En varios casos recientes, la dirección está rechazando la propuesta horaria de las personas trabajadoras basándose en motivos organizativos genéricos y poco fundamentados, intentando imponer horarios que, en la práctica, anulan la finalidad real de la conciliación familiar.
Queremos recordaros que, conforme al artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, la concreción horaria dentro de la jornada ordinaria es un derecho fundamental de la persona trabajadora. La facultad organizativa de la empresa no es absoluta ni puede utilizarse para vaciar de contenido este derecho. No basta con que la empresa alegue "razones organizativas" para imponer su voluntad; estas causas deben ser objetivas, probadas y proporcionales.
Desde la Sección Sindical no vamos a consentir que la conciliación de la vida familiar y laboral se convierta en una batalla desigual. Si estáis en proceso de solicitar una reducción de jornada, o si ya habéis recibido una respuesta de la empresa denegando vuestra propuesta de horario, poneros en contacto con nosotros antes de tomar ninguna decisión o responder a la empresa.
Podremos orientaros sobre los primeros pasos a seguir, ayudaros a conocer vuestros derechos y facilitaros información para que podáis valorar las opciones más adecuadas en vuestro caso.
Y, si necesitáis un acompañamiento más completo, asesoramiento y defensa sindical y jurídica, os recordamos la importancia de estar afiliado o afiliada a CCOO. La afiliación es la que permite contar con el respaldo del sindicato durante todo el proceso, no solo ante una situación puntual.
Defender nuestros derechos colectivos también significa poder defender cada caso individual cuando sea necesario.
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