Los trabajadores de 55 a 61 años afectados por un ERE podrán ver actualizadas sus bases de cotización
Los trabajadores mayores de 55 años afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE) y que se hayan acogido al Convenio Especial de la Seguridad Social podrán ver aumentadas anualmente sus bases de cotización hasta cumplir los 61 años
PSOE y CiU pactan la compatibilidad de las pensiones de viudedad con las de vejez e invalidez
Los convergentes también pactan rebajar el impuesto de sociedades a las empresas con beneficios menores de 120.000 euros.
ACUERDO SOBRE DIFERENTES CONDICIONES LABORALES Y PREVISION SOCIAL DE LOS TRABAJADORES DE BANCO MAPFRE
Se ha planteado por todas las partes la conveniencia de constituir un fondo de pensiones externo para los compromisos por jubilación de empleados en activo del Banco MAPFRE mediante la exteriorización de los compromisos de previsión social complementaria, así como la transformación de todos los compromisos por jubilación en un sistema de aportación definida único para todos los empleados y un sistema propio de cobertura de riesgos que sustituya en todos sus términos y condiciones al sistema de previsión social complementaria actualmente existente en el mismo.
ACUERDO LABORAL DE CARÁCTER GENERAL SOBRE EL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL BANCO ESPIRITO SANTO
Es voluntad de las partes sustituir el sistema de previsión social regulado en el mismo para el personal que presta servicios efectivos en BANCO ESPIRITO SANTO, S.A., por un nuevo sistema de previsión social instrumentado a través de un Plan de Pensiones, de prestación definida para la contingencia de incapacidad, fallecimiento y jubilación...
Acuerdo Colectivo sobre el Sistema de Previsión Social y Externalización de Fondo de Pensiones en Banco de Valencia SA
Para los 630 trabajadores anteriores al 8-3-80.- Prestación definida asegurada a través de póliza en Plan de Pensiones externo. 2) Para los 621 trabajadores posteriores al 8-3-80.- Aportación definida de 65.000 Ptas. para el año 2001, revalorizable con el incremento del Convenio Colectivo de Banca. 3) Para los 760 actuales pasivos y prejubilados.- Se externalizan los actuales compromisos a través del fondo de pensiones asegurados en póliza de seguros
Especificaciones del Plan de Pensiones de Banco Pastor
BANCO PASTOR S.A., insta la creación de un Plan de Pensiones, denominado PLAN DE PENSIONES DE LOS EMPLEADOS DE BANCO PASTOR, S.A. con el fin de proporcionar beneficios por jubilación, fallecimiento e invalidez, si corresponden, a los Beneficiarios del mismo. Dicho Plan de Pensiones recoge y desarrolla el acuerdo alcanzado en negociación colectiva de fecha 21 de noviembre de 2001, por el que se instaura un sistema de previsión social sustitutivo del contemplado en el XVIII Convenio Colectivo de Banca aplicable a la Entidad Promotora hasta la fecha.
ACUERDO COLECTIVO DE EMPRESA DE PREVISÓN SOCIAL DE COMMERZBANK ANTIENGESEELLSCHAFT, SUCURSAL EN ESPAÑA
Es voluntad de las partes sustituir mediante el presente acuerdo lo regulado en los artículos 35 apartados 1 y 2, 36 y 37 del XVIII Convenio Colectivo de Banca, pasando a ser el único sistema de previsión social para las contingencias incluidas en dichos artículos establecido con carácter general para el personal con vínculo laboral efectivo con COMMERZBANK AKTIENGESELLSCHAT SUCURSAL EN ESPAÑA.
BANCO URQUIJO: ACUERDO SOBRE PREJUBILACIONES Y JUBILACIONES ANTICIPADAS
Que tras la promulgación de la Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible, la Empresa y los Representantes Legales de los Trabajadores, se han reunido para dar continuidad y adaptar los Acuerdos de Prejubilaciones y Jubilaciones Anticipadas en Banco Urquijo...
ACUERDO COLECTIVO SOBRE EL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL Y EXTERNALIZACION DE FONDO DE PENSIONES EN BANCO DE MURCIA S.A
Es voluntad de las partes sustituir el Sistema de Prestaciones Complementarias regulado en el Convenio Colectivo de Banca, por un nuevo Sistema de Previsión Social que integre la totalidad de las obligaciones y derechos del Banco y sus empleados en materia de previsión social
Acuerdo de Previsión Social del Grupo Barclays
Es voluntad de las partes integrar de forma unitaria y omnicomprensiva, la regulación de la totalidad de derechos y obligaciones de los empleados de las empresas del Grupo Barclays arriba señaladas en materia de previsión social, de forma que, mejorándose globalmente las prestaciones previstas en los Convenios Colectivos de aplicación
ACUERDO DE PREVISIÓN SOCIAL EN LLOYDS TSB BANK PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA.
Es voluntad de las partes sustituir el Sistema de Prestaciones Complementarias regulado en el Convenio Colectivo de Banca, que más adelante se detalla, y en la carta emitida por LLOYDS TSB BANK PLC, SUCURSAL EN ESPAÑA en octubre de 1986, bajo la referencia "pensión de jubilación", por un nuevo Sistema de Previsión Social que integre la totalidad de las obligaciones y derechos del Banco y sus empleados en materia de previsión social
Historico
Preguntas Frecuentes conciliación en Vitaly




