CCOO OESIA
CCOO - Boletín Informativo Nº51 - La información que te interesa
Hoy en el Boletín informativo nº 51 tratamos los temas siguientes:
- SEGUIMOS REIVINDICANDO MEJORAS PARA LA PLANTILLA
- PERMISO DE 5 DIAS
- A TENER EN CUENTA EN EL ÚLTIMO TRIMESTRE DEL AÑO
- TE RECORDAREMOS SIEMPRE, FERNANDO
SEGUIMOS REIVINDICANDO MEJORAS PARA LA PLANTILLA
Desde CCOO seguimos manteniendo reuniones con la interlocución de la Dirección de la Empresa, para que los excelentes resultados económicos se vean reflejados en mejoras de las condiciones para la plantilla.
Llevamos varios años consecutivos con récords históricos en los resultados anuales, y es el momento para que de una vez por todas se refleje en cuestiones que son valoradas y demandadas por las personas que formamos la familia de OESIA.
Las próximas reuniones que vamos a tener serán claves para conocer si la Dirección de esta empresa tiene la voluntad de avanzar y repartir los enormes beneficios que estamos consiguiendo entre todos y todas.
Estamos acostumbrados a leer en los medios de comunicación la excelente marcha de la empresa, y cuando nos paramos a reflexionar, parece como si estuvieran hablando de otra empresa diferente porque, de puertas hacia dentro, no se aprecian esos grandes resultados en nada tangible para la plantilla.
Las personas de esta empresa somos las que trabajamos y conseguimos estos grandes resultados económicos.
Esa inercia de grandes resultados sin grandes avances para la plantilla ha de cambiar, nos hemos de concienciar, nos merecemos mejorar nuestras condiciones laborales y todos y todas vamos a luchar por ello.
PERMISO DE 5 DIAS
Muchas personas nos habéis preguntado por el nuevo permiso de cinco días por hospitalización o intervención quirúrgica de familiar hasta segundo grado. En esta pequeña nota intentaremos resolver alguna de las dudas más frecuentes.
Empezamos por el literal de lo que dice el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.3.b).
“Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella.”
Una de las novedades de este permiso, además del aumento de dos a cinco días en los supuestos marcados, es que también se podrá disponer de él cuando el sujeto causante sea la pareja de hecho o una persona que conviva con el trabajador o trabajadora.
Una duda habitual es ¿qué ocurre si la hospitalización no dura cinco días o hay una intervención quirúrgica sin hospitalización?. En ese caso, siempre que el familiar o conviviente necesite reposo domiciliario y esta necesidad se pueda justificar, por ejemplo, con un informe médico donde así lo indique, podremos tener los cinco días de permiso.
Otra duda que nos preguntáis mucho es si son días naturales o laborables. La respuesta es que son laborables. Por lo tanto, si la hospitalización comienza un miércoles, continuando la semana siguiente, y la persona que se acoge al permiso no trabaja los sábados y domingos, el permiso se podría coger el miércoles, jueves y viernes de una semana y el lunes y martes de la siguiente. Igualmente, si la hospitalización comienza un domingo y ese día no es laborable para la persona trabajadora que va a solicitar el permiso, el mismo comenzará a computar a partir del primer día laborable.
Esperamos que os haya servido de ayuda, y para el resto de las dudas, siempre podéis consultar a través de nuestros correos.
A TENER EN CUENTA EN EL ÚLTIMO TRIMESTRE DEL AÑO
Se acerca el final de año y queremos recordaros algunos asuntos de interés:
El día de asuntos propios (día corresponsable) o los días de ajuste por exceso de jornada, se deben disfrutar antes de que finalice el año ya que no son acumulables, y si no se utilizan se pierden.
Recordad que el día de asuntos propios es un derecho que recuperó CCOO para toda la plantilla que disponga de una antigüedad superior a seis meses. No es necesario solicitar permiso a nuestro/a responsable para utilizarlo, ya que solo se debe informar de cuándo se va a usar con la antelación que sea posible. Se puede unir a los días de vacaciones.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que, si no se disfrutan todas las vacaciones en el año en curso, se pueden dejar un máximo de 5 días laborables o 7 naturales, dependiendo del convenio de aplicación, hasta el 31 de marzo del año siguiente, tal y como recoge el Plan de Igualdad.
TE RECORDAREMOS SIEMPRE, FERNANDO
El pasado 4 de agosto falleció nuestro compañero Fernando José Sánchez-Arjona Díez de Revenga.
Entró en la empresa como becario en el año 1.999, ascendió laboralmente dentro de la compañía por su gran labor profesional, y más tarde pasó a formar parte del equipo de personas de CCOO que luchan para mejorar las condiciones laborales de toda la plantilla de Oesía.
Desde CCOO queremos resaltar no solamente su gran labor sindical, sino también mencionar que era un gran compañero, amigo noble y sobre todo un amor de persona.
Por todo ello, nuestro máximo agradecimiento por sus servicios prestados y nuestro mayor recuerdo, para siempre, como persona.
Modelo de carta de Baja Voluntaria en la empresa
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