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MUTUAS: El Supremo entierra definitivamente la esperanza de recuperar el 5% de 2010


La Sala de lo Social del Tribunal Supremo desestima los recursos interpuestos porComfia-CCOO y Fes-UGT contra la sentencia de la Audiencia Nacional por el recorte del5% aplicado al personal de las Mutuas de AT y EP durante el año 2010.

El Tribunal Supremo cierra la puerta definitivamente a la posibilidad de recuperar el recorte del 5%, aplicado durante el año 2010, al salario del personal de las Mutuas de AT y EP, al desestimar los recursos de casación que fueron interpuestos por Comfia-CCOO y Fes-UGT.



El RDL 8/2010 estableció un recorte del 5% de la masa salarial del personal del sector público que,sin embargo, fue aplicado al salario individual de cada trabajador o trabajadora.

Comfia-CCOO consideró que la aplicación sobre los salarios individuales no podía ser automática y que se debía negociar con la Representación delos Trabajadores la forma de aplicar y distribuir ese recorte.

Tanto la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, en la fase administrativa, como el Fiscal, la Abogacía del Estado y el letrado de la Mutua se opusieron al recurso, alegando que el principio de jerarquía normativa obligaba a las Mutuas a aplicar el recorte salarial.

La sala desestima todas las causas alegadas para formalizar el recurso, confirmando íntegramente la sentencia previa de la Audiencia Nacional, al considerar que no se vulnera el derecho a la Negociación Colectiva.

Continúa la sentencia afirmando que debe ser el Convenio Colectivo el que se adapte a lo previsto en las Leyes y no al revés, por lo que el recorte era de aplicación al personal de las Mutuas con independencia de la vigencia de su Convenio Colectivo.

Aunque, sin duda, esta sentencia es una mala noticia, es preciso recordar que aún están pendientes de resolución judicial tanto las demandas por la NO aplicación de las tablas salariales de 2011 como las correspondientes al recorte en la Paga Extra de Navidad (1/14parte del salario) establecido por el RealDecreto 20/2012.