Archivado en Comunicados, Mujeres e Igualdad

Circular CC.OO. en Grupo Banco Popular
mayo 2005

XX Convenio Colectivo de Banca (2005 - 2006)
UN PASO MÁS HACIA LA IGUALDAD


Desde la Secretaría de la Mujer consideramos favorables los avances conseguidos en el nuevo Convenio para una mejor conciliación de la vida familiar y laboral. Los artículos mejorados y relacionados con este tema, son los siguientes:

Este artículo se publicó originalmente en Popular (Sección Sindical Grupo Banco Popular) ,

  SECRETARÍA DE LA MUJER

        Nela Sastre       Banco Popular Español, Murcia, O.P. - Tf.: 968 355 399         nelasastre@murcia.ccoo.es

   

Art. 27. Licencias:

 

a)  Art. 27.1.d.- Adicionalmente, por el nacimiento de hijo, un día más de licencia a disfrutas dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento.

(Amplía en un día más, adicional a los dos actuales, la licencia por nacimiento de hijos)

b)  Art. 27.3.- Hora de lactancia.- Con carácter alternativo dicha ausencia podrá sustituirse por un permiso retribuido de 15 días naturales a continuación del descanso de maternidad.

(Posibilidad de sustituir la hora de lactancia por un permiso retribuido de 15 días naturales, pudiendo ser utilizado indistintamente por el padre o la madre)

c)  Art.27.4.- Reducción de jornada en un mínimo del 25%, en lugar del actual mínimo de 1/3.

Excepcionalmente podrá prorrogarse esta reducción de jornada hasta el momento en que el menor cumpla los siete años de edad, siempre y cuando se viniera haciendo uso de la misma los dos años anteriores.

(Permite reducir la jornada de trabajo desde un mínimo de 1/4 en lugar del actual 1/3, pudiendo prolongar dicha situación un año más para cuidado de menores, hasta que cumplan 7 años, en lugar de los 6 actuales.)

d)  Art.27.7.- Permisos sin sueldo: El personal con más de dos años de servicio efectivo en la empresa podrá solicitar los siguientes permisos no retribuidos:

- De una semana a un mes por necesidades familiares debidamente acreditadas, pudiendo ampliarse hasta seis meses por accidente o enfermedad grave u hospitalización de parientes hasta primer grado de consaguinidad o afinidad. Este permiso no podrá solicitarse más de una vez cada dos años.

- Entre uno y seis meses para finalizar estudios superiores o doctorados.

(Se crean permisos no retribuidos, entre una semana y un mes, para necesidades familiares, ampliables hasta seis meses en caso de enfermedad grave)

 

Art. 31. Cambio de puesto de trabajo por razón de embarazo.

 

-   Durante el embarazo la trabajadora no será objeto de cambios de puesto de trabajo que impliquen destino a otro municipio.

(Las mujeres embarazadas no podrán ser trasladadas a otro puesto de trabajo situado en municipio distinto. Por ninguno de los tres conceptos legales actuales: traslado a otra plaza, comisión de servicio y traslado dentro de los 25 Km.)

 

Art. 46. Garantía de igualdad de oportunidades y no discriminación entre las personas.

 

1.- Las relaciones laborales en las empresas deben estar presididas por la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, adhesión sindical o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

2.- Los derechos establecidos en el presente Convenio afectan por igual al hombre y la mujer de acuerdo con las disposiciones vigentes en cada momento. Ninguna cláusula de este Convenio podrá ser interpretada en sentido discriminatorio en los grupos profesionales, condiciones de trabajo o remuneración entre trabajadores de uno y otro sexo.

3.- Las empresas realizarán esfuerzos tendentes a lograr la igualdad de oportunidades en todas sus políticas, en particular la igualdad de género. En este sentido las empresas facilitarán anualmente a la representación sindical los datos relativos a sexo, antigüedad en la empresa, grupo y nivel profesional según se establece en el articulo 7º, de modo que pueda seguirse una evolución de las plantillas desde una perspectiva de género.

(Garantías para la igualdad de oportunidades y no discriminación por motivos de género, que serán evaluados anualmente por la representación sindical)

 

 

Aunque todos estos logros permiten una mejor conciliación de la vida familiar y laboral, pensamos que aun queda mucho por hacer. Otro de los temas imprescindibles para avanzar en este terreno, y sobre el que seguimos trabajando por su importancia, es el de las GUARDERÍAS.

 

 

Mayo de 2005

BOLETÍN DE AFILIACIÓN

  grupo banco popular

 

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