Teletrabajo. Cuestión de responsabilidad
Te informamos que henos transmitido a la empresa nuestra propuesta actualizada sobre teletrabajo, como venimos realizando en los últimos años.
Ejerciendo nuestra responsabilidad y participación como Sección Sindical, queremos transmitir la necesidad de incluir urgentemente el teletrabajo dentro del Plan de Continuidad del Negocio de la Empresa para prevenir posibles incidentes como están sucediendo en otros países, y que Altamira este capacitada para responder a nuevos retos planteados sin verse afectado el negocio de la empresa ni el trabajo de su plantilla.
Entendemos que se debe avanzar lo máximo posible en este sentido y que todas las Áreas/Departamentos de Altamira dispongan para garantizar el correcto funcionamiento del negocio de un
Sistema de teletrabajo eficiente, eficaz y operativo
La prolongación no retribuida de la jornada laboral. Las empresas ahorran 11.500 millones al año
El objetivo de este informe es conocer la dimensión de la prolongación de la jornada laboral no retribuida, que incluye las extensiones de la jornada pactada que se convierten en habituales −y es razonable pensar que no se abonan− y las horas extraordinarias trabajadas, de las que casi la mitad no se pagan. La extensión no retribuida del tiempo de trabajo constituye una de las formas más graves de precariedad y de fraude a la Seguridad Social. La elevada dimensión de este problema justifica sobradamente la decisión de establecer un registro obligatorio de la jornada laboral.
Con este fin se estima la jornada laboral no retribuida y se analizarán los microdatos de la Encuesta de Población Activa (EPA) para la población asalariada a tiempo completo, comparando la jornada pactada (horas pactadas más horas extra pagadas) con la jornada efectiva (horas habituales más horas extras totales, pagadas y no pagadas).
Sin excepción: cualquier trabajador puede pedir cambio de turno, flexibilidad horaria o teletrabajar
- Antes solo se podía solicitar si venía recogido en el convenio colectivo
- Tras el real decreto-ley 6/2019, el derecho se extiende a todos los trabajadores
La gran novedad de esta medida es que prima el derecho de la adaptación de la jornada de los trabajadores sobre la reducción de esta. Es decir, busca que un empleado no se vea obligado a rebajar sus horas de trabajo y, en consecuencia, su sueldo para poder conciliar su vida familiar y profesional.
Se puede solicitar a la empresa que adapte la jornada, ya sea en términos de flexibilidad horaria, cambio de turnos o, incluso, trabajo a distancia, sin necesidad de tener hijos menores.
Se podrá pedir la adaptación horaria siempre que se aleguen "necesidades" que la justifiquen, tanto si se tiene hijos como si no
¿Pero lo puede pedir realmente cualquiera? En principio, sí. Cualquiera que lo necesite. "No existe ningún tipo de restricción", aseguran desde Legálitas.
Las empresas pueden descontar las pausas para el café, el cigarro o el bocadillo de la jornada laboral
Las empresas pueden decidir contabilizar o no como parte de la jornada laboral de sus trabajadores las pausas para tomar un café, comer un bocadillo o fumar un cigarro. El Ministerio de Trabajo deja en sus manos qué es lo que quieren hacer con estas paradas y si las incluyen como tiempo trabajado o, por contra, si las dejan fuera del registro horario que deben llevar a cabo como consecuencia de la norma que entró en vigor el 12 de mayo.
Fuentes del Ministerio subrayan la importancia de la negociación entre las empresas y los representantes sindicales en este punto, ya que en muchos casos será en esos acuerdo en donde se delimite la pauta a seguir por cada compañía. Y, además, recuerdan que existe el denominado tiempo de cortesía, que permite a los trabajadores parar durante unos minutos para fumar o ir al servicio. Pero en todo caso, el criterio técnico deja claro que, si así lo desean, los empresarios pueden descontar esas pausas «que no tienen carácter de tiempo de trabajo efectivo».
De la pausa para el café a las comidas y viajes de trabajo: un poco de luz sobre el registro horario
La privacidad y flexibilidad preocupa a empleados y directivos de recursos humanos.
Han pasado más de cuatro semanas desde la puesta en marcha de la norma que obliga a todas las empresas a llevar a cabo un registro de la jornada diaria de sus trabajadores. Sin embargo, son muchas las compañías que todavía siguen estudiando cómo aplicar la nueva ley o que andan perdidas al gestionar los casos más complejos. Mientras tanto, a la espera de que el criterio técnico de la ITSS salga publicado y arroje algo más de luz, el despacho Baker McKenzie ha organizado un encuentro con los responsables de aterrizar la norma en varias organizaciones, y así despejar las dudas de los casos más frecuentes, como la pausa del café, los viajes corporativos y las comidas, eventos o guardias de trabajo, además de todo lo que rodea a la flexibilidad y privacidad de los empleados.
Trabajo fija los criterios de actuación de los inspectores ante el registro horario
Cinco Días - Trabajo fija los criterios de actuación de los inspectores ante el registro horario
La documentación se deberá conservar, durante cuatro años, en cada centro de trabajo y no en las gestorías o sedes centrales de las empresas
El Ministerio de Trabajo publicó la semana pasada en su web una detallada guía destinada a los empresarios para ayudarles a implantar los sistemas de registro de la jornada diaria de sus empleados, que son obligatorios desde el pasado 12 de mayo.
Pero además de esta guía, la dirección de la Inspección de Trabajo ha elaborado también un Criterio técnico sobre la actuación en materia de registro de jornada para los propios inspectores y subinspectores, a cuyo borrador ha accedido este periódico, y que aclara algunas de las pautas que seguirán estos funcionarios a la hora de exigir el control horario.











