Retribución Anual 2012


Este mes de Enero se inicia la unificación de la estructura de nóminas de los diferentes colectivos que integramos la actual Entidad.

Recordamos un par de puntos:

Segundo.
- Todas las retribuciones establecidas en la estructura salarial de la nueva Caja se abonarán prorrateadas en 14 pagas anuales, que se abonarán en los doce meses del año y en los meses de junio y diciembre. Dicho sistema entrará en vigor no más tarde del 1 de julio de 2011, y se procederá en el momento del cambio a liquidar la parte proporcional devengada de las pagas que pasan a abonarse de forma prorrateada. No obstante, la “ayuda para la formación de hijos de empleados” establecida en convenio colectivo se abonará en el mes de agosto.

Tercero.- La ordenación salarial establecida no dará lugar a modificación alguna en la determinación de la pensionabilidad o no pensionabilidad, a efectos de las aportaciones y prestaciones de los planes de pensiones, de los diferentes conceptos salariales que integran el sistema de retribución de las plantillas de ambas Entidades, salvo que en un futuro las partes establecieran lo contrario.

Lo que en el Acuerdo Laboral de Fusión (octubre 2010), se había acordado para aplicar a partir del 1 de Julio de 2011, que no pudo ser por motivos operativos (recordamos que la idea inicial era hacerlo en Enero 2011), se ha convertido en una aplicación e interpretación UNILATERAL por parte de RR.HH., que pone en peligro una paga de beneficios (según la procedencia, Enero o Marzo) produciendo a su vez un cambio en la cuantía anual de distintos conceptos salariales (Sueldo base, antigüedad,….).

Las características de Pensionabilidad, indican que enviarán nota aclaratoria.

Pues como resulte tan aclaratoria como el comparativo del portal, estamos arreglados.

La buena fe en la negociación se rompe y, por nuestra parte, hemos iniciado los trámites para, por medio de nuestra Asesoría Jurídica denunciar esta aplicación que, a nuestro entender, incumple lo pactado en el Acuerdo Laboral y el Convenio Colectivo Sectorial, y que no cuenta con el beneplácito de la representación legal de l@s trabajador@s, dejando un futuro, si cabe, MUCHO más incierto de lo que es, ya.

La explicación de la aplicación que se ha colgado en el portal, tiene una consecuencia práctica muy sencilla: ¡Pretenden tener poder de decisión para quitarnos cuando quieran la paga de beneficios!; una paga que en la negociación “todos” asumimos como Retribución Anual Fija, y que se liquidó a los compañer@s que se han ido por medio del ERE (hasta que cumplan todos 64 años).

Ahora y después de asistir a un nuevo espectáculo con la publicación de los salarios de Consejeros y Directivos, y soportar todo tipo de comentarios por parte de la clientela, pretenden que seamos los de siempre los que paguen los platos rotos.

Los conceptos se unifican en unos códigos numéricos distintos a los actuales. HAY QUE ESTAR ATENTOS que en la conversión se respeten las condiciones salariales individuales de procedencia.


Estamos a vuestra disposición para cualquier consulta o aclaración. Ponte en contacto con nuestros delegados.

¡POR EL CUMPLIMIENTO DE LO PACTADO!

"Afíliate a Comfía CC.OO."