La empresa rechaza la propuesta de la RLT y las horas se tendrán que recuperar
Hoy se ha celebrado la segunda reunión de negociación para la recuperación de las horas del permiso retribuido recuperable.
La empresa ha rechazado la propuesta de CCOO y del resto de las Secciones Sindicales por lo que las horas deberán ser recuperadas. Lamentamos profundamente esta decisión y que no hayan atendido nuestra petición. Consideramos también que la empresa ha perdido una oportunidad de valorar el esfuerzo que están realizando nuestros compañeros y compañeras que han arriesgado su vida (y la de sus familias) en los momentos más difíciles de la pandemia. Una vez más Indra (Top Employer) pierde la oportunidad de premiar a los más perjudicados y muestra que lo único que le importa son los números y no las personas.
Por su parte CCOO ha dado respuesta a las propuestas de la empresa presentando nuestras alternativas de mejora:
- La recuperación de horas debe realizarse antes del 31 de diciembre de 2020 de forma improrrogable.
- La recuperación no supere las 45 horas semanales entre jornada ordinaria y horas de recuperación, salvo a petición de la persona afectada.
- A petición de la persona afectada, CCOO solicita que se puedan compensar las horas, con las horas y días de libre disposición puesto que provienen de un exceso de jornada.
- Únicamente si la persona afectada así lo quiere, CCOO solicita que se puedan recuperar en jornada de verano.
- CCOO solicita que si la empresa preavisa con 48 horas (únicamente en casos de urgencia que deberá acreditar a la Comisión de Seguimiento de aplicación del Acuerdo), en este caso se compensarán 1,75 horas o días, por horas o días recuperados.
- En el caso que se produzca una extinción de contrato de trabajo por parte de la empresa, hasta el 31 de diciembre de 2020, CCOO solicita que la empresa no deduzca las horas del finiquito de la persona afectada. En el caso de que la extinción se produzca de forma voluntaria por el trabajador o la trabajadora y hasta 31 de diciembre, CCOO solicita que se dé la posibilidad de recuperar las horas dentro de los 15 días de preaviso.
- Las primeras 3 horas de intervención de Tecnología (Tecnocom) se consideraran como recuperación de horas. La primera hora en el caso de Intervenciones de Aplicaciones. Incluidas las ya realizadas este año. Además los 30 minutos de desplazamiento al comienzo y al final de la jornada de los técnicos de campo también se consideren como recuperación de horas.
- En caso de que se cojan más de 14 días de vacaciones en jornada intensiva el exceso de horas se considere tiempo de recuperación.
- CCOO ha solicitado la creación de una Comisión de Seguimiento de Aplicación del Acuerdo para los casos que no se ajusten a ninguno de estos supuestos.
La próxima reunión será el jueves 9 de julio.
Os seguiremos informando. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
LA EMPRESA CONVOCA A LA RLT PARA NEGOCIAR LA RECUPERACIÓN DEL PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE
La empresa convocó ayer a la RLT para negociar la recuperación del permiso retribuido recuperable. CCOO ha decidido negociar como Sección Sindical del grupo Indra para defender con mayor eficacia los intereses de los trabajadores y las trabajadoras.
El pasado 29 de Marzo el gobierno reguló la figura del permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio para el personal laboral por cuenta ajena que prestaba servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no había sido paralizada como consecuencia de la declaración del estado de alarma prevista en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020.
Durante la aplicación del permiso retribuido, los trabajadores afectados conservaron las retribuciones que les hubiera correspondido de continuar trabajando (incluyendo salario base y complementos salariales). Se trata de un permiso retribuido recuperable, por lo que las horas de trabajo no realizadas se podrían hacer efectivas desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma y hasta el 31 de diciembre de 2020.
La recuperación de estas horas tiene que negociarse en un período de consultas entre la empresa y la representación de los trabajadores, durante un máximo de siete días. Es este el punto en el que actualmente nos encontramos.
Os seguiremos informando conforme avancen las negociaciones. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Indra Holding Tecnologías de la Información
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Holding Tecnologías de la Información:
1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.
2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
4. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
6. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
7. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
10. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
11. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
12. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
13. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
14. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
15. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
16. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Indra Business Consulting
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Business Consulting:
1. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
2. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
3. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
4. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
5. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
6. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
7. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
8. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
9. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
10. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
11. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
12. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
13. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
14. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
15. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación Minsait Payment Systems.
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Minsait Payment Systems:
1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.
2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
4. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
6. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
7. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
10.Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
11.En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
12.En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
13.La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
14.La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
15.En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
16.En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
¡Lo hemos conseguido! Nuevas Medidas de Conciliación INDRA CORPORATE SERVICES.
A petición de CCOO la empresa ha aceptado aplicar las principales medidas de conciliación recogidas en el Plan de Igualdad de Indra Soluciones TI, en Indra Corporate Services:
1. Horario de entrada: desde las 7:30 y hasta las 9:30.
2. Horario de comida: Podremos comer con una duración mínima de 30 minutos y máxima de 2 horas.
3. Jornada continua los viernes para todas las personas siempre y cuando realicemos el número total de horas semanal.
4. Teletrabajo
· Para las mujeres: embarazadas que lo soliciten a partir de la vigésimo cuarta semana de embarazo.
· Entre el 40% y el 80% del tiempo, siempre que las tareas que habitualmente realizas se puedan hacer a distancia
5. Permiso sin sueldo: Si tienes más de un año de antigüedad y tu proyecto te lo permite, puedes solicitar un permiso sin sueldo cada año natural de hasta 3 meses. Este permiso se puede fraccionar en dos periodos.
6. Permisos retribuidos:
· Permisos por defunción:
· Para familiares de primer grado: fallecimiento de familiares por consanguinidad se dispondrá de 5 días laborables o 7 días naturales en caso de desplazamiento y, por fallecimiento de familiares por afinidad se dispondrá de 4 días laborables o 6 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada laboral, se contará el permiso a partir del día siguiente.
· Para familiares de segundo grado: 3 días laborables o 5 días naturales en caso de desplazamiento.
Si el hecho causante es durante la jornada se considerará el permiso a partir de la ausencia
· Acompañamiento a consulta médica en Sanidad Pública o privada para:
· Hijos/as hasta 18 años
· Padres, madres, suegros o suegras mayores de 65 años
· Personas dependientes con diversidad funcional a su cargo independientemente de la edad de las mismas
· Hijas o hijos en régimen de acogida
· En caso de enfermedad grave u hospitalización de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 3 días laborables o 5 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· En caso de tratamiento ambulatorio por enfermedad grave (quimioterapia, diálisis..) el tiempo de permiso retribuido se podrá disfrutar por horas hasta el agotamiento del mismo.
· En caso de intervención con reposo domiciliario de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad se dispondrá de 2 días laborables o 4 días naturales en caso de necesitar desplazamiento. Los días se podrán disfrutar de la siguiente forma:
· En medias jornadas consecutivas desde la fecha del hecho causante.
· En jornadas completas hasta 7 días después del alta hospitalaria, pudiendo ser en días alternos si no hay desplazamiento.
· Ausencia por enfermedad: Cuando el servicio médico de la compañía (en aquellos Centros de Trabajo que lo tuvieren), o la Seguridad Social envíen a alguna trabajadora o trabajador a su domicilio por encontrarse indispuesta o indispuesto para el trabajo, dispondrá de las horas de permiso que falte para completar la jornada laboral de ese día, debiendo aportar el correspondiente justificante.
· Permiso por matrimonio de padres/madres, hijos/hijas, nietos/nietas y hermanos/hermanas: 1 día y 2 días más en caso de desplazamiento.
· Se dispondrá de 10 días anuales o 20 medias jornadas para realizar exámenes si se está cursando estudios oficiales.
Para los permisos recogidos en este punto, se considera desplazamiento aquellos casos en los que cada viaje sea mayor de 150 km por trayecto
7. Maternidad/Paternidad flexible:
Si te incorporas de la baja de maternidad por nacimiento o adopción, puedes elegir entre estas 2 posibilidades:
· Maternidad/Paternidad Acumulada: Prolongar durante 15 días naturales el permiso de maternidad.
· Maternidad/Paternidad Extendida: Reducir la jornada el 50% cobrando el 100% del salario durante los 30 días naturales siguientes a tu incorporación.
Los padres podrán disfrutar de esta medida en la misma proporción que disfruten de la baja maternal o del permiso de lactancia.
8. Permiso por cuidado de lactante: Puedes disfrutarlo de la manera que mejor se adapte a tus necesidades:
· Acumulando el permiso en 15 días naturales.
· Reduciendo la jornada el 50% y cobrando el 100% del salario durante 30 días naturales.
· Disfrutando de una reducción de jornada de una hora sin reducción de salario hasta los 9 meses de tu bebé.
Ambos progenitores podrán disfrutar de esta medida
9. La empresa complementará las prestaciones a la Seguridad Social por maternidad o paternidad hasta el 100% del salario desde el primer día de baja.
10. Se reconoce la plena equiparación entre parejas de hecho y de derecho, extendiendo cualquier permiso vinculado a la condición de cónyuge a las parejas de hecho debidamente inscritas.
