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Edificando el futuro

Prácticas en un Servicio de Prevención Ajeno.


 

En esta ocasión os daré mi opinión sobre algunos aspectos interesantes que atañen a los Servicios de Prevención Ajenos y a la PRL en general, recuperando y ampliando una entrada publicada hace semanas en este Blog. 


Bienvenid@s a una nueva entrada!

En esta ocasión os daré mi opinión sobre algunos aspectos interesantes que atañen a los Servicios de Prevención Ajenos y a la PRL en general, recuperando y ampliando una entrada publicada hace semanas en este Blog. 

https://josearqt.wordpress.com/2015/02/16/que-servicio-de-prevencion-es-mas-adecuado-para-mi-empresa/

La semana pasada terminé las prácticas del Máster en Prevención de Riesgos Laborales. Durante dos meses he acompañado a los técnicos del Servicio de Prevención Fraternidad Muprespa en su trabajo diario e incluso he ayudado y colaborado con ellos el múltiples tareas.

A lo largo de este tiempo he observado varios aspectos que me han llamado la atención, y que me gustaría compartir con vosotros a través de esta entrada.

En primer lugar me gustaría haceros una pregunta…

¿Pensáis que los Técnicos de un SPA tienen una carga excesiva de trabajo?

Cuando hablamos de cuantas empresas gestiona un técnico en un SPA sale a relucir el artículo 1 de la Orden TIN/2504/2010, en el cual se establecen los medios mínimos humanos con los que debe contar una entidad que quiera acreditarse como SPA. Existen un sistema de ratio (Anexo I de la Orden) máximo de empresas que el técnico puede gestionar, en función del número de trabajadores de cada empresa o la peligrosidad del sector al que pertenece la misma.

Esta Orden TIN/2504/2010 es de obligado cumplimiento desde Septiembre de 2010. Sin embargo, la realidad deja entrever que esta situación no se revisa, los SPA no reciben inspecciones para controlar los ratio de empresas que manejan sus técnicos y por lo tanto la carga de trabajo que estos gestionan.

Esto da lugar a que los técnicos tengan entre manos 100-200 empresas de forma simultanea, más en algunos casos. El servicio prestado a las mismas se compone de; visitas al centro de trabajo, toma de datos, evaluación de riesgos, planes de emergencia, elaborar documentación y registro y estudios específicos entre otras. Es imposible gestionar esta situación de forma adecuada, falta tiempo y la carga de trabajo es tremenda.

Por otra parte me gustaría comentarios algo acerca de los Servicios de Prevención Propios…

Al parecer, la existencia de Servicios de Prevención Propios en algunas empresas, no en todas, tiene una función meramente legal y testimonial. Existen empresas que por número de trabajadores están obligados a tener un SPP, pero no lo dotan de medios humanos y recursos necesarios para el desempeño adecuado de sus labores.

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He observado, que en algunas organizaciones, estos servicios se dedican a subcontratar las tareas propias del SPP, como evaluaciones de riesgos, formación de trabajadores o estudios específicos (esto último lo puedo entender en algunos casos) a un SPA. El SPP externaliza tareas propias, liberándose de la carga de trabajo que esto conlleva, pero sobretodo de la responsabilidad. Los técnicos que firman los informes, estudios y evaluaciones son técnicos externos que pertenecen a un SPA.

Mi opinión es que si un SPP no realiza la evaluación de riesgos del centro y puestos de trabajo de su empresa, las ventajas atribuidas en la anterior entrada a esta modalidad de gestión desaparecen.

También me gustaría hablar  de parte del tejido empresarial en España en relación con la PRL…

Durante dos meses he acudido a empresas con los técnicos de Fraternidad. He de decir, que sólo les preocupaba la existencia de la documentación, y en contadas ocasiones su contenido. Cuanto más barato mejor, rápido y que no me multen. Son decenas las evaluaciones de riesgos que acumulan polvo en una estantería, para qué hablar de Cultura Preventiva…

Las empresas a menudo tienen administradores poco formados. Su conocimiento sobre la materia legislativa que deben cumplir es nulo, todo lo lleva un gestor y la preocupación es mínima. En ocasiones, empresarios con un requerimiento por parte de la Inspección de Trabajo, no han mostrado el más mínimo interés por que es esto de la PRL.

Por ello creo conveniente mayor formación para los empresarios en esta materia. Para crear una empresa o dar de alta un trabajador debe ser requisito imprescindible tener conocimientos y formación básica en PRL. Pagar a un gestor y un SPA no basta.

Hemos dado 5 pasos atrás en la Prevención de Riesgos Laborales. El bienestar de los trabajadores se encuentra en peligro. La situación económica no es una excusa aceptable.

Fuente wordpress

 

                                                                                            


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