Conflicto colectivo para la reclamación de los premios de antigüedad



El pasado mes de noviembre os comunicamos el resultado desfavorable en el recurso de la empresa ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por la reclamación del pago del premio de antigüedad.
 
Esta sentencia se basaba en un acta de la comisión de seguimiento del ERE; integrada por UGT, CSICA y la empresa; en la que se asume por parte de todos que el premio de antigüedad solo deben cobrarlo quienes hubieran alcanzado los 40 años de antigüedad en la empresa antes de la edad ordinaria de jubilación, interpretada como los 65 años de edadNada de esto dice el acuerdo del ERE.
 
Desde que obtuvimos esta sentencia hemos estado valorando presentar un Conflicto Colectivo contra la interpretación efectuada por la empresa del acuerdo del ERE y de dicha acta, que no ha sido dada a conocer ni a los trabajadores y trabajadoras, ni a CCOO, al no formar parte de dicha comisión de seguimiento.
 
Finalmente, en CCOO hemos decidido presentar el Conflicto Colectivo, para lo cual hemos iniciado el procedimiento de mediación en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje).Desde CCOO solicitamos que la empresa reconozca que la interpretación que hace del acuerdo respecto de los premios de antigüedad es incorrecta y que, por tanto, se reconozca el derecho a percibir la parte devengada de los citados premios a todos aquellos trabajadores y trabajadoras que, teniendo derecho al cobro del mismo, pudieran llegar a cumplir 25 y 40 años de servicios en la empresa, antes o después de cumplir los 65 años, puesto que no existe ninguna obligación, ni legal ni convencional, de jubilarse con esa edad.
 
Seguiremos informando puntualmente de cuanto vaya aconteciendo en relación a este proceso.