21 Pagas S.M.G.


Se aceptó nuestra solicitud planteada en la 3ª reunión de la Comisión de Seguimiento del acuerdo de fusión del pasado 16 de Febrero.

En la última nómina abonada el 25 de Febrero, se regularizó la Garantía de salario mínimo de 21 pagas del salario base, teniendo en cuenta el concepto de “salario base 2”, que algunos trabajadores perciben por el puesto y la responsabilidad que desarrollan. Y que derivan de la aplicación de la transposición de categorías a niveles que se acordó en el Convenio Sectorial de Ahorro.
La aceptación de nuestra interpretación del acuerdo de fusión, nuevamente mejora las condiciones salariales de los trabajadores y trabajadoras.
Y si a esto unimos la regularización del importe que se percibe por este concepto con el incremento del 3% del convenio, que no se había aplicado en la nomina de Enero, da un resultado más que satisfactorio a nuestra gestión.

CCOO “TU GARANTIA”


Ejemplo de lo que representa de incremento la incorporación del Salario Base “2”, a la garantía de 21 pagas.
 Categoría Laboral anterior Categoría Laboral transposición
Salario Base
Garantía mínima 21 pagas
 Salario Base “2” Garantía mínima 21 pagas
Total Garantía 21 pagas
 Incremento anual

Jefe 4 A
 NIVEL III  1.916,15  40.239,15  51,55  1.082,55
41.321,70
1.082,55
 Jefe 5 A  NIVEL IV  1.811,86  38.049,06  52,14  1.094,94
39.144,00
1.094,94
 Jefe 6 A  NIVEL V  1.754,25  36.839,25  26,33  552,93  37.932,18  552,93

La garantía se aplica si el trabajador o trabajadora, sumados los conceptos que cobra en su nómina (incluido el Salario Garantizado por puesto de responsabilidad), no supera el mínimo. Se abona en 12 veces.