BOE - BBVA ESTATAL

Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, de la Ley de Empleo y de la Ley de la Seguridad Social.

En el BOE del 24 y 31 de octubre, se publican los Reales Decretos Legislativos 2/2015, por el que se refunden los textos del Estatuto de los Trabajadores; el 3/2015, en el que se refunden los textos de la Ley de Empleo y el 8/2015, en el que se refunde la Ley General de Seguridad Social.


CCOO SERVICIOS -ASTURIAS, INFORMA

Permisos retribuidos ante las Elecciones Generales del 20D

permisos retribuidos elecciones generales

CCOO SERVICIOS Asturias informa sobre los permisos retribuidos que los trabajadores y trabajadoras dispondrán por Ley, para ejercer su derecho a acudir a las urnas el próximo 20 de diciembre.


El Juez manda oficio a la Fiscalía para que ésta pueda impugnar el Convenio Colectivo

RACE atenta contra el derecho a la reducción de jornada por guarda legal

La sentencia de 28 de septiembre del Juzgado de lo Social número Uno de Elche falla a favor de una trabajadora de Race Asistencia, a la que la empresa aplicó la distribución irregular de la jornada (DIJ), imposibilitando su derecho a la reducción de jornada por guarda legal y a la concreción horaria, establecido en los artículos 37.5 y 37.6 del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso alguno.  


Vulneración del derecho de huelga

La Audiencia Nacional anula los servicios mínimos decretados por Fomento para la huelga de cafeterías del Aeropuerto Adolfo Súarez Madrid-Barajas

El Ministerio de Fomento y las empresas RAESA-AREAS, desautorizadas por la sentencia de la Audiencia Nacional, tras un Contencioso Administrativo interpuesto por los servicios jurídicos de la Federación de Servicios de CCOO de Madrid el 15 de enero de 2015, donde se recurre en las presentes actuaciones la resolución del Ministerio de Fomento de fecha 26 de diciembre de 2014, en la que se determinaron los servicios mínimos de los servicios públicos esenciales para la comunidad a mantener en la compañía "Áreas, S.A.", durante la huelga convocada por varias organizaciones sindicales para los días 27 a 30 de diciembre de 2014 y los días 2 y 3 de enero de 2015, desarrollándose desde las 00:00 hasta las 24:00 horas de cada uno de los días señalados.


El Tribunal Supremo declara abusiva la cláusula tipo del contrato de trabajo que obliga a dar el numero de móvil o correo electrónico

Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la empresa en proceso de conflicto colectivo promovido por el sindicato CCOO, como consecuencia de que la empresa desde un cierto tiempo hubiera incorporado a los contratos de trabajo del personal de nuevo ingreso una cláusula que dice: "Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible". 


El Tribunal Supremo declara abusiva la cláusula tipo del contrato de trabajo que obliga a dar el numero de móvil o correo electrónico

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación de la empresa en proceso de conflicto colectivo promovido por el sindicato CCOO, como consecuencia de que la empresa desde un cierto tiempo hubiera incorporado a los contratos de trabajo del personal de nuevo ingreso una cláusula que dice: "Ambas partes convienen expresamente que cualquier tipo de comunicación relativa a este contrato, a la relación laboral o al puesto de trabajo, podrá ser enviada al trabajador vía SMS o vía correo electrónico, mediante mensaje de texto o documento adjunto al mismo, según los datos facilitados por el trabajador a efectos de contacto. Cualquier cambio o incidencia con respecto a los mismos, deberá ser comunicada a la empresa de forma fehaciente y a la mayor brevedad posible". 


El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estima la reclamación de CCOO

los desplazamientos de trabajadores entre su domicilio y el primer o último cliente es tiempo de trabajo

declara, con valor para toda la Unión Europea, que para los trabajadores y trabajadores que no tienen un centro de trabajo fijo o habitual, los desplazamientos entre su domicilio y el lugar de inicio y fin del desempeño de sus cometidos deben considerarse como parte de la jornada efectiva de trabajo


SENTENCIA por despido delegada sindical

SENTENCIA, despido improcedente y READMISIÓN de la delegada de CC.OO. Sogeti

El pasado 2 de julio se celebró el juicio por el despido de nuestra compañera y delegada de Sogeti Madrid.

El 31 de julio, llegó la notificación de la sentencia: DESPIDO IMPROCEDENTE con opción a la readmisión. 


SENTENCIA por despido delegada sindical

SENTENCIA, despido improcedente y READMISIÓN de la delegada de CC.OO. Sogeti

El pasado 2 de julio se celebró el juicio por el despido de nuestra compañera y delegada de Sogeti Madrid.

El 31 de julio, llegó la notificación de la sentencia: DESPIDO IMPROCEDENTE con opción a la readmisión. 


