Antigüedad:Fuera Demagogia,Esta es la Realidad


Para CC.OO. es prioritaria la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras de Caixanova.

Con el acuerdo al que hemos llegado, (lástima que no con el consenso generalizado que hubiéramos querido) los beneficiarios aumentan y reciben mayores compensaciones que con el acuerdo anterior que también habíamos suscrito junto con UGT y CIG. En esta ocasión nos quedamos a solas con CSICA, igual que en el caso del Convenio Colectivo; por cierto un Convenio que ahora todos invocan reclamando su aplicación…(¡tan malo que era¡). En CC.OO. no nos asusta asumir las responsabilidades, al revés que otros que por pura “estrategia” no están dispuestos a asumir.

 El acuerdo contempla:

 El cómputo de la antigüedad desde la fecha de inicio de la relación laboral.

 El tiempo de experiencia profesional para ascender de Nivel salarial.

 La percepción de trienios.

 Las aportaciones al Plan de Pensiones derivadas de la prestación de servicios.

Los beneficiarios de este acuerdo son aproximadamente 200, en mayor o menor medida. Sustancialmente más que los 45 afectados por el primero de los acuerdos.

 Lo que hay que hacer ahora esrevisar todos los contratos temporales de los trabajadores, el intervalo entre los mismos, y calcular los días de los que se deducirán los efectos económicos, los atrasos salariales de un año y las aportaciones al plan de pensiones desde el primer contrato válido para el cálculo,además de la antigüedad y promoción profesional correspondientes.

 En CC.OO. consideramos que este es el mejor de los acuerdos al que se podía llegar, teniendo en cuenta la legislación y jurisprudencia actuales. Tenemos los pies en el suelo y no confundimos los deseos con la realidad. Esto no implica ni servilismo ni entrega, simplemente actuar con responsabilidad y consciencia.

 En CC.OO. no empleamos la demagogia.En el anterior comunicado os relatábamos que habíamos sido el primer Sindicato en promover las demandas por antigüedad, lo que nos da el plus de experiencia acumulada que lleva a nuestros servios jurídicos a apostar por las demandas individuales, y no por abandono, sino porque las Leyes nos obligan a optar por esa vía. No es necesario decir que todas estas demandas tendrán la cobertura y el apoyo sindical necesario. Se lo queremos aclarar especialmente a los demagogos: nadie va a ser señalado ni abandonado, y así se lo hemos comunicado a Caixanova.

Decimos esto porque ahora los manipuladores nos acusan de vendidos y otras “perlas”.No nos olvidamos de las ETT’s como sí lo hicieron en UGT. En relación a nuestros compañeros y compañeras de ETT’s, cabe señalar que CC.OO. fue el único sindicato que denunció y reclamó la actualización salarial correspondiente durante el año pasado. Ningún otro sindicato se preocupó ni apoyó la solicitud, cuando llevaban meses con el salario congelado.

Unas aclaraciones de términos para terminar:

 Interrupción proceso demandas individuales:

 Si se interpone una demanda individual cuando está pendiente de sentencia un conflicto colectivo, el juez se remite a la futura sentencia.

Contratos temporales:

 Están regulados en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, son contratos de una duración determinada celebrados directamente entre la empresa y el trabajador.

Contratos de puesta a disposición:

 Son los que se celebran entre las empresas de trabajo temporal y sus empresas usuarias para la cesión a estas últimas de los trabajadores de la ETT

En las próximas fechas, CC.OO. convocará una asamblea informativa para que no quede ninguna duda y con el ánimo de resolver cuantas cuestiones nos queráis plantear, de la que seréis avisados oportunamente.

 Mientras tanto podéis contactar con nosotros por los medios habituales y remitirnos la documentación necesaria para estudiar vuestro caso si todavía no lo habéis hecho.