Conciliación corresponsable en tiempos del Covid-19


El Real Decreto-ley 8/2020, del 17 de marzo pasado, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, ha establecido una serie de medidas para facilitar la conciliación, así como para prevenir riesgos laborales en caso de embarazo y lactancia.


Se puede solicitar adaptación o reducción de jornada cuando sea necesaria la presencia de la persona trabajadora por deber de cuidado de cónyuge o pareja de hecho, o de familiares por consanguinidad hasta el segundo grado (por razones de edad, enfermedad o discapacidad) y que necesiten de cuidado personal y directo como consecuencia directa del COVID-19.

La reducción de jornada podrá solicitarse con hasta 24 horas de antelación, y se podrá reducir la jornada hasta un 100%, que tendrá la correspondiente reducción de salario.

Tanto si la persona trabajadora se encontraba ya en situación de adaptación o reducción de jornada, como si no, estas nuevas medidas se limitarán al periodo excepcional de duración de la crisis sanitaria.

La persona que ya se encontrase en adaptación o reducción de jornada, puede renunciar temporalmente a ella o modificar los términos de su disfrute.

Os pasamos a continuación el enlace al documento que amplía esta información (Descargar aquí).

Si precisáis solicitar adaptación de jornada o reducción de jornada especial, podéis encontrar los formularios aquí: