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Los 6.000 trabajadores y trabajadoras de la Hostelería de Ciudad Real empezarán al fin a cobrar sus salarios de convenio

El convenio fue firmado en julio de 2015, pero la negativa de la Patronal a adecuar dos artículos a la legalidad vigente ha retrasado su publicación y entrada en vigor durante casi siete meses Las nóminas se incrementarán ahora un 1,2% con efectos retroactivos desde mayo de 2015 y otro 1,35% desde el 1 de enero de 2016. A partir del 1 de enero de 2017 subirán otro 1,5%.  CCOO insta a la Patronal a cejar en su sinrazón y retirar el recurso que ha interpuesto ante el TSJ en su intento de no pagar las horas nocturnas según establece el Estatuto de los Trabajadores; y de no reconocer la licencia para acudir al médico con los hijos menores de edad tal y como dice el Código Civil.


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En cumplimiento del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, la Autoridad Laboral va a proceder al Registro y Publicación del Convenio Colectivo de Hostelería de la provincia de Ciudad Real 2015-2017, lo que permitirá a los trabajadores del sector empezar a cobrar, con efectos retroactivos, los incrementos salariales pactados hace ya más de un año y medio: un 1,2% desde  mayo 2015 y un 1,35% a partir de enero 2016; a los que se añadirá otro 1,5% en el año 2017. 


El convenio fue firmado por la Patronal y los sindicatos en julio de 2015. Pero antes de su publicación, se apreció tanto por la Autoridad Laboral como por CCOO que dos de sus artículos -el 38, sobre horas nocturnas; y el 20.m, sobre licencia para acudir al médico con hijos menores de edad- conculcaban la legislación vigente; por lo que la publicación del convenio quedó pendiente de que se rectificaran esos preceptos. Pero la patronal se negó a hacerlo y hubo que acudir a la jurisdicción de lo Social.  
El pasado mes de enero, el Juzgado de lo Social de Ciudad Real ordenó rectificar los dos artículos mencionados por conculcar la legislación en perjuicio de los intereses de los asalariados, tal y como advirtió CCOO. 

En concreto, respecto al trabajo nocturno, la patronal se negaba a adecuar el convenio al Estatuto de los Trabajadores, que establece que el Plus de Nocturnidad debe de abonarse desde las 22.00 horas hasta las 06.00 horas, y no desde las 03.00 hasta las 06.00 como fijaba el artículo 38 del convenio provincial de Hostelería. 

En cuanto a la licencia para acudir al médico con los hijos menores de edad, el Código Civil establece la mayoría de edad en 18 años, mientras que el artículo 20.m del convenio limitaba el derecho de los trabajadores a acompañar a consulta a sus hijos menores de 12 años. 

La patronal de Hostelería ha interpuesto recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia contra esta sentencia, por lo que la Autoridad Laboral tendrá publicarla junto al Convenio Colectivo. De esta forma, aunque el convenio sigue sin rectificarse hasta que no haya un pronunciamiento judicial definitivo, los artículos 38 y 20.m debe aplicarse en los términos que señala la sentencia. 

CCOO valora la decisión de la Autoridad Laboral y anima a la patronal a retirar el recurso y a adecuar el redactado de estos dos artículos a la legislación vigente. ?La cerrazón y la intransigencia no deben primar ante lo evidente, ni ante la legalidad?, señala Ángela Briones, secretaria general de CCOO- Servicios Ciudad Real.



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