Tributación de la Indemnización por Despido




Ante la aprobación por parte del Consejo de Ministros del pasado viernes, 20 de junio, del llamado “Anteproyecto de Ley de Reforma Fiscal” y en lo referente al cambio en la tributación de las indemnizaciones por despido os informamos que en el citado anteproyecto, en su artículo 89 se recoge el siguiente literal:

…”el límite previsto en el último párrafo de la letra e) del art. 7 de esta Ley no
resultará de aplicación a las indemnizaciones por despidos o cese producidos con anterioridad a 20 junio 2014.
Tampoco resultará de aplicación a los despidos que se produzcan a partir de esta fecha cuando deriven de un expediente de regulación de empleo aprobado, o un despido colectivo comunicado a la autoridad laboral, con anterioridad a dicha fecha”

Si nos atenemos a este artículo, las modificaciones previstas no deben de afectar a
todas aquellas personas que, según el calendario previsto hasta finales de 2014,
tienen pendiente su salida de Novagalicia Banco de acuerdo con el ERE acordado con anterioridad al 20 de junio.

A pesar de que la aprobación definitiva de esta Ley está prevista para finales de noviembre ,por lo que está sujeta a cambios hasta entonces, y su entrada en vigor para 1 de enero de 2015, no parece que vaya a modificarse este articulo puesto que el texto ha sido incorporado por el propio Gobierno.

En cualquier caso, desde la Confederación Sindical de CC.OO., ya se está trabajando para que durante la tramitación parlamentaria se modifiquen aquellos aspectos que consideramos más perjudiciales de esta nueva reforma.