¿Cuándo tengo que presentarla?

  • Plazo 2 de abril a 30 de junio de 2025, ambos inclusive.

  • Hasta 25 de junio si se domicilia el pago (se carga en cuenta el 30 de junio el primer pago y 5 de noviembre el segundo).

  • Después del 25 de junio se puede domiciliar el segundo plazo.

En el caso de que la declaración resulte a ingresar se introducen nuevos medios de pago. Además de los medios de pago tradicionales (domiciliación, pago electrónico mediante cargo en cuenta o NRC y documento de ingreso en entidad colaboradora) se permite el pago mediante tarjeta de crédito, en condiciones de comercio electrónico seguro, o mediante Bizum.