Archivado en Acuerdos, Condiciones de trabajo

CCOO consigue mejoras sustanciales en las condiciones laborales de las trabajadoras de Zara y Lefties

La Sección Sindical de CCOO logra, una vez más, avanzar en la conquista de derechos para todos los trabajadores y las trabajadoras de Zara y Lefties en la Comunidad de Madrid y alcanza un acuerdo sobre complemento por venta, así como el abono de la nocturnidad.


Este artículo se publicó originalmente en MADRID (Federación de Madrid) , Comercio (Sector del Comercio) ,


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CCOO Madrid alcanza un acuerdo ante el Tribunal Superior de Justicia tras la demanda interpuesta contra la empresa ZARA ESPAÑA S. A., al entender que las nuevas contrataciones que se venían realizando eran discriminatorias.

 
El pasado 5 de junio de 2014, en la sede del Tribunal Superior de Justicia, CCOO llega a un acuerdo con Zara España en beneficio y defensa de los derechos de las nuevas compañeras contratadas que venían siendo discriminados respecto de los más antiguos y las condiciones que anteriormente venían disfrutado el resto de compañeros y compañeras de esta empresa sobre las comisiones por venta, ya que los nuevos trabajadores no percibían estas comisiones hasta el tercer y cuarto mes.

Además, como los nuevos contratos son eventuales, por semanas o incluso días, y nunca llegan a trabajar más de un mes (lo que les daría derecho a cobrar las comisiones que generase a partir de ese mes) CCOO exigió que se contabilizarán todos los contratos que un mismo trabajador hubiera suscrito en los 365 días anteriores, de manera que si se enlazan varios contratos de días o semanas (lo cual es habitual) y, siempre que superen entre todos el mes de trabajo, este nuevo trabajador tendrá derecho a cobrar comisiones de todos los días que excedan el primer mes.

Asimismo, y respecto al complemento de la Comunidad de Madrid, la empresa no abonaba este complemento a los nuevos contratados hasta el sexto mes de trabajo. Por ello, CCOO también exigió a Zara España la eliminación de esta decisión por considerarla discriminatoria. Finalmente, CCOO logra que los nuevos contratados cobren este complemento en las mismas condiciones que las anteriores. Es decir tan sólo se establecerá un mes de carencia, a partir del segundo mes se comenzará devengar.

Es reseñable decir que éste complemento no tiene carácter absorbible ni compensable por los aumentos salariales que se puedan establecer en el citado convenio colectivo.

Este acuerdo ha entrado en vigor el pasado 15 de junio.


ABONO NOCTURNIDAD

Ante la demanda interpuesta por el Delegado Sindical de CCOO, José Ángel Parejo, sobre el abono de la nocturnidad y siendo favorable la sentencia para el trabajador, tras meses de negociación y propuestas presentadas por la Sección Sindical, se ha logrado una vez más un gran avance: Desde el mes de julio de 2014 se abonarán las horas nocturnas desde las 22:00 horas hasta las 06:00 horas con un porcentaje del 25% sobre la hora ordinaria, estas horas las verán reflejadas en las nóminas de este mes de agosto, puesto que serán siempre abonadas a mes vencido.

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