La justicia da la razón a CCOO y obliga a readmitir al delegado sindical despedido de la empresa UCS


Damián García, delegado sindical de CCOO, fue despedido de manera disciplinaria el pasado 4 de octubre de 2015. Hoy, la justicia da la razón a CCOO y obliga a su readmisión inmediata, condenando además a la empresa a abonar salarios de tramitación y una indemnización por daños morales. La sentencia, que cuenta con 49 páginas, describe como el despido del delegado sindical fue injustificado y se debió a la intensa actividad realizada en la misma.

CCOO ha valorado la sentencia que obliga a la readmisión inmediata del delegado sindical despedido, Damián García, como ?muy positiva?. En este sentido, Emilio Fernández, secretario general de CCOO Huelva, ha manifestado su ?alegría? tanto ?porque el despido de nuestro compañero Damián García ha sido declarado nulo como porque se reconoce que la actividad sindical ha sido correcta y que la sucesión de denuncias por incumplimientos en aplicación del convenio como por los incumplimientos de medidas de salud laboral eran ciertas, tal y como ratifica la sentencia, las denuncias en la Inspección de Trabajo y las resoluciones de otras administraciones como Capitanía Marítima que actuaron a instancias de CCOO?.

La jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Huelva ha sido contundente y entre sus afirmaciones destaca la siguiente. ?Resulta más que evidente la situación de conflicto entre la empresa y el delegado sindical, y la actuación abiertamente reivindicatoria mantenida por este último en los dos últimos años, ordenando a exigir de la empresa el cumplimiento de sus obligaciones en materia de jornada, seguridad y salud. Habiendo promovido el Sr. García en un breve lapso de tiempo cinco Sercla, así como formulado numerosas recomendaciones de seguridad, no dudando en presentar incluso contra la empresa diversas denuncias ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Huelva, que dieron lugar a la realización por parte de la Inspección de diversas actuaciones. Enrareciéndose, si cabe, aún más el conflicto a raíz de la exigencia del trabajador demandante a partir de la primavera de 2016 de que fuese la empresa la que descontaminase la ropa de trabajo?.

Para Fernández, ?las empresas, con esta sentencia, tienen que tener claro que no pueden arrollar a los representantes sindicales en el desempeño de su actividad sindical, y que CCOO no va a consentir que sus delegados/as sindicales sean perseguidos por empresas que son condenadas por vulnerar un derecho fundamental como es el de la libertad sindical?.

Damián García, ha valorado la sentencia como ?muy positiva?, y ha continuado, ?no solo por el conflicto concreto que nos ocupa y porque restablece el orden de las relaciones laborales en la empresa sino para el conjunto de los delegados y delegadas sindicales que se enfrentan en su día a día a actitudes violentas por parte de las empresas?. ?La sentencia marca cual es el uso de la libertad sindical y de la libertad de expresión. La jueza ha entendido como hechos probados todas las denuncias interpuestas tanto a la Inspección de Trabajo, como las declaraciones realizadas públicamente y ha sentenciado que ha existido una vulneración evidente de libertad sindical en la empresa, condenándola a mi readmisión inmediata, al abono de los salarios dejados de percibir en este último año y a una indemnización por daños morales?.

Para CCOO, la sentencia deja meridianamente claro que la libertad sindical encuentra en la libertad de expresión una herramienta de denuncia y presión sobre actuaciones empresariales, y que no se puede despedir a un representante sindical por ejercer ambos derechos, recogiendo literalmente que ?no puede sino concluirse que ha quedado constatada la existencia de serios indicios de la vulneración del ejercicio del derecho a la libertad sindical?.

Finalmente desde el sindicato se ha realizado una advertencia a las empresas principales, en este caso del Polo Químico de Huelva, sobre la calidad de las empresas subcontratistas que trabajan para ellas, en las que prima el beneficio empresarial a costa de la seguridad y salud de los trabajadores?.