OESIA: Por fin hay acuerdo


En el día de hoy, tras un casi un año de negociaciones, por fin se firma el acuerdo para la recuperación de derechos cedidos en la Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo en el año 2012 y la compensación del traslado a la sede de Rivas.

 


 

Desde la sección sindical estatal de CC.OO. creemos que todo esto ha sido posible gracias a:

  • A los puentes tendidos por los nuevos interlocutores adheridos a la negociación por parte de la empresa, que han permitido acercar las posturas y mostrar la sensibilidad necesaria.
  • A los trabajadores y trabajadoras del grupo Oesia, que sin su apoyo esto no sería posible.
  • Al trabajo sindical en defensa de los derechos de la plantilla del grupo Oesia, que con la disconformidad mostrada a lo largo de la negociación ha permitido hacer ver a la Dirección que él no por el no, no conduce a nada.

Os exponemos los puntos del acuerdo alcanzado:

Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo

  • Se recupera el derecho de visitas médicas tal y como estaba antes de la modificación de 2012, retornando a ser consideradas permisos retribuidos.
  • Se recupera el acompañamiento a hijos menores u otros familiares dependientes al médico tal y como estaba antes de la modificación de 2012, retornando a ser consideradas permisos retribuidos.
  • Respecto al día de asuntos propios no recuperable, nos hemos emplazado a seguir viendo en el futuro próximo el momento de su recuperación.

Traslado de la sede central a Rivas-Vaciamadrid.

Para las personas afectadas por el traslado, se ha encontrado un punto de encuentro para compensar su trastorno del cambio de sede por el aumento del tiempo en el desplazamiento que nos supone la nueva ubicación y el aumento del gasto:

  • Se dispondrá de mayor flexibilidad horaria en la nueva sede, se amplía en 30 minutos la flexibilidad vigente en la actualidad, permitiendo, por voluntad del trabajador, adelantar la entrada, entre las 7:30 y las 09:00 horas de lunes a viernes, exceptuando los periodos de jornada intensiva, en cuyo caso la entrada al centro de trabajo se podrá efectuar entre la 07:30 y las 08:00 horas.

El suplemento no es compensable ni absorbible, y lo recibirá el personal actualmente contratado que está destinado en la actual sede de las citadas compañías en C/ Santa Leonor 65, y el que sea destinado a la nueva sede en el futuro.

Para terminar, en este momento de éxito creemos importante señalar que cuanto mayor sea el compromiso de TODAS y TODOS, mayores serán los logros y acuerdos posibles, para conseguir un entorno laboral justo y con los reconocimientos por nuestra labor que nos merecemos, redundando en beneficio de la empresa y sus objetivos marcados, como en una plantilla motivada y comprometida.

«CUMPLIR OBJETIVOS», «OBTENER BENEFICIOS», «DAR SERVICIO AL CLIENTE»
NO ESTÁ POR ENCIMA DE LAS LEYES.
QUE NO TE ENGAÑEN. CONOCE TUS DERECHOS Y OBLIGACIONES.
  • El suplemento económico de compensación será: