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2020-06-25 ISTI

LA EMPRESA CONVOCA A LA RLT PARA NEGOCIAR LA RECUPERACIÓN DEL PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE

La empresa convocó ayer a la RLT para negociar la recuperación del permiso retribuido recuperable. CCOO ha decidido negociar como Sección Sindical del grupo Indra para defender con mayor eficacia los intereses de los trabajadores y las trabajadoras.

El pasado 29 de Marzo el gobierno reguló la figura del permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio para el personal laboral por cuenta ajena que prestaba servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no había sido paralizada como consecuencia de la declaración del estado de alarma prevista en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020.

Durante la aplicación del permiso retribuido, los trabajadores afectados conservaron las retribuciones que les hubiera correspondido de continuar trabajando (incluyendo salario base y complementos salariales). Se trata de un permiso retribuido recuperable, por lo que las horas de trabajo no realizadas se podrían hacer efectivas desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma y hasta el 31 de diciembre de 2020.

La recuperación de estas horas tiene que negociarse en un período de consultas entre la empresa y la representación de los trabajadores, durante un máximo de siete días. Es este el punto en el que actualmente nos encontramos.

Os seguiremos informando conforme avancen las negociaciones. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

 

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Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-06-25 Indra Holding Tecnologías de la Información

¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Indra Holding Tecnologías de la Información

A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Holding Tecnologías de la Información:

 

1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.

2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.

3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.

4. Teletrabajo

· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.

· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia

5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.

6. Permisos retribuidos:

· Permisos por defunción:

· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.

 

· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia

· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:

· Hijos/as hasta 18 años

· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años

· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas

· Hijas o hijos en régimen de acogida

 

· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.

· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.

 

· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.

 

· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.

Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto

 

7. Maternidad/Paternidad flexible:

Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:

 

· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.

· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.

Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.

 

8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:

 

· Acumulando el permiso en 15 días naturales.

· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.

· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.

Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida

9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.

10. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.

11. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.

12. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.

13. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).

14. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:

· Mujeres embarazadas

· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.

15. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

16. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

 

CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

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Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-06-25 Indra Business Consulting

¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Indra Business Consulting

A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Business Consulting:

 

1. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.

2. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.

3. Teletrabajo

· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.

· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia

4. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.

5. Permisos retribuidos:

· Permisos por defunción:

· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.

 

· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia

· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:

· Hijos/as hasta 18 años

· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años

· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas

· Hijas o hijos en régimen de acogida

 

· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.

· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.

 

· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.

 

· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.

Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto

6. Maternidad/Paternidad flexible:

 

Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:

 

· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.

· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.

Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.

7. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:

 

· Acumulando el permiso en 15 días naturales.

· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.

· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.

Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida

8. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.

9. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.

10. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.

11. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.

12. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).

13. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:

· Mujeres embarazadas

· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.

14. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

15. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

 

CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

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Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-06-25 Minsait Payment Systems

¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Minsait Payment Systems.

A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Minsait Payment Systems:

 

1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.

2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.

3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.

4. Teletrabajo

· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.

· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia

5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.

 

6. Permisos retribuidos:

· Permisos por defunción:

· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.

 

· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia

· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:

· Hijos/as hasta 18 años

· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años

· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas

· Hijas o hijos en régimen de acogida

 

· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.

· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.

 

· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.

 

· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.

Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto

7. Maternidad/Paternidad flexible:

Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:

 

· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.

· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.

Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.

 

8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:

 

· Acumulando el permiso en 15 días naturales.

· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.

· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.

Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida

9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.

10.Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.

11.En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.

12.En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.

13.La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).

14.La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:

· Mujeres embarazadas

· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.

15.En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

16.En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

 

CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

 

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Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-06-25INDRA CORPORATE SERVICES

¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación INDRA CORPORATE SERVICES.

A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Corporate Services:

1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.

2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.

3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.

4. Teletrabajo

· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.

· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia

5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.

6. Permisos retribuidos:

· Permisos por defunción:

· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.

 

· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.

Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia

· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:

· Hijos/as hasta 18 años

· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años

· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas

· Hijas o hijos en régimen de acogida

 

· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.

· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:

· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.

· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.

· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.

 

· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.

 

· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.

Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto

 

7. Maternidad/Paternidad flexible:

 

Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:

 

· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.

· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.

Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.

 

8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:

 

· Acumulando el permiso en 15 días naturales.

· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.

· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.

Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida

9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.

10. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.

11. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.

12. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.

13. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).

14. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:

· Mujeres embarazadas

· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.

15. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

16. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.

 

CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto

 

Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

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Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-06-09 Todas las empresas del grupo ( exceptuando Sistemas).

Sentencia del Tribunal Supremo: Disfrute de los permisos retribuidos.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su sentencia 229/2020 ha resuelto a favor de la demanda que presentó CCOO solicitando que los permisos retribuidos se disfruten íntegramente en días laborables. Este resultado complementa a la interpuesta en su día ante la Audiencia Nacional, y a la que CCOO se adhirió, para que se declarara el derecho a las plantillas afectadas por el Convenio Colectivo de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos a que los permisos retribuidos se iniciaran en día laborable.

Ha quedado por tanto establecido judicialmente que todos los permisos retribuidos deben iniciarse en día laborable y que todos los permisos retribuidos (excepto el de matrimonio) deben disfrutarse íntegramente en días laborables.

Os seguiremos informando. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

Cuida tu trabajo ¡Afíliate!

Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-05-29 Indra Soluciones TI

Aplicación Covid-19 Indra - Herramienta C19 PASS

El jueves 28 de Mayo la empresa ha presentado a la RLT la herramienta C19-Pass, creada por Minsait para ayudar a las compañías a generar entornos de trabajo más seguros para las personas, en momentos como los que actualmente estamos viviendo. Se trata de una aplicación utilizable desde dispositivos móviles que tiene por objeto la Gestión de la reincorporación de los empleados desde el punto de vista de la Salud y la Seguridad.

Desde CCOO valoramos positivamente que Indra muestre preocupación sobre este aspecto, y nos parece que la idea podría ser buena en cuanto a que trata de ayudar a que el entorno de trabajo sea más seguro. A falta de conocer su funcionamiento exacto hemos puesto sobre la mesa una serie de temas que os trasladamos a continuación:

1º) Los datos sobre salud son personales y por tanto nadie puede obligar a un empleado o empleada a suministrar este tipo de datos.

2º) Los datos suministrados no podrán utilizarse en ningún caso para sancionar a nadie.

3º) Los datos recogidos por la aplicación no deberán incluir la geolocalización de las personas.

4º) La aplicación debe cumplir escrupulosamente la Ley Orgánica de Protección de datos y cualquier dato filtrado constituirá una violación de la intimidad de la persona afectada.

5º) Es necesario que la aplicación cumpla con los estándares de seguridad y custodia.

La empresa ha comunicado que va a vender esta aplicación a diversos clientes, lo que celebramos en la medida en la que generará negocio para Indra y será una fuente de ingresos que permitirá el mantenimiento del empleo.

 

Os seguiremos informando. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

 

Cuida tu trabajo ¡Afíliate!

Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-05-28 BPO Servcs. SJD

Minuto de silencio edificio INNEO

Compañeros/as del centro INNEO de Sant Joan Despí:

Desde la Sección Estatal de CCOO os convocamos a todos aquellos que vengáis a trabajar al centro a rendir homenaje a los fallecidos a causa del COVID-19 en la puerta del edificio a las 12h.

Este acto tendrá lugar todos los días mientras dure el periodo de luto decretado por el gobierno.

En caso de estar teletrabajando, te invitamos a participar desde casa en símbolo de respeto y solidaridad con todos los afectados por la pandemia.

 

Esperamos que todos/as estéis bien.

Cuidaos mucho.

 

Cuida tu trabajo ¡Afíliate!

Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-05-11 Indra BPO Servc. Sant Joan Despí

Baños sin cerradura, desplome del techo, malos olores, filtraciones de agua en Indra Barcelona

Desde el mes de octubre de 2018, CCOO viene denunciando que el centro de Saint Joan Despí no cumple con las condiciones exigibles para garantizar la seguridad de las personas que trabajan en el centro, por este motivo, CCOO ha solicitado el cierre del centro de Sant Joan Despí y la paralización de todos los traslados que están previstos.

1. Filtraciones de agua: en febrero y en abril de 2020, hemos detectado más de 40 puntos con filtraciones de agua. El agua recorre libremente el edificio y sale por donde le viene en gana, atravesando conductos eléctricos y de climatización. No son goteras puesto que no se encuentran en la última planta.

En agosto de 2019, llovía a mares en el comedor del edificio (situado en un semisótano que se encuentra debajo de cuatro plantas). Mientras diluviaba, las máquinas de vending estaban funcionando, las luces encendidas, el área no estaba acordonada, no se protegió el acceso a la zona, con el consiguiente riesgo de electrocución.

