El paraguas del acuerdo laboral de fusión



A la espera de conocer el contenido normativo del decreto ley que publicará próximamente el Gobierno sobre la nueva regulación de las entidades financieras, el Consejo de Administración de la Caja facultó el pasado jueves al Presidente y al Director General para explorar todas las  posibles opciones de recapitalización de la Entidad en este nuevo escenario. Ver comunicado completo.

Podemos seguir analizando y criticando, como hemos hecho en nuestras últimas notas, estas desproporcionadas medidas que se van a poner en marcha, y las responsabilidades que en el actual estado por el que atraviesan las cajas (y la nuestra en particular), tienen sus órganos de gobierno, sus directivos, el propio Banco de España y los gobiernos central y autonómicos. Pero la realidad es la que es, y hay que mirar hacia delante.

A partir de aquí y a nuestro juicio,  las posibles opciones existentes con garantías para nuestra Caja, sólo son dos:

1.- Un proceso de integración, bien a través de un SIP o de una fusión convencional, con una o varias de las cajas que aún permanecen independientes en el mercado y que pueden aportar el volumen y la solvencia necesarios para este nuevo escenario. Y aquí estarían las cajas vascas, Unicaja e Ibercaja, fundamentalmente. Y

2.- Integración en uno de los SIPs ya constituidos.

En cualquiera de los dos casos, debemos estar preparados y volver a mantener como requerimientos básicos y previos a cualquier proceso, el mantenimiento del empleo y de las condiciones laborales de la plantilla.

Llegados a este punto, conviene poner en valor dos importantes compromisos plasmados en el texto del Acuerdo Laboral de Fusión:

a)     Capítulo I, punto 6. Garantías de Empleo.

“La Caja resultante de la fusión no promoverá la aplicación de medidas colectivas de reducción de empleo”.

b)     Capítulo II, punto 11. Consolidación de Cantidades.

“En el caso de que la nueva Caja, antes de los plazos señalados, participara en un nuevo proceso de integración con otras cajas, cualquiera que sea la forma jurídica de tal integración, consolidará en su totalidad las cuantías señaladas con carácter previo a la efectividad de esa nueva integración”.

El primer punto no requiere mayor explicación. En cuanto al significado del segundo, decir que, ante un nuevo proceso y con carácter previo, todos los trabajadores de la Caja, consolidarían de forma automática el 100% del Salario Mínimo Garantizado.

En fin, los tiempos vienen muy revueltos, pero cada vez es más evidente que cuanto peor vienen, más importante resulta el trabajo sindical hecho de manera paciente y responsable y, desde luego, mucho más productivo para los intereses del conjunto de la plantilla.