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NOVEDADES EN MATERIA DE IGUALDAD

Sobre novedades legislativas para promover la igualdad de oportunidades así como para proteger los derechos de las víctimas de la violencia de género.

En relación a: 1.- Ley de medidas de protección integral contra la violencia de género 2.- Proposición de Ley para regular el permiso de paternidad. Ampliación de permisos actuales y nuevos permisos. 3.- Participación directa de CC.OO. 


Este artículo se publicó originalmente en Caja Madrid (Sección Sindical Caja Madrid ) ,


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En este último periodo se han seguido produciendo, afortunadamente, novedades legislativas para promover la igualdad de oportunidades así como para proteger los derechos de las víctimas de la violencia de género. 

1.- Ley de medidas de protección integral contra la violencia de género.

CC.OO. valora positivamente esta Ley, que fue aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados en diciembre de 2004. La nueva Ley aborda el problema de la violencia ejercida contra las mujeres con una visión integral y multidisciplinar, abarcando aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales, laborales, sanitarios, penales y procesales; adoptando medidas de carácter preventivo, de sensibilidad e intervención. Esta información se refiere a las medidas destinadas al ámbito laboral; si alguna persona quisiera ampliar esta información, puede ponerse en contacto con cualquier delegado/a de CC.OO. A partir de ahora, las víctimas de violencia de género podrán:

- Reducir la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario, o bien reordenar el tiempo de trabajo. 

- Derecho preferente a ocupar otro puesto de trabajo del mismo grupo profesional, que la empresa tenga vacante en cualquier otro de sus centros de trabajo con derecho a reserva de su antiguo puesto durante 6 meses.

- Posibilidad de suspender el contrato de trabajo por 6 meses, extensibles hasta 18 meses.

- Posibilidad de extinguir su contrato de trabajo, con prestación de desempleo por la Seguridad Social.

- Las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por la situación física o psicológica derivada de la violencia de género, se considerarán justificadas, cuando así determinen los servicios sociales de atención o servicios de salud.

La aplicación de estas medidas supone coste cero para las empresas; la Ley dispone que una empresa que suscriba un contrato para sustituir temporalmente a una víctima de la violencia de género, tendrá derecho a una bonificación del 100% de las cuotas empresariales por contingencias comunes durante todo el periodo de suspensión del contrato de la trabajadora sustituida, o durante seis meses en los supuesto de movilidad geográfica o traslado del centro de trabajo.

2.- Proposición de Ley para regular el permiso de paternidad. Ampliación de permisos actuales y nuevos permisos.

El Gobierno ha presentado otra proposición de Ley que, si supera los trámites parlamentarios, introduciría un elemento de discriminación positiva dirigido a los padres, permitiéndoles disfrutar de un permiso en caso de paternidad, independiente de si la madre opta por reservarse todo su periodo de descanso o si lo comparte con el padre. Si se aprueba la ley, se incrementará el periodo de descanso en cuatro semanas, que sólo podrán ser utilizadas por el padre. Si éste decide no disfrutarlo, estas cuatro semanas se perderían. Además, se incrementará el período de descanso de dos a cuatro semanas más por cada hijo o hija a partir del segundo en los casos de parto múltiple, adopción o acogida múltiple. También se incrementará en cuatro semanas más el período de descanso en caso de parto, adopción o acogida de un hijo o hija con discapacidad.

3.- Participación directa de CC.OO. 

CC.OO. participa directamente en el esfuerzo por conseguir una igualdad real de oportunidades entre hombres y mujeres, a través de iniciativas en el Consejo Económico y Social; en el diálogo con el Gobierno; con aportaciones a los legisladores durante la elaboración de las propuestas de ley... Además, los empleados de Caja Madrid nos beneficiamos de las mejoras acordadas en el Convenio Colectivo y en las negociaciones de empresa. Excepto las últimas novedades, todo está recogido en nuestra guía “Hacia la igualdad”, que puedes consultar en nuestra página web. 

Madrid, 18 de mayo de 2005


 

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