Jornada - BBVA Canarias
Cuadros de Vacaciones y 5 dÃas en PenÃnsula
Ya el año pasado, el Banco de manera unilateral empezó a hacer una interpretación interesada y restrictiva de algunos derechos recogidos en el Art. 26 del C.C. Banca sobre las vacaciones.
Por este motivo, la Sección Sindical de CCOO tiene interpuesto en Magistratura un Conflicto Colectivo que estamos a la espera de su resolución.
Entre tanto los jueces se pronuncian, vamos a reiterar algunas cuestiones que deberán tenerse en cuenta a la hora de hacer los cuadros de vacaciones.
Derechos recogidos en Convenio y en el acuerdo interno con los sindicatos en el BBVA:
DÃas de Vacaciones:25 dÃas laborales y uno más en caso de disfrutar el grueso del periodo en invierno.
5 dÃas PenÃnsula: El personal que preste servicio en las Islas Canarias y que disfrute sus vacaciones en la PenÃnsula, tendrá una ampliación de cinco dÃas naturales en su perÃodo de vacaciones.
DÃas de Licencias: 4 dÃas de licencias retribuidas y uno más a elegir entre 24/12, 31/12 o 5/01.
PerÃodo de Vacaciones: El perÃodo hábil para el disfrute de las vacaciones será el comprendido entre el 1 de marzo y el 30 de noviembre, ambos inclusive, de cada año. No obstante, el personal que lo solicite, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá tomar sus vacaciones en los restantes dÃas del año.
Hijos en edad escolar: Tendrá preferencia para el disfrute de las vacaciones, salvadas las necesidades del servicio, el personal con hijos (de 3 a 16 años) a su cargo que lo precise en época de vacaciones preescolares y escolares
Aclaraciones a las consultas más frecuentes:
DÃa de inicio y final de vacaciones: Es potestad exclusiva del trabajador/a fijar las fechas de inicio y finalización de las vacaciones y lo habitual es iniciarlas en lunes y acabarlas en domingo, computando como dÃas de vacaciones sólo los dÃas laborales que estén entre medias.
Cuándo disfrutar de los 5 dÃas penÃnsula:Cómo dice el Convenio son una “ampliación al perÃodo de vacaciones”, por lo tanto, si acabo en domingo, la ampliación de 5 dÃas naturales, empieza a partir del lunes.
Necesidades del Servicio: La empresa ha de demostrar, no sólo alegar, las necesidades del servicio para denegar una solicitud de vacaciones. ¿Cómo se puede alegar en enero que en diciembre habrá necesidades del servicio y no preverlas?
PerÃodo de vacaciones: En cualquiera de los doce meses del año es posible disfrutar las vacaciones, otra cosa es que, fuera del 1/03 al 30/11, NO pueden obligar a cogerlas.
Denegación de vacaciones: En caso de que se denieguen las vacaciones solicitadas sin una razón objetiva, el trabajador/a habrá de solicitarlas por escrito y el Banco deberá dar sus motivos por escrito.
Les recomendamos que, ante cualquier
duda o discrepancia, se pongan en contacto con esta Sección Sindical de CCOO para
recabar las aclaraciones necesarias.










