Al no haber representación legal de las plantillas en los servicios centrales, al igual que ya hicimos en los anteriores ERTEs, hemos sido los sindicatos representativos en el sector, CCOO Servicios y FeSMC-UGT, quienes hemos llevado a cabo la negociación.
El total de las personas afectadas por los ERTEs en cada grupo son, aproximadamente:
% AFECTACIÓN |
SS.CC. |
%Reducción–Suspensión 100% |
Total |
No afectación |
20 |
Reducción 10-20% |
195 |
Reducción 21-40% |
35 |
Reducción 50% |
100 |
Suspensión 100% |
50 |
Total general |
400 |
CCOO Servicios, tras haber agotado los siete días de negociaciones y haciendo un ejercicio de responsabilidad para que no se les aplicara está medida tal y como dice la ley, con unos mínimos y limitaciones de la reducción de salario al 70% por el porcentaje de jornada reducida o la suspensión total del contrato, ha exigido y conseguido que estos se incrementaran y ha decidido firmar el acuerdo.
Los términos y condiciones del acuerdo son los siguientes:
- Complemento indemnizatorio del salario (prestación de desempleo): Se establece un complemento indemnizatorio para aquellos trabajadores/as afectados por este ERTE, que tengan un salario bruto menor de 40.000€, en suspensión de empleo y con reducción de jornada de mas de un 20%, que consiste en un 60% de la diferencia entre el neto de nómina (incluyendo neto de pagas extras) y la prestación bruta teórica que se cobre por desempleo. Para colectivos especiales este complemento indemnizatorio será del 70% de la diferencia.
- Colectivos especiales (será necesaria acreditación): Discapacitados más de un 33%, Personas afectadas al 100% por este ERTE, cuyas parejas están afectadas al 100 % en otro ERTE (en NH u otra empresa), Personas con cuidado de familiar dependiente hasta segundo grado, Familias monoparentales, Victimas de violencia de genero.
- Así mismo, hemos comprometido a la empresa a que dentro de los dos meses de vigencia del ERTE, hasta 31 mayo de 2021, se reduzca sustancialmente la afectación en el segundo mes, en mayo.
- Beneficios sociales: Se mantienen las tarifas de empleados y Club Coperama. Durante la suspensión al 100 % no se recargará tarjeta de restaurante.
- Antigüedad: Durante el periodo de suspensión se devengará antigüedad
- Plan de formación. La empresa pondrá a disposición de las personas en suspensión de contrato y reducción de jornada un plan de formación on line específico para potenciar la empleabilidad de las personas afectadas.
- Gestión de prestaciones de desempleo. La empresa se encargará de hacer las gestiones precisas y necesarias para la solicitud de las prestaciones de desempleo que corresponden a cada persona.
- Comisión de seguimiento: Se establece una comisión de seguimiento que se reunirá quincenalmente para afectar y desafectar a trabajadores/as en función de las necesidades. Igualmente se determinarán los criterios de rotación y toda aquella información que sea necesaria para el cumplimiento de lo pactado.
- Finalizado el periodo de suspensión del contrato los trabajadores/as se reincorporarán a la jornada anterior a la aplicación de la medida, respectivamente, en las mismas condiciones que disfrutaban con anterioridad a la suspensión.
31 de marzo de 2021