Convenio colectivo del Grupo Champion

Resolución de 26 de abril de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo del Grupo Champion (Supermercados Champion, SA y Grup Supeco-Maxor, SL).


Convenio Colectivo del Comercio de la Piel (Calzados y Bolsos) de Ourense


CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO DE MOBLES E OBXECTOS DECORATIVOS Lugo


Convenio Colectivo del Sector de Detallistas y Autoservicio de Alimentación de Zaragoza


Convenio Colectivo del sector Comercio de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías de Navarra

RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2012, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial de Navarra del Convenio Colectivo del sector Comercio de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías de Navarra.


Convenio COMERCIO MINORISTA DE ALIMENTACION (DE DETALLISTAS, DE ULTRAMARINOS, SUPERMERCADOS Y AUTOSERVICIOS) Cádiz


Convenio Colectivo del Sector Mercado de Valores en Madrid

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2012, de la Dirección General de Trabajo, sobreregistro, depósito y publicación del convenio colectivo del Sector Mercado de Valores (código número 28006455011991).


Convenio colectivo interprovincial para el comercio de flores y plantas

Firmado nuevo convenio del comercio de flores y plantas en 2018 



I Acuerdo Marco de Comercio AMAC

Visto el contenido del I Acuerdo Marco del Comercio (AMAC), código de convenio n.o 99100085072012, que ha sido suscrito con fecha 15 de diciembre de 2011, de una parte, por la organizaciones empresariales Confederación Española de Comercio (CEC) y Asociación Madrileña de Empresarios de Alimentación y Distribución (LA UNICA), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las centrales sindicales FECOHT-CC.OO. y CHTJ-UGT, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83, apartados 2 y 3, en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, ambos del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve: 


Convenio Colectivo de Asentadores Mayoristas de Pescado de Mercabilbao

RESOLUCIÓN de la Delegada Territorial de Bizkaia del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Colectivo de la empresa Asociación de Asentadores Mayoristasde Pescado de Mercabilbao. (Código de convenio número48002524011988).


XXII CONVENIO COLECTIVO - AGRUPACION BANCA

Firmado el XXII Convenio Colectivo de Banca 2011-2014: un buen instrumento para afrontar el futuro

Por fin hemos podido cerrar un Convenio Colectivo que sirva de instrumento para abordar la difícil situación de reestructuración por la que atravesamos en el Sector Financiero, manteniendo todos los derechos históricos de los trabajadores y de las trabajadoras de Banca.


Convenio colectivo de Comercio General de la región de Murcia

El presente Convenio se aplicará a todas las Empresas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Murcia. Se aplicará a todas las Empresas y trabajadores encuadrados en los sectores de comercio de los diversos ramos de la producción. Quedan comprendidos en este Convenio, todos los trabajadores de las empresas en su ámbito funcional, con las excepciones que señala el artículo 1.o, párrafo 3, del Estatuto de los Trabajadores. 


Destacadas

Los tribunales reconocen el incumplimiento reiterado de Vitaly Health Services en material de negociación colectiva para un Plan de Igualdad


CALENDARIOS LABORALES 2026

Un año más y como ya es habitual en estas fechas, desde la Sección Sindical de CCOO, te presentamos los calendarios laborales para el año 2026

Pincha el link para acceder al calendario en el Boletín Oficial del Estado.


Nuevos permisos de conciliación: preguntas frecuentes

Recopilación de las preguntas más habituales respecto a los nuevos derechos de conciliación. 


Nuevos permisos y derechos para la conciliación de la vida laboral, personal y familiar

6 días (retribuido)

Por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, pero que precise reposo. Incluye a familiares de hasta segundo grado y convivientes. El Plan de igualdad de Vítaly amplia un dia mas a los 5 dias recogidos en el Estatuto de los trabajadores.

4 días al año (retribuido)

Por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes o imprevisibles. Se podrá disfrutar por horas.

8 semanas (no retribuido)

Hasta que el menor cumpla 8 años. Se puede disfrutar de forma continua o discontinua, y a tiempo completo o parcial. En el caso de las personas empleadas públicas del ámbito del EBEP, sí será retribuido.

Parejas de hecho

Se reconoce el permiso de 15 días naturales por el registro de pareja de hecho, equiparándolo así con los matrimonios.

Reducción de jornada

Se amplía para quienes precisen encargarse de cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, además de para el cuidado de hijos o hijas o personas a cargo con discapacidad menores de 26 años y que tengan cáncer u otra enfermedad grave.

Adaptación de jornada

Se amplía a trabajadores y trabajadoras con personas dependientes a cargo (hijos e hijas mayores de 12 años, cónyuge, pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta segundo grado y personas convivientes cuando no puedan valerse por sí mismas). En caso de negativa, la empresa deberá justificarla.


LA INSPECCIÓN DE TRABAJO REQUIERE A VÍTALY PARA QUE DÉ LA CARA Y SE SIENTE A NEGOCIAR

Estimad@s compañer@s 

De nuevo cita en la inspección por la carga de trabajo de los técnicos, denunciada por CCOO el año pasado. Podéis repasar el histórico en la noticia web: https://www.ccoo-servicios.es/vitaly/html/61324.html


LOS SINDICATOS NO SIRVEN PARA NADA

Un sindicato no sirve para nada, si TÚ, no estás dispuesto a implicarte y a ejercer tus derechos

(derechos que han luchado otros, y que tú solo tienes que ejercer).

Un sindicato nunca servirá para nada, si tú no quieres utilizar lo que el sindicato ha conseguido para ti.


Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos

  • Publicado en el Boletín Oficial del estado (BOE) de 15 de agosto de 2023 el III Convenio Colectivo nacional de los Servicios de Prevención Ajenos, firmado por CCOO.