El TJUE declara tiempo de trabajo los desplazamientos de trabajadores entre su domicilio y el primer o último cliente

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estima la reclamación de la Federación de Servicios de CCOO y declara, con valor para toda la Unión Europea, que para los trabajadores y trabajadores que no tienen un centro de trabajo fijo o habitual, los desplazamientos entre su domicilio y el lugar de inicio y fin del desempeño de sus cometidos deben considerarse como parte de la jornada efectiva de trabajo, a todos los efectos. Es un importante pronunciamiento,que clarifica una materia de gran repercusión para centenares de miles de trabajadores y trabajadoras en toda la UE.


El TJUE declara tiempo de trabajo los desplazamientos de trabajadores entre su domicilio y el primer o último cliente

Tribunal Europeo Sentencia tiempo trabajo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estima la reclamación de la Federación de Servicios de CCOO y declara, con valor para toda la Unión Europea, que para los trabajadores y trabajadores que no tienen un centro de trabajo fijo o habitual, los desplazamientos entre su domicilio y el lugar de inicio y fin del desempeño de sus cometidos deben considerarse como parte de la jornada efectiva de trabajo, a todos los efectos. Es un importante pronunciamiento que clarifica una materia de gran repercusión para centenares de miles de trabajadores y trabajadoras en toda la UE.


El supremo ratifica la vigencia y aplicación del Convenio de los Servicios de Prevención

Sentencia Ultraactividad Servicios Prevención

Una nueva Sentencia del Tribunal Supremo enmienda la reforma laboral del Gobierno en materia de negociación colectiva, dando al traste con las aspiraciones de las patronales de los Servicios de Prevención Ajenos, y ratificar que el Convenio Colectivo Sectorial continúa en ultraactividad y es de obligado cumplimiento para las empresas del sector.


Destacadas

Los tribunales reconocen el incumplimiento reiterado de Vitaly Health Services en material de negociación colectiva para un Plan de Igualdad


CALENDARIOS LABORALES 2026

Un año más y como ya es habitual en estas fechas, desde la Sección Sindical de CCOO, te presentamos los calendarios laborales para el año 2026

Pincha el link para acceder al calendario en el Boletín Oficial del Estado.


Nuevos permisos de conciliación: preguntas frecuentes

Recopilación de las preguntas más habituales respecto a los nuevos derechos de conciliación. 


Nuevos permisos y derechos para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

6 días (retribuido)

Por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, pero que precise reposo. Incluye a familiares de hasta segundo grado y convivientes. El Plan de igualdad de Vítaly amplia un dia mas a los 5 dias recogidos en el Estatuto de los trabajadores.

4 días al año (retribuido)

Por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes o imprevisibles. Se podrá disfrutar por horas.

8 semanas (no retribuido)

Hasta que el menor cumpla 8 años. Se puede disfrutar de forma continua o discontinua, y a tiempo completo o parcial. En el caso de las personas empleadas públicas del ámbito del EBEP, sí será retribuido.

Parejas de hecho

Se reconoce el permiso de 15 días naturales por el registro de pareja de hecho, equiparándolo así con los matrimonios.

Reducción de jornada

Se amplía para quienes precisen encargarse de cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, además de para el cuidado de hijos o hijas o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.

Adaptación de jornada

Se amplía a trabajadores y trabajadoras con personas dependientes a cargo (hijos e hijas mayores de 12 años, cónyuge, pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta segundo grado y personas convivientes cuando no puedan valerse por sí mismas). En caso de negativa, la empresa deberá justificarla.


LA INSPECCIÓN DE TRABAJO REQUIERE A VÍTALY PARA QUE DÉ LA CARA Y SE SIENTE A NEGOCIAR

Estimad@s compañer@s 

De nuevo cita en la inspección por la carga de trabajo de los técnicos, denunciada por CCOO el año pasado. Podéis repasar el histórico en la noticia web: https://www.ccoo-servicios.es/vitaly/html/61324.html


NUEVA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO SECCIÓN SINDICAL DE CCOO

Estimado compañero/ estimada compañera,

Como sabes, hemos iniciado una nueva etapa con la integración de nuevas empresas en Vítaly Health Services, es por ello que, desde la

Sección Sindical de CCOO

tenemos que adaptarnos a esta nueva realidad para poder comunicarnos con todos vosotros/as.


Calendario Laboral 2025. Publicado en el BOE

Calendario Laboral de fiestas para 2025 (y 2024). Calendarios Laborales Estatal y Autonómicos confeccionados con las fiestas estatales y autonómicas. El máximo de días festivos al año es de 14.


LOS SINDICATOS NO SIRVEN PARA NADA

Un sindicato no sirve para nada, si TÚ, no estás dispuesto a implicarte y a ejercer tus derechos

(derechos que han luchado otros, y que tú solo tienes que ejercer).

Un sindicato nunca servirá para nada, si tú no quieres utilizar lo que el sindicato ha conseguido para ti.


Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos

  • Publicado en el Boletín Oficial del estado (BOE) de 15 de agosto de 2023 el III Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos, firmado por CCOO.