Imagen afiliación


Archivado en Comunicados, Fusiones, ERE

La empresa comunica su intención de iniciar un ERTE

Expediente de Regulación de Empleo Temporal en Banco Sabadell


15-07-2013 El pasado jueves la empresa comunicó por escrito a todos los sindicatos presentes en Banco Sabadell, su intención de "iniciar un procedimiento de suspensión de contratos de trabajo al amparo de lo dispuesto en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, al objeto de proceder a suspender el contrato de trabajo de un colectivo de empleados de oficinas que prestan sus servicios en las zonas de Cataluña y Aragón". Es decir, un ERTE (expediente de regulación de empleo temporal).

Este artículo se publicó originalmente en Banco Sabadell (CCOO Grupo Banco Sabadell) ,

Antes de iniciar el calendario oficial de negociaciones obligatorias que exige la Ley para poder aplicar un ERTE, la empresa nos convoca a un periodo de reuniones previas al calendario oficial del ERTE, en aplicación de lo que establece el Convenio Colectivo de Banca.

De momento, lo único que sabemos es que la empresa manifiesta, que la integración de BMN provoca un excedente de plantilla en Banco Sabadell de aprox. 400 personas. Además nos dicen que carecen de los recursos económicos suficientes para afrontar la reestructuración de plantilla a través de medidas vegetativas y/o no traumáticas, como serían las prejubilaciones o bajas voluntarias incentivadas, que son las medidas que se pactan en las entidades del sector que no han requerido la intervención del FROB.

Aunque la comunicación que remiten a la representación sindical sólo habla de Cataluña y Aragón  y del art.47 del ET, en paralelo, han enviado cartas a aquellas oficinas, DE TODO EL ESTADO ESPAÑOL, que carecen de representación unitaria, con la finalidad de requerirles, si es su voluntad, que deleguen su representación en las secciones sindicales existentes. En esa comunicación les informan el inicio en un futuro próximo del procedimiento de suspensión previsto en el art.47 y,“eventualmente un procedimiento de modificación sustancial de las condiciones de trabajo, art.41 del ET”. En consecuencia, sólo podemos adelantar que las medidas que puedan plantear pueden afectar plantilla de todo el Estado.

No tenemos aún más información, por lo que sólo podemos decir que estamos profundamente preocupados por las implicaciones negativas que supone que Banco de Sabadell  comunique la necesidad de recurrir a un ERTE para reconducir una situación de un excedente de 400 personas, en un Grupo con 16000 empleados o, de nuevo, recurrir a una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Lo que sí opinamos es que un proyecto empresarial no puede basar su sostenibilidad y futuro,  en la continua reducción de costes de explotación mediante la destrucción de empleo o  del deterioro de las condiciones de los trabajadores o de un ERTE.

La primera reunión la tenemos el próximo día 24.