Sobre la vista del 29M en la Audiencia Nacional

CCOO siempre de frente, sin melodramas ni postureos

Como esta plantilla lleva escuchando demasiado tiempo todo lo que nos debe devolver Liberbank, ahora, tras la vista del pasado día 29, hay un sentimiento generalizado de frustración. 

Y como las frustraciones nacen de las expectativas y no es CCOO quien las ha creado, quizás ya vaya siendo hora de que quienes se han dedicado durante casi tres años a vender humo empiecen a explicar por qué esas expectativas se están viendo incumplidas y comiencen de una vez a contar la verdad

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Actualizado 11/04/2016: Hemos recibido Auto de la Audiencia Nacional sobre la vista del 29M en el que estiman litispendencia y por tanto resuelven que no se va a ejecutar el fallo por la anulación del Acuerdo de 25 de junio de 2013 en tanto no exista sentencia firme en el juicio contra las medidas unilaterales pues el fallo de ese juicio afecta a la ejecución de sentencia del primero.


Proceso de reclamación de cantidades

Correo a la empresa

Una vez recogida la información, en breve procederemos, por orden, a efectuar las reclamaciones que proceden por la anulación del acuerdo de junio de 2013.

Por intentar agilizar el proceso todo lo posible y para que no quepa duda de nuestra buena voluntad y de la de todas las personas que van a demandar, hemos enviado a la empresa el correo que os adjuntamos y en el que instamos a Liberbank, antes de proceder formalmente a inundar los juzgados con miles de demandas individuales, a que en pocos días procedan al abono de todas las cantidades a las que la sentencia del Tribunal Supremo les obliga y también a que ese abono lo hagan extensivo a toda la Plantilla.

Obviamente, como no esperamos nada, vamos a continuar con el calendario previsto en cualquier caso.


Acuerdo de diciembre de 2013

Sentencia Tribunal Supremo

Hemos conocido hace poco la segunda de las esperadas sentencias del Tribunal Supremo, en este caso la que da plena validez al ERTE actualmente vigente - Acuerdo de diciembre de 2013.

Por aclarar primero un poco la situación, pues a mucha gente le conduce a error y no es de extrañar visto el permanente galimatías jurídico en que se mueve Liberbank, esta sentencia no tiene nada que ver con lo ocurrido en el segundo semestre de 2013 ni tampoco con el proceso de reclamaciones que tenemos en marcha por la anulación del acuerdo de junio de 2013 sino que se refiere únicamente al acuerdo vigente, es decir, al que nos afecta desde el 01/01/2014.

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Proceso de reclamaciones y bajas voluntarias

CSICA vende humo y pretende que la sigamos

Es tremendo. En el proceso de reclamaciones de cantidades CSICA plantea "lo que desea" y nosotros somos los malos por decir "lo que es".

Lo peor es que, en estos temas, por más que algo se desee no se convierte en realidad y lo único que están consiguiendo es marear a la plantilla y complicar todo aún más. Por si no estuviera ya bastante complicado.

Y algo parecido sucede con la demanda presentada por la "oferta" de bajas indemnizadas.



Reclamación de cantidades por anulación de Acuerdo junio-2013

Iniciamos el proceso de reclamación de cantidades a efectuar tras la sentencia del Tribunal Supremo por la que quedó anulado de forma definitiva el acuerdo de junio de 2013

Más información el siguiente enlace.


Proceso de reclamación de cantidades: Información y descarga de archivos.


Actualización 30/11: Añadido apartado de preguntas frecuentes


Reactivación demandas contra medidas unilaterales

Una cosa es que reconozcamos la evidencia de que la sentencia del Tribunal Supremo respecto al Acuerdo de 25 de Junio nos haya dejado en las medidas unilaterales impuestas por la empresa y otra muy distinta que nos parezca bien o que nos conformemos con ello.

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Sentencia vs reclamaciones de cantidades

Sea por la insistencia de otros sindicatos en negar la evidencia o sea porque a veces parece que sólo oímos lo que queremos oír, sigue habiendo mucha gente convencida de que tras la sentencia del Tribunal Supremo la empresa nos tiene que devolver -y por tanto podemos reclamar judicialmente si no lo abona- toda la cantidad detraída por el ERTE 247/13 durante el segundo semestre de 2013. 

Ojalá fuera así, pero como ya hemos dicho, nuestra Asesoría Jurídica no tiene dudas en cuanto a que esa sentencia lo que nos lleva es a la situación previa al Acuerdo, esto es, a las medidas unilaterales que impuso la empresa.

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Aclaración a las noticias

Sobre la reclamación de cantidades

Ante las noticias alarmistas que está trasladando algún sindicato sobre la urgencia de presentar "antes del jueves"  las reclamaciones de cantidades por la "anulación del ERTE 247/13", so pena de perder la posibilidad de efectuar la reclamación, sólo podemos decir y pedir que dejen de marear e inquietar al personal con tanta mentira.

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Conocida la 1ª sentencia del Tribunal Supremo

¿Y ahora?

La sentencia del Tribunal Supremo respecto al primer ERTE (2º semestre de 2013) ya ha sido publicada y por lo que vemos, la empresa debe estar contenta pues la ha situado en el mejor de sus escenarios posibles y más aun sabiendo cómo actúan. Ya veremos si en la otra sentencia, en lo relativo a los planes de pensiones, tienen tanta suerte y pueden, como de costumbre, "ganar tiempo".

Lamentablemente y aunque de tanto insistir con que volvíamos al principio de los tiempos y con que "el mes próximo nos tienen que pagar..." nadie quería oír lo contrario, el que la sentencia nos lleva a la medidas unilaterales impuestas por la empresa, es algo que hemos estado diciendo desde hace mucho tiempo (ver comunicado 25-11-2013) y es que parece lógico pensar que si algo se anula, te sitúas un segundo antes de su existencia y no dos meses antes. Aunque claro, es más bonito vender lo contrario, aunque sea mentira.

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Sentencia sobre primer ERTE

Bastante antes de lo previsto el Tribunal Supremo ha notificado el fallo (según ha comunicado e interpretado la empresa) sobre el acuerdo de junio de 2013, ratificando la sentencia de la Audiencia nacional que anulaba tal acuerdo y retornando a las medidas unilaterales previas a tal acuerdo. 

En este sentido la empresa nos ha manifestado tiene intención de reliquidar todo el segundo semestre como si el Acuerdo de junio no hubiera existido y por tanto hubiéramos estado todo ese tiempo con las medidas unilaterales.



Las sentencias del Tribunal Supremo

Tras más de año y medio oyendo machaconamente cada día un "este mes sale la sentencia y nos tienen que ingresar...", por fin el próximo día 16 se reúne el Tribunal Supremo para debatir y fallar sobre los recursos presentados contra las sentencias de la Audiencia Nacional relativas tanto al primer ERTE como al segundo.

Ver comunicado en pdf


Documentos relacionados: 
Sentencia Audiencia Nacional que anula el Acuerdo de junio de 2013 y la posterior aclaración de sentencia emitida por el mismo tribunal.


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