CCOO BANESTO

Vacaciones 2003

Por estas fechas, y como cada año, os recordamos los principales criterios que regulan el derecho al disfrute de vacaciones.


Unión Europea

La vigilancia de las comunicaciones electrónicas en el lugar de trabajo

Unión europea: Grupo de Trabajo sobre Protección de Datos Artículo 29: Documento de trabajo relativo a la vigilancia de llas comunicaciones electrónicas en el lugar de trabajo.


ANC 2003

Acuerdo Interconfederal para la Negociación Colectiva

Acuerdo CCOO, UGT y CEOE sobre la negociación colectiva para el 2003


Negociación en Mondial Assistance

Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión Mixta

La Comisión Mixta estará formada por tres representantes de la Empresa designados por la Dirección, tres representantes de los trabajadores, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio y en la misma representación sindical de esta en el momento de la negociación.


CCOO BANESTO
Paga en acciones para la plantilla

Banesto atiende la reclamación de CCOO

Por una vez, y esperemos que sirva de precedente para el futuro próximo, Banesto ha atendido la insistente reclamación de CCOO respecto a la concesión de una Paga en Acciones para toda la plantilla. La circular que difundimos al inicio de esta semana ¡ha servido para algo!.


Convenio colectivo Notarías Asturias 2003

Los acuerdos que se consignan en el presente texto serán de necesaria observancia por los Notarios del Ilustre Colegio de Oviedo, la Junta Directiva de dicho Colegio y sus empleados respectivos, inscritos en el Registro General de Empleados de Notarías.


CCOO BANESTO
Paga en acciones para la plantilla

La promesa de la Dirección no puede demorarse más tiempo

Como ya adelantábamos en nuestra circular del pasado mes de noviembre, CCOO reclamó a la dirección del banco que, en el marco de la OPV, se aprovechara la oportunidad para conceder a todos los trabajadores de esta empresa una paga en acciones. Reiteramos entonces la justicia de esta reclamación, atendiendo al esfuerzo desarrollado por la plantilla en los últimos años.


Empresas de Trabajo Temporal

IV Convenio Colectivo Estatal de ETT

Las partes legitimadas en el ámbito de aplicación del presente Convenio, acuerdan que la estructura de negociación colectiva en el sector de actividad de las empresas de trabajo temporal quede integrada por unidades de negociación de ámbito estatal y de Comunidad Autónoma.

 


CIOSL ICFTU

Campaña de los sindicatos mundiales para la erradicación del trabajo infantil

Más de 250 millones de niños y niñas son explotados u obligados a trabajar para poder sobrevivir. Generaciones enteras de niños se ven privadas de la posibilidad de ocupar el lugar que les corresponde en la sociedad y en la economía del siglo XXI. Si se termina ya el reclutamiento de niños, el trabajo infantil desaparecerá en una década.


Sentencia Tribunal Superior de Justicia Pais Vasco sobre Demanda por discriminación de CCOO contra Mutua Vizcaya

Se han declarado nulos por discriminatorios dos artículos en los que se regulaban los premios de antigüedad, y el abono de Igualatorio Médico Quirúrgico a cargo de la empresa, los mencionados artículos excluyen al personal eventual y al personal de nuevo ingreso. El anterior convenio que ha estado vigente desde el año 94 y que fue firmado con mayoria de CC.OO. recogía los mismos derechos salariales y en especie para todos los trabajadores independientemente de su tipo de contratación.


La Caixa en Baleares

Sentencia sobre vulneración de libertad sindical

La Caixa obligada a anular la destitución como Directora de Oficina de una delegada de CCOO.N/ AUTOS: DEMANDA 624/2002


Estudio sobre Salud Laboral en las ETT

El impacto que ha supuesto la reforma de la Ley 14/1994 y la publicacin del III Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Trabajo Temporal parece indicar que nos encontramos ante una reconversin de este tipo de empresas hacia las llamadas empresas de servicios que, en muchas ocasiones, actúan bajo una aparente legalidad, porque en su trasfondo vulneran de forma manifiesta el art. 43 del E.T.


