Firmado el Acuerdo de Prejubilaciones y Bajas Incentivadas

Barclays Bank 05-03-2009

Como sabéis, ayer día 4 nuestra Sección Sindical firmó el Acuerdo arriba citado, después de una negociación larguísima, como reconoce la propia empresa, durante la cual hubo periodos de incertidumbre, debido a motivos que la empresa aún no aclarado suficientemente (¿imputación contable?, ¿falta de dinero?, ¿desautorizaciones de Londres?, ¿deseo de abaratar el coste recortando bonus?....).


Este artículo se publicó originalmente en Barclays (Servicios CCOO en Barclays Bank) ,


pdf print pmail

Ya hemos denunciado suficientemente esta postura de falta de honradez negociadora por parte de la empresa y, ahora que se ha llevado el barco al puerto, sólo nos queda pedir a esta desconcertante empresa que no siga por este camino de idas y vueltas en la negociación, si no quiere encontrarse sin interlocutores. También debe reconocer esta empresa que entre Octubre del 2.008 y Marzo del 2.009 ha nacido un colectivo damnificado (los trabajadores con 57 años cumplidos a 31.12.2008), que, por lo menos, merece una disculpa y un compromiso de hacer todo lo posible para ofrecerle la salida que se pactó antes del periodo en el que la empresa "se privó" y empezó a sentir sin comunicar.

Todos sabemos el contenido del Acuerdo firmado, por lo que no vamos a desmenuzarlo. Sólo vamos a hacer referencia a algunos puntos en los que no hemos conseguido, al menos de inmediato y por completo, hacer realidad nuestras peticiones:

1. El colectivo de 57 años cumplidos a 31.12.2008.

Una vez sabido que la empresa no podía, o no quería, hacer honor a su compromiso de prejubilar a estos compañeros, intentamos, al menos, conseguir que la empresa aceptara la prejubilación de aquellos que han cumplido 58 años antes de la fecha de la firma del Acuerdo. La empresa dijo no. A continuación intentamos que fueran prejubilados, dentro de este grupo y por riguroso orden de antigüedad, un número equivalente al de los trabajadores de 58 y 59 años que decidan no prejubilarse, de modo que el número de prejubilaciones fuera el máximo posible, fijo. La empresa dijo no (¿para aumentar las bajas incentivadas?) y, finalmente, hemos conseguido que puedan prejubilarse un máximo de 15 personas de este colectivo, el mismo número que el banco retenga del grupo de los 58 años. Sin embargo, no estamos seguros del criterio de selección de este colectivo "afortunado". Entendemos que los criterios deben ser edad y/o situación personal (salud o situación familiar).

2. El colectivo de los retenidos por la empresa, a pesar de tener 58 años cumplidos al 31.12.2008.

Este grupo de personas, que esperamos que sea muy reducido y muy justificado, debería de tener una fecha de salida marcada, preferiblemente a lo largo del año 2.010 (tiempo razonablemente suficiente para encontrar sustituto) La empresa no ha querido fijar fecha, por lo que podemos asimilar su situación a la de los antiguos siervos de la gleba, aunque (suponemos) con buenos sueldos y bonus.

3. El colectivo de los que han cumplido 60 años desde el 31.12.2008 hasta la fecha de la firma del Acuerdo.

Hemos pedido que este colectivo se incorporara a la jubilación anticipada. La empresa se negó también en este caso. Entendemos que a este grupo no les interesa entrar en las prejubilaciones, por lo que el banco habrá creado, por unos pocos meses, un grupo de "sin papeles" con una problemática específica, caracterizada por la falta de objetivos laborales reales. No entendemos la postura del banco.

4. Las bajas incentivadas

En este caso hemos pedido reiteradamente que se aclarara qué debe entenderse por salario real total en el propio texto, para evitar conflictos. La empresa se ha negado, nos tememos que con intenciones poco confesables.

Debe quedar claro que para nosotros las tres palabras citadas incluyen todas las percepciones del trabajador en el año 2.008, las mismas que serán incluidas en la declaración del IRPF de este año. ¿Por qué el año 2.008?. Por dos razones: 1. Porque todo el Acuerdo firmado toma como referencia el 31.12.2008; y 2. Porque el año 2.009 ha empezado con una buena "poda" de bonus para muchos trabajadores, algunos de los cuales pueden querer buscar otra empresa que les trate mejor, optando por la baja incentivada. Nos tememos que en este punto vamos a tener problemas, de los que será única responsable la empresa.

Esta Sección Sindical se ofrece a los trabajadores para cualquier duda o problema que tengan en relación con este Acuerdo. Desde luego, nuestros afiliados tienen a su disposición a toda la organización, incluyendo asesores y abogados. Los no afiliados pueden dirigirse a nuestros delegados quienes les orientarán en sus peticiones para que puedan encontrar solución.

La firma de este Acuerdo es un acto de responsabilidad por parte de nuestra Sección Sindical. La empresa ha hecho mucho por romper la negociación, pero nos hemos sabido mantener firmes en nuestro objetivo de permitir ya una salida decente a un grupo de trabajadores por prejubilación o baja incentivada, abrir un periodo relativamente largo (hasta el 31.12.2011) durante el cual puedan irse, con las mismas condiciones, otros grupos de trabajadores de edad inferior al día de hoy y, al mismo tiempo, garantizar la mayor estabilidad posible , en estos tiempos, a todos los nos quedamos en la empresa.

5 de Marzo de 2009

Infórmate

CCOO Servicios es un sindicato, es Comisiones Obreras en los sectores de Comercio, Financiero, administrativo, de las TIC, Hostelería, Contact-center, Oficinas, Turismo... Leer más


Síguenos en Telegram

Dónde estamos


OFICINAS CENTRALES
C/ Albasanz, 3 1º Planta
28037 Madrid
Tel: 91 540 92 82
Asesoría Madrid 91 536 51 63-64
Otras Comunidades
Fax: 91 559 71 96
Email: contacta@servicios.ccoo.es