Permisos para acudir a votar
Si acudes a votar durante tu jornada laboral, tendrás un permiso retribuído que dependerá del tiempo que coincida tu jornada laboral de ese día, con el horario de apertura de las mesas electorales, que es de 09:00 a 20:00. Te indicamos los permisos.
Coincidencia de Horario |
Duración del Permiso |
Coincide menos de 2 horas |
Sin permiso |
Coincide entre 2 y 4 horas |
Permiso de 2 horas |
Coincide entre 4 y 6 horas |
Permiso de 3 horas |
Coincide más de 6 horas |
Permiso de 4 horas |
Estos permisos se refieren a una jornada de 39 horas semanales. Para jornadas inferiores el permiso se reduce de manera proporcional. |
Permisos para ser parte de una mesa electoral
Si te convocan para formar para la presidencia, vocalía o intervención de una mesa electoral, tendrás cómo permiso retribuído toda la jornada laboral, además de un permiso retribuído de cinco horas en la jornada inmediatamente posterior.
Permisos para colaborar con un partido político
Si vas a ser apoderada o apoderado de un partido tendrás cómo permiso retribuído toda la jornada laboral, pero no para la jornada posterior.
Permisos para suplentes
Si te han nombrado suplente de alguno de los cargos que forman la mesa tienes que acudir a la constitución de la misma y si una vez constituída, no se te requiere, acudir al puesto de trabajo. Tendras para ello el tiempo indispensable para el desplazamiento.
Permiso para voto por correo
Tienes derecho a un permiso retribuido de hasta cuatro horas, para realizar la solicitud y remitir el voto Un máximo de cuatro horas para realizar las dos gestiones, que se reduce proporcionalmente en caso de contrato a tiempo parcial o jornada reducida.
Recuerda pedir justificante a la Mesa Electoral en caso de que vayas a disfrutar de cualquiera de los permisos retribuídos indicados