Igualdad de Oportunidades

DIRECTIVA 2002/73/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de septiembre de 2002

Modifica la Directiva 76/207/CEE del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo,a la formación y a la promoción profesionales,y a las condiciones de trabajo.


Igualdad de Oportunidades

Directiva 2002/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de septiembre de 2002

Modifica la Directiva 76/207/CEE del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo,a la formación y a la promoción profesionales,y a las condiciones de trabajo.


LEY 35/2002 de 12 de julio

Medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible

Aprobada la jubilación a los 61 años, sin estar en el paro, mediante acuerdo colectivo. LEY 35/2002 de 12 de julio de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.


Caja Duero

El Tribunal Supremo sentencia a nuestro favor acerca de las pagas para el personal de nuevo ingreso

Análisis y texto de la sentencia del Tribunal Supremo de 13/06/2002. Casación. Conflicto Colectivo Convenio de las Cajas de Ahorros. Conforme a sus art. 18 los trabajadorews de nuevo ingreso tienen derecho a percibir a partir del 4º año de vinculación todas las pagas extraordinarias


Ley 31/1985, de 2 de agosto,

Regulación de las normas básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro.

Al ser las Cajas de Ahorro entes de carácter social, y, dado el marco territorial en que fundamentalmente desarrollen su actividad, exigen una plena democratización de sus órganos rectores, de forma que en ellas pueda expresarse todos los intereses genuinos de las zonas sobre las que ellas operan.


Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ASEC)

El presente Acuerdo tiene por objeto la creación y desarrollo de un sistema de solución de los conflictos colectivos laborales surgidos entre empresarios y trabajadores o sus respectivas organizaciones representativas.


La Caixa

Sentencia del Tribunal Supremo sobre Fondos Internos

Fecha Sentencia: 31/01/2001 Recurso Num.: 3939/1999 Votación: 24/01/2001 Ponente Excmo. Sr. D. : Antonio Martín Valverde Secretaría de Sala: Sra. Fernández Magester


Real Decreto 1251/2001 por el que desarrolla parte de la Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral

Real Decreto 1251/2001 por el que desarrolla parte de la Ley de Conciliación de la Vida Familiar y Laboral, por el que se regulan las prestaciones económicas del Sistema de la Seguridad Social por maternidad y riesgo durante el embarazo


Real Decreto-Ley 15/1998, de 27 de noviembre

Medidas urgentes para la mejora del mercado de trabajo en relación con el trabajo a tiempo parcial y el fomento de su es

Acuerdo sobre Trabajo a Tiempo Parcial y Fomento de su Estabilidad concluido el 13 de noviembre entre el Gobierno y las organizaciones sindicales más representativas en el ámbito estatal, cuyo contenido incorpora la presente disposición.


REAL DECRETO 236/2000

Inserción laboral mayores de 45 años

REAL DECRETO 236/2000, de 18 de febrero, por el que se regula un programa para el año 2000, de inserción laboral para los trabajadores desempleados de larga duración. en situación de necesidad, mayores de cuarenta y cinco años.


Ley 39/1999

Ley de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar de las Personas Trabajadoras

Ley 39/1999, de 5 de noviembre. para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.


Ley 39/1999

Ley de Conciliación de la Vida Laboral y Familiar de las Personas Trabajadoras

Ley 39/1999, de 5 de noviembre. para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.


Destacadas

Los tribunales reconocen el incumplimiento reiterado de Vitaly Health Services en material de negociación colectiva para un Plan de Igualdad


CALENDARIOS LABORALES 2026

Un año más y como ya es habitual en estas fechas, desde la Sección Sindical de CCOO, te presentamos los calendarios laborales para el año 2026

Pincha el link para acceder al calendario en el Boletín Oficial del Estado.


Nuevos permisos de conciliación: preguntas frecuentes

Recopilación de las preguntas más habituales respecto a los nuevos derechos de conciliación. 


Nuevos permisos y derechos para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

6 días (retribuido)

Por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, pero que precise reposo. Incluye a familiares de hasta segundo grado y convivientes. El Plan de igualdad de Vítaly amplia un dia mas a los 5 dias recogidos en el Estatuto de los trabajadores.

4 días al año (retribuido)

Por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes o imprevisibles. Se podrá disfrutar por horas.

8 semanas (no retribuido)

Hasta que el menor cumpla 8 años. Se puede disfrutar de forma continua o discontinua, y a tiempo completo o parcial. En el caso de las personas empleadas públicas del ámbito del EBEP, sí será retribuido.

Parejas de hecho

Se reconoce el permiso de 15 días naturales por el registro de pareja de hecho, equiparándolo así con los matrimonios.

Reducción de jornada

Se amplía para quienes precisen encargarse de cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, además de para el cuidado de hijos o hijas o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.

Adaptación de jornada

Se amplía a trabajadores y trabajadoras con personas dependientes a cargo (hijos e hijas mayores de 12 años, cónyuge, pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta segundo grado y personas convivientes cuando no puedan valerse por sí mismas). En caso de negativa, la empresa deberá justificarla.


LA INSPECCIÓN DE TRABAJO REQUIERE A VÍTALY PARA QUE DÉ LA CARA Y SE SIENTE A NEGOCIAR

Estimad@s compañer@s 

De nuevo cita en la inspección por la carga de trabajo de los técnicos, denunciada por CCOO el año pasado. Podéis repasar el histórico en la noticia web: https://www.ccoo-servicios.es/vitaly/html/61324.html


LOS SINDICATOS NO SIRVEN PARA NADA

Un sindicato no sirve para nada, si TÚ, no estás dispuesto a implicarte y a ejercer tus derechos

(derechos que han luchado otros, y que tú solo tienes que ejercer).

Un sindicato nunca servirá para nada, si tú no quieres utilizar lo que el sindicato ha conseguido para ti.


Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos

  • Publicado en el Boletín Oficial del estado (BOE) de 15 de agosto de 2023 el III Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos, firmado por CCOO.