Da gusto ir a trabajar esquivando los cubos que se ponen para recoger el agua y los charcos que se forman en el suelo. Vamos a pedir que pongan los cubos de un color que sea corporativo para que no desentonen. ¿Una multinacional como Indra no se merece algo mejor?

2. Desplome del techo: Hace 15 días se desplomó una parte del falso techo. Pensamos que a algún iluminado se le ocurrió poner una tabla para “conducir el agua” que se pasea por el edificio. Al final la tabla y el falso techo acabaron desplomándose.

¿Qué hubiese pasado si la tabla y el falso techo hubiesen caído en la cabeza de alguien? ¿Tiene que morir alguien para que Indra se lo tome en serio?

A ver qué se le ocurre ahora a “Pepe Gotera y Otilio” para resolver las filtraciones de agua. Esperamos que con la nueva ocurrencia no lastimen a nadie.

3. Baños sin cerradura: Nos encanta hacer nuestras necesidades empujando la puerta para que no entre nadie porque los baños no tienen cerradura. En los aseos en los que la puerta se encuentra a una distancia que no te permite sujetarla, el espectáculo está garantizado. Ver a tu responsable con los pantalones por los tobillos debe ser de lo más motivador.

¿Es mucho pedir que la propiedad lo arregle? ¿A nadie se le ha ocurrido después de la apertura del edificio en octubre de 2018?

Estamos valorando hacer una colecta para instalar cerrojos en las puertas.

4. Ascensores: Ninguno de los ascensores ha pasado la inspección técnica. Nos consta que se han quedado encerradas compañeros y compañeras, un mínimo de cuatro veces y que la señal de alarma no ha funcionado.

¡Qué agradable es quedarse encerrado y tener que desgañitarse para que alguien te oiga y venga a ayudarte! Mientras gritas, descargas adrenalina y ensanchas los pulmones. ¡Seguro que por ésto a Indra le dan también un premio!

El día que esto pase en turno de noche o de fin de semana, ¿qué ocurrirá? ¿cómo nos encontraremos a la persona que lo sufra?

5. Malos olores: son demasiado frecuentes los olores putrefactos en el edificio.

 

¡Qué agradable es trabajar en estas condiciones!

La Sección Sindical de CCOO no va a volver a sentarse para negociar las condiciones del traslado de nuevas personas al edificio. No nos interesa si van a poner fregaderos (picas) o frigoríficos. Ése no es el debate. Queremos y así lo hemos solicitado, que se cierre definitivamente el edificio y se paralicen definitivamente los traslados.

No necesitamos trabajar en este edificio. Estamos demostrando que podemos teletrabajar desde casa. Indra puede buscar algo más pequeño (y por tanto más barato) que cumpla con un mínimo de calidad y que garantice la seguridad. Todas aquellas personas que están teletrabajando, pueden seguir haciéndolo (si así lo desean), con el consiguiente ahorro para la Compañía y para todas ellas. Y las que no puedan, o no quieran teletrabajar, deben hacerlo en un edificio digno.

Después de varias reuniones infructuosas y de haber dado un ultimátum a Indra en el mes de febrero, el jueves 30 de abril la Sección Sindical de CCOO presentó una denuncia ante la Inspección de Trabajo. No vamos a tolerar que nadie siga trabajando en estas condiciones y a partir de ahora vamos a recurrir a las autoridades laborales siempre que sea necesario.

Disponemos de todas las pruebas y testigos para acreditar todo lo que estamos diciendo en este correo.

No comprendemos que Indra no denuncie a la propiedad del edificio y exija soluciones. No entendemos que Indra permita que estas cosas sucedan desde octubre de 2018. Llevamos más de un año y medio reclamándolo. No nos gusta tener que emplear el tono de este correo. No es nuestro estilo, pero no podemos permitir que esto siga sucediendo.

En vez de denunciar a la Propiedad para poner fin a esta catástrofe, Indra ha decidido trasladar a más de 1.000 personas a este edificio tan confortable, duplicando el número de metros cuadrados alquilados.

Que una empresa del IBEX 35 consienta que su plantilla trabaje en condiciones tan deplorables, es una falta de respeto a todas las personas que las padecen.

Os seguiremos informando. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es

Cuida tu trabajo ¡Afíliate!

Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra


2020-04-30 Grupo INDRA

CCOO - 1º de Mayo. Día Internacional del Trabajo


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