11. En aquellos casos en los que el trabajador o trabajadora sea tutor o tutora legal de una persona con diversidad funcional reconocida, podrá disfrutar de los permisos como si fuera su hijo o hija natural.
12. En las reducciones de jornada reguladas legalmente, se podrá optar por redistribuir tu jornada reducida de lunes a jueves y no venir los viernes. Debes solicitarlo por un mínimo de 6 meses.
13. La empresa impartirá planes de formación para las personas que se reincorporan a la empresa tras un periodo largo de ausencia (baja por enfermedad, permiso o excedencia).
14. La empresa facilitará plaza de parking, en el caso de que el centro de trabajo cuente con parking propio a:
· Mujeres embarazadas
· Personas con diversidad funcional de al menos el 33% oficialmente reconocida.
15. En caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija se recibirá un cheque regalo de 100 euros. Esta cantidad se verá mejorada en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
16. En caso de tener una persona con diversidad funcional reconocida de más de un 33% a su cargo se dispondrá de una ayuda económica de 72 euros mensuales. Estas condiciones se verán mejoradas en función de los derechos adquiridos por los diferentes colectivos de Indra.
CCOO está a vuestro lado para asegurar que las medidas mencionadas se aplican según lo acordado y aprovechamos para ponernos a vuestra disposición para atender cualquier duda o inquietud relacionadas con la aplicación de estas medidas o cualquier otro asunto
Para cualquier consulta o sugerencia nos podéis contactar escribiendo al buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
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Sentencia del Tribunal Supremo: Disfrute de los permisos retribuidos.
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo en su sentencia 229/2020 ha resuelto a favor de la demanda que presentó CCOO solicitando que los permisos retribuidos se disfruten íntegramente en días laborables. Este resultado complementa a la interpuesta en su día ante la Audiencia Nacional, y a la que CCOO se adhirió, para que se declarara el derecho a las plantillas afectadas por el Convenio Colectivo de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos a que los permisos retribuidos se iniciaran en día laborable.
Ha quedado por tanto establecido judicialmente que todos los permisos retribuidos deben iniciarse en día laborable y que todos los permisos retribuidos (excepto el de matrimonio) deben disfrutarse íntegramente en días laborables.
Os seguiremos informando. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
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Aplicación Covid-19 Indra - Herramienta C19 PASS
El jueves 28 de Mayo la empresa ha presentado a la RLT la herramienta C19-Pass, creada por Minsait para ayudar a las compañías a generar entornos de trabajo más seguros para las personas, en momentos como los que actualmente estamos viviendo. Se trata de una aplicación utilizable desde dispositivos móviles que tiene por objeto la Gestión de la reincorporación de los empleados desde el punto de vista de la Salud y la Seguridad.
Desde CCOO valoramos positivamente que Indra muestre preocupación sobre este aspecto, y nos parece que la idea podría ser buena en cuanto a que trata de ayudar a que el entorno de trabajo sea más seguro. A falta de conocer su funcionamiento exacto hemos puesto sobre la mesa una serie de temas que os trasladamos a continuación:
1º) Los datos sobre salud son personales y por tanto nadie puede obligar a un empleado o empleada a suministrar este tipo de datos.
2º) Los datos suministrados no podrán utilizarse en ningún caso para sancionar a nadie.
3º) Los datos recogidos por la aplicación no deberán incluir la geolocalización de las personas.
4º) La aplicación debe cumplir escrupulosamente la Ley Orgánica de Protección de datos y cualquier dato filtrado constituirá una violación de la intimidad de la persona afectada.
5º) Es necesario que la aplicación cumpla con los estándares de seguridad y custodia.
La empresa ha comunicado que va a vender esta aplicación a diversos clientes, lo que celebramos en la medida en la que generará negocio para Indra y será una fuente de ingresos que permitirá el mantenimiento del empleo.
Os seguiremos informando. Para cualquier duda os atenderemos en nuestro buzón ccooindra@servicios.ccoo.es
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra
Minuto de silencio edificio INNEO
Compañeros/as del centro INNEO de Sant Joan Despí:
Desde la Sección Estatal de CCOO os convocamos a todos aquellos que vengáis a trabajar al centro a rendir homenaje a los fallecidos a causa del COVID-19 en la puerta del edificio a las 12h.
Este acto tendrá lugar todos los días mientras dure el periodo de luto decretado por el gobierno.
En caso de estar teletrabajando, te invitamos a participar desde casa en símbolo de respeto y solidaridad con todos los afectados por la pandemia.
Esperamos que todos/as estéis bien.
Cuidaos mucho.
Sección Sindical Estatal de CCOO-Servicios grupo Indra