Recuperada Tarde Libre


BOLETÍN INFORMATIVO

¿HAS RECIBIDO UN CORREO EN EL QUE TE COMUNICAN QUE DEJAS DE SER SUBDIRECTOR/A O INTERVENTOR/A Y PASAS A SER SEGUNDO RESPONSABLE?

CCOO considera imprescindible que los nombramientos sean consensuados y que la responsabilidad conlleve una retribución acorde.

Si has recibido un correo donde te comunican tu cambio de Interventor/a o Subdirector/a a Segundo Responsable, recuerda que puedes comunicar la no aceptación del puesto.

 

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salario

La auditoría retributiva; brecha salarial encubierta


Reunión mundial sobre comida rápida de la UITA

Con presencia de representantes sindicales de 22 países, los días 28, 29 y 30 se ha celebrado en Copenhague la reunión mundial sobre comida rápida. En la reunión celebrada durante esos días se ha visualizado cual es la situación de las personas trabajadoras del sector en los diferentes países,  constatando que en aquellos lugares que estas personas están organizadas sindicalmente se mejoran las condiciones laborales.


APAGÓN ELÉCTRICO

CÓMO RECLAMAR LOS DÍAS DE VACACIONES 2024 PERDIDOS

En este “Breves” queremos informaros de cómo reclamar los días de vacaciones de 2024 aplazados con justificación, que atmira os ha quitado del “Iaweb”.

 

También queremos recordaros que las horas que no pudimos trabajar por el apagón del lunes pasado no se tienen que recuperar, ni esto debe implicar que se imputen esas horas a los proyectos (perjudicando nuestro trabajo, sobre todo en tareas con valoraciones muy ajustadas).

 

El pasado día 30 de abril nos han entregado la sala sindical donde os podremos atender, con casi 2 meses de retraso respecto a la fecha tope indicada por la inspección de trabajo.


Plan de Pensiones


Destacadas

Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears

Publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOI 22/04/2023) el texto del Convenio Colectivo de Hostelería de las Illes Balears (Vigiencia desde 01/abril/2023 hasta 31/marzo/2025)


Convenio Colectivo laboral para el Comercio de les Illes Balears

El presente Convenio obliga a todas las empresas y a todas las personas trabajadoras que se dediquen a la actividad de comercio de toda clase, tanto al por mayor como al detalle.