Visto el texto correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo para la
actividad de Comercio en General de la Comunidad Autónoma de La Rioja
para los años 2005, 2006, 2007 y 2008 (Código núm. 2600065), que fue
suscrito con fecha 11 de mayo de 2007, de una parte, por la Federación
de Empresarios de Comercio de La Rioja (Fer-Comercio), en representación
empresarial y, de otra, por las centrales sindicales Comisiones Obreras
(CC.OO.), Unión General de Trabajadores (U.G.T.) Y Unión Sindical
Obrera (U.S.O.), en representación de los trabajadores del sector, y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto
Legislativo 1/95, de 24 de marzo (BOE del 29), por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 2
del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre
registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.