beneficia al sistema, ya que genera unos efectos positivos (fomenta la inversión en formación, motiva a los trabajadores, reduce la tasa de siniestralidad o mejora la productividad) que superan, con mucho, las ventajas del corto plazo con las que a menudo se adoptan las decisiones de la contratación de trabajadores en régimen de precariedad . En todo caso y dada la ya expresada voluntad de los interlocutores sociales y del Gobierno de afrontar este problema de una manera integral e integradora, no es arriesgado imaginar un escenario futuro (seis años) en el que la tasa de temporalidad pueda disminuir entre seis y ocho puntos.

P.: ¿Cómo ha incidido la nueva ley concursal en el Derecho del Trabajo?

R.: Es ésta una norma de la máxima importancia, que reforma en profundidad la figura del concurso en todos sus aspectos: procesales y sustantivos, afectando, como no podía ser de otro modo, al ámbito laboral. A lo largo de su tramitación parlamentaria, el texto fue notablemente mejorados; hasta el punto que puede afirmarse que la ley finalmente aprobada ha logrado conjugar de manera razonable y equilibrada los plurales y divergentes intereses en juego en un concurso. En todo caso, la ley concursal es una norma muy innovadora en las soluciones que introduce. De ahí, que su puesta en marcha va a requerir de los agentes jurídicos importantes dosis de adaptación; probablemente, superiores a la que han exigido otras normas, que se han movido en terrenos más próximos a los que normalmente los laboralistas habitan.

P.: ¿Cree que violar las normas de seguridad e higiene en el trabajo es rentable para el empresario?

R.: España tiene una de las legislaciones sobre prevención de riesgos más cercana y ajustada a las exigencias comunitarias. Ahora bien, la sorpresa y el desasosiego llegan cuando se constata que, pese a ello, contamos con la tasa de siniestralidad laboral más alta de los países de la UE-15. La siniestralidad en nuestro país tiene raíces diversas. Una de ellas deriva del escaso aprecio que muchas empresas y trabajadores tienen por las políticas de prevención, que se conciben aún, para aquellas, como un coste laboral en lugar de como una inversión y, para estos, como incomodas, cuando no innecesarias, medidas que incrementan la carga formativa o exigen una continua atención en la ejecución del trabajo. Al margen de ello, la siniestralidad también está relacionada con otros factores, como por ejemplo con la temporalidad en el empleo o con ciertas formas de retribución (destajo).

La lucha contra la siniestralidad laboral o, si se quiere, las políticas de prevención de los riesgos laborales deberían constituir una prioridad absoluta; conformar una cuestión de Estado en la que los partidos políticos, los interlocutores sociales, las administraciones públicas, el poder judicial, los empresarios y los trabajadores se sientan directa y estrechamente involucrados. Los intereses en juego no sólo son económicos; son derechos de ciudadanía, que afectan a la integridad física y a la dignidad humana.

Por ello, el Gobierno debiera adoptar una tolerancia cero respecto del incumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, lo que exige un extremado rigor en el control de estas normas y una no menos extremada severidad en la sanción.

Comisión de Expertos para la Declaración del Diálogo Social

Fernando Valdés es uno de los ocho expertos a los que la Comisión de Seguimiento y Evaluación del Diálogo Social ha encargado que evalúen el funcionamiento de las políticas de empleo, desde las reformas laborales del periodo 1992-1994 hasta la actualidad. Valdés explica que “la Comisión de expertos ha recibido un mandato muy definido, que se concreta en efectuar un diagnóstico sobre la compleja problemática de la temporalidad, analizando sus causas y evaluando sus consecuencias”.

Añade que “las partes firmantes de la Declaración del Diálogo Social no nos han encargado la elaboración de un paquete de propuestas de reforma legislativa, tarea ésta que a ellos incumbirá. Yo espero –insiste– que el informe de la Comisión, que debería estar concluido a finales del año en curso, pueda contribuir al acuerdo social”.

El resto de miembros de la comisión son Jesús Cruz Villalón, catedrático de Derecho del Trabajo; Federico Durán, catedrático de Derecho del Trabajo y ex presidente del CES; Juan Francisco Jimeno, catedrático de Universidad del Área de Fundamentos e Historia Aplicada; Miguel Ángel Olalla, abogado y especialista en Recursos Humanos; Santos Ruesga, vicerrector de Relaciones Institucionales de la UIMP; Carmen Sáez Lara, catedrática de Derecho del Trabajo y Luis Toharia, catedrático del Área de Fundamentos del Análisis Económico.

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