CC.OO. hemos consultado inmediatamente con nuestros servicios jurídicos este asunto y, en particular, el supuesto "problema técnico" al que alude la empresa, constatando que existen mecanismos que permiten realizar el abono a las personas afectadas, sin mayores problemas ni repercusión alguna.
Por ello, hemos dirigido una carta a la empresa, instándole a que abone en tiempo y forma el segundo plazo de la indemnización comprometido en el Acuerdo del ERE, en los casos de extinción de contrato; reservándonos, asimismo, el derecho a ejercer cuantas acciones jurídicas pudiera corresponder en defensa de los intereses de unos trabajadores a los que no es de recibo añadir más sufrimiento.
2 de Octubre de 2014







