Hemos solicitado la libranza de un día en el periodo de Navidad.
13-12-10 Hemos solicitado que un día de los 24 y 31 de diciembre y el 5 y 7 de enero tenga la consideración de festivo.
En respuesta a las distintas solicitudes que nos han remitido en las que solicitaban la concesión de un día de libranza a escoger entre los días 24, 31 de Diciembre y 7 de Enero, debo manifestarles que, a diferencia de los últimos años en los que hemos venido aceptando su petición, en este ejercicio existen cambios importantes en lo que a jornada laboral se refiere, que nos hacen desestimar su solicitud, a saber:
- El pasado 21 de Enero firmamos con los representantes sindicales un Acuerdo de Modificación Laboral en el que se recogían todos los aspectos relativos a la jornada laboral de los empleados.
- Que el citado Acuerdo conllevó una reducción del número de horas laborales anuales para todos los empleados.
- Que en el citado Acuerdo se incluyó, en el Apartado A del punto II, que los días 24 y 31 de diciembre y 5 de enero que coincidan en jueves, se librará con carácter no recuperable la tarde de ese día
SOBREESFUERZO O DEDICACIÓN en BSIS
10-12-10 Esta dedicación extra no está contemplada en el pacto de guardias vigente por que la empresa siempre se ha negado a incluirla, pero esto no quiere decir que no esté sujeta a ningún tipo de regulación (artículo 29 en el convenio de TICs y artículo 51 en el convenio de Contact Center).
Los sueldos de los técnicos del Sabadell: los