Las Demandas han sido Desestimadas


El pasado día 20 de mayo, la Audiencia Nacional ha emitido sentencia desestimando las demandas de nulidad del acuerdo alcanzado (por un 81,52% de representación) el día 14/02/2013, presentadas por CIG y ASCA.

Solicitudes de nulidad que, en resumen, se basaban en:

No haberse realizado el previo proceso de negociación, establecido en la Disposición Adicional 2ª del vigente Convenio Colectivo con vistas a minimizar el impacto del proceso de reestructuración.
- La Sentencia establece que durante este periodo “…la propuesta empresarial de afectación del despido se redujo de 2.508 a 2.250 empleados”.
No haber habido negociación real sobre la disminución del número trabajadores afectados
. La sentencia detalla la evolución de las propuestas presentadas por la empresa hasta llegar al acuerdo final que todos conocéis y que quedó en 1.850 afectados. Todo ello, estando obligados por el Plan de Reestructuración que , a fecha 31/12/2017, “…el numero de agencias no superará 454, el número de Puntos de Servicio no será mayor de 30, y el numero de ETC (Equivalente a Tiempo Completo) no superará 3.334”.

No haberse entregado la documentación prevista en el art. 51 ET. La sentencia detalla la documentación entregada y establece que fue suficiente y ajustada a derecho.

Existencia de fraude, dolo y/o abuso de derecho en la conclusión del acuerdo por falta de concurrencia de la causa económica alegada por la empresa
.- La sentencia recoge “… es imposible negar la existencia de una situación económica negativa justificada y proporcionada de extinciones contractuales puesto que la entidad, … Tanto es así que, de no haberse recibido las ayudas públicas derivadas del Plan de Reestructuración- lo que exige, lógicamente, el cumplimiento de sus condiciones, entre ellas las relativas a extinciones contractuales-, el Banco no habría seguido operando.” “…la reducción de la plantilla se sitúa en torno a un 40% de la misma, porcentaje que coincide aproximadamente con la reducción del balance para el mismo periodo” “A nada de esto obsta que, una vez recibidas las significativas ayudas públicas, la entidad se encuentre en una situación más saneada. Ese era, justamente, el objetivo, cuya consecución en absoluto desmiente las dificultades económicas que dieron lugar a todo este proceso.” “La conclusión respecto a la situación de quiebra técnica del Banco, se obtiene de la respuesta ofrecida por el perito de CIG, a una pregunta directa del legal representante de la entidad demandada”.

Existencia de un 30% de delegad@s con mandato caducado (representación procedente de Caixanova)
.- La sentencia les recuerda lo dispuesto en el artículo 67.3 ET y lo pactado en el acuerdo del 21/07/2012.

Alegaban que se había incumplido lo establecido en el punto V del acuerdo de 22/03/2012 donde existía el compromiso de no aplicar unilateralmente los arts. 51 y 52 del ET. La sentencia fundamenta “Resulta difícilmente sustentable… una medida respaldada por una representatividad de más del 80%, y que se alcanzó tras un proceso de negociación extenso e intenso, con propuestas y contrapropuestas que devinieron en un resultado muy distinto de la medida plantada inicialmente por la empresa.”

Se puede consultar la sentencia completa en :
http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder_Judicial/Audiencia_Nacional/Noticias_Judiciales/La_Sala_de_lo_Social_Audiencia_Nacional_avala_el_despido_colectivo_en_NCG_Banco

“EFECTO VENTILADOR”

Una vez conocido el fallo de la demanda presentada por CIG y ASCA; que pretendía dejar sin efecto el Acuerdo Laboral firmado el pasado 14 de Febrero, nuestra intención era dar simplemente información sobre dicha sentencia, pero ASCA a través de un comunicado ha puesto en marcha el “efecto ventilador”, no sabemos con qué intención aunque imaginamos que es “un simple fuego de artificio” para distraer la atención del varapalo judicial sufrido con la desestimación de sus pretensiones de meter a toda la plantilla en un “lio” con difícil salida. ¡Cuanto peor, mejor!

Informado lo que consideramos importante; contestamos por alusiones a lo que “el ventilador” ha lanzado al viento.

Comfia-CC.OO., no ha firmado una autorización para “echar a 1850 personas”; ha firmado un acuerdo laboral que nos ha llevado a esa cifra, minorando las pretensiones propuestas en un principio por la empresa y mejorando al mismo tiempo las condiciones de salida para los que tendrán que hacerlo. Volvemos a repetir, una vez más, que no es un orgullo firmar un ERE, fue un ejercicio de responsabilidad, y se hizo ya que democráticamente, los órganos correspondientes de Comfía-CC.OO., consideraron, mayoritariamente, que las condiciones alcanzadas eran las mejores posibles.
Por la demanda presentada conocemos los motivos de oposición ,pero, a día de hoy, toda la plantilla sigue esperando saber ¿Cuál iba ser vuestra alternativa, a presentar a toda la plantilla, de finalizar el periodo de consultas sin acuerdo?.

Os habéis arrogado la facultad de erigiros en “censores” de uno de nuestros comunicados;está claro que tenéis un problema para entender, pero, si le prestáis un poco más de atención, seguro que lo conseguiréis.

Criticáis extractos, por lo tanto incompletos y desvirtuados, de comunicados de Comfía-CC.OO. en la página de CEISS; os debemos decir que, cada sección sindical de Comfía-CC.OO. en el ámbito de cada entidad y, como no puede ser de otra manera, dentro de un marco general, gozan de la suficiente autonomía de actuación. Cuando sólo se leen titulares, negritas y cursivas, se produce la demagogia.
Para quien tenga interés, en este enlace puede obtener la explicación del acuerdo de CEISS dada por el Secretario General de Comfia-CC.OO. en Castilla y León: https://www.ccoo-servicios.es/html/27868.html .

En cuanto a la coherencia, deberían predicar con el ejemplo y su representante máxima no debería haberse acogido voluntariamente a un acuerdo que no ha firmado, tal y como consta en el apartado de antecedentes de hechos “…….acuerdo al que se adhirió inmediatamente la Secretaria General de ASCA”.Quien se ha quedado fuera de las 455 plazas disponibles, seguro se lo agradecería. ¡Aun está a tiempo de rectificar!.

Queremos pedir perdón a toda la plantilla, por no ceñir nuestro comunicado a lo que pretendíamos; dar a conocer el fallo de la sentencia pero, no podemos tolerar que se trate de confundir.
Si tienen algo positivo que aportar que lo hagan; en lo que pretendían, la justicia, en esta instancia; no les ha dado la razón a ninguno de sus argumentos.