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CONTRATO EN PRÁCTICAS: 12 COSAS QUE DEBES SABER


Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación.

Tampoco se podrá estar contratado en prácticas en la misma empresa para el mismo puesto de trabajo por tiempo superior a dos años, aunque se trate de distinta titulación o distinto certificado de profesionalidad.



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¿Quiénes pueden ser contratados en prácticas?

El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estén en posesión de título universitario, de formación profesional o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, o de certificados de profesionalidad que habiliten para el ejercicio profesional, siempre que no hayan transcurrido desde la obtención del título más de 5 años, o 7 cuando la persona contratada tenga reconocida una discapacidad. No se tendrá en cuenta la fecha de terminación de los estudios en menores de 30 años.

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¿Cómo debe formalizarse el contrato?

Debe formalizarse por escrito haciendo constar la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar. De no observarse la formalización por escrito cuando sea exigible, el contrato se presumirá celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite su naturaleza temporal o el carácter a tiempo parcial de los servicios.

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¿Puede celebrarse el contrato a tiempo parcial?

 

contrato parcial

 

 

 

 

 

 

 

 

Si el contrato se celebra a tiempo parcial deberá recoger el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución. De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios y el número y distribución de las horas contratadas.

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¿Qué plazo hay para comunicar la contratación al Servicio Público de Empleo?

Deberá comunicarse al Servicio Público de Empleo en los 10 días siguientes a su concertación, al igual que las prórrogas del mismo

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¿Qué duración puede tener el contrato en prácticas?

Su duración oscilará entre los 6 meses y 2 años; dentro de estos límites, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán determinar la duración del contrato. Si el contrato en prácticas se hubiera concertado por tiempo inferior a dos años, se podrán acordar hasta dos prórrogas, con una duración mínima de seis meses.

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¿Cuánto puede durar el período de prueba de un contrato en prácticas?

El periodo de prueba no podrá ser superior a

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A la finalización del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa.

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¿Qué incentivos hay para la contratación en prácticas?

Los contratos en prácticas pueden ser beneficiarios de los siguientes incentivos a la contratación:

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¿Qué incentivos hay para para la conversión de un contrato en prácticas en indefinido?

Las conversiones en contratos en indefinidos a tiempo completo o a tiempo parcial, de los contratos en prácticas tendrán derecho a:

bonificaciones conversión contrato en prácticas en indefinido

 

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¿Qué retribución corresponde a una persona contratada en prácticas?

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La retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que pueda ser inferior al 60% durante el primer año, o al 75% durante el segundo, del salario de un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. En ningún caso será inferior al salario mínimo interprofesional. En el caso de contratos a tiempo parcial, el salario se reducirá proporcionalmente.

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¿Tiene la persona contratada en prácticas derecho a un certificado?

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A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto ocupado y las tareas realizadas.

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¿Cuánto tiempo puede una persona estar contratada en prácticas?

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Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación.

Tampoco se podrá estar contratado en prácticas en la misma empresa para el mismo puesto de trabajo por tiempo superior a dos años, aunque se trate de distinta titulación o distinto certificado de profesionalidad.

Los títulos de grado, máster y, en su caso, doctorado, correspondientes a los estudios universitarios no se considerarán la misma titulación, salvo que al ser contratado por primera vez mediante un contrato en prácticas el trabajador estuviera ya en posesión del título superior de que se trate.

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¿Pueden las ETT celebrar contratos en prácticas con los trabajadores puestos a disposición de sus empresas clientes?

Las empresas de trabajo temporal podrán celebrar contratos de trabajo en prácticas con los trabajadores contratados para ser puestos a disposición de las empresas usuarias de acuerdo con lo previsto en la normativa reguladora del citado contrato.

(*) Estas prácticas se refieren a las realizadas por jóvenes, entre 18 y 25 años, desempleados con cualificación profesional y  nula o escasa experiencia laboral, con una duración de entre 6-9 meses, al amparo de un convenio entre las empresas y los Servicios Públicos de Empleo.

 

                                                 


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