Destacadas

Calendario Laboral 2024. Publicado en el BOE

Calendario Laboral de fiestas para 2024 (y 2023). Calendarios Laborales Estatal y Autonómicos confeccionados con las fiestas estatales y autonómicas. El máximo de días festivos al año es de 14.


Nuevos permisos y derechos para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

5 días (retribuido)

Por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, pero que precise reposo. Incluye a familiares de hasta segundo grado y convivientes.

4 días al año (retribuido)

Por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes o imprevisibles. Se podrá disfrutar por horas.

8 semanas (no retribuido)

Hasta que el menor cumpla 8 años. Se puede disfrutar de forma continua o discontinua, y a tiempo completo o parcial. En el caso de las personas empleadas públicas del ámbito del EBEP, sí será retribuido.

Parejas de hecho

Se reconoce el permiso de 15 días naturales por el registro de pareja de hecho, equiparándolo así con los matrimonios.

Reducción de jornada

Se amplía para quienes precisen encargarse de cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, además de para el cuidado de hijos o hijas o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.

Adaptación de jornada

Se amplía a trabajadores y trabajadoras con personas dependientes a cargo (hijos e hijas mayores de 12 años, cónyuge, pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta segundo grado y personas convivientes cuando no puedan valerse por sí mismas). En caso de negativa, la empresa deberá justificarla.


Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos

  • Publicado en el Boletín Oficial del estado (BOE) de 15 de agosto de 2023 el III Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos, firmado por CCOO.


CCOO denuncia a Cualtis ante Inspección de Trabajo, por el Plan de Igualdad

CCOO ha interpuesto una denuncia ante la Inspección de Trabajo, por el bloqueo que la empresa lleva a cabo en la mesa de negociación del Plan de Igualdad.


LA INSPECCIÓN DE TRABAJO ABRE DOS EXPEDIENTES SANCIONADORES A CUALTIS

A raíz de las denuncias puestas por CCOO ante la Inspección de Trabajo, dicho organismo, después de inspeccionar y solicitar información a la empresa, ha abierto dos expedientes sancionadores a por el incumplimiento de las normas en cuanto al Derecho de la Desconexión digital y Planificación preventiva en el estudio de psicosociales.


CUALTIS VUELVE A BLOQUEAR LA MESA DE NEGOCIACION DEL PLAN DE IGUALDAD

Como ya os informamos en el comunicado de 16 de junio, una vez realizado el procedimiento de mediación en el SIMA interpuesto por CCOO y llegados a acuerdos para retomar las negociaciones del Plan de igualdad, que fueron bloqueadas por la empresa desde octubre de 2021, CUALTIS vuelve a incumplir, al no presentar la documentación pactada y no comparecer a la reunión del pasado martes día 12 de julio


Ayuda estudios a empleados/as

Hoy hemos mantenido la última reunión de la comisión y aún estando muy cerca de llegar a un acuerdo definitivo, hay un punto con el que no podemos acercar posiciones.

La Comisión Mixta Paritaria del acuerdo de empresa sirve para vigilar, interpretar y hacer un seguimiento de este acuerdo. Pero en ningún momento tiene potestad de alterar o cambiar las condiciones firmadas.


"¡Están locos estos romanos!"

Desde esta Sección Sindical estamos convencidos que los incentivos generan más problemas que satisfacciones.

Creemos, aseguramos y afirmamos que..................


Hace poco tiempo en una empresa muy, muy cercana...


Del uso viene el abuso

El pasado 12 de marzo se publicó el RD-L 8/2019 en el que se disponía la obligación de establecer un sistema de fichaje de la jornada laboral.


De aquellos polvos, vienen estos lodos.

Tenemos una nueva actividad impuesta por la empresa Cualtis


¡¡¡¡¡No estamos locos!!!!!!

 ASCENSOS DE ADMINISTRATIVOS

En Cualtis pretende seguir ninguneando al colectivo de los administrativos, a los que considera trabajadores de segunda dentro de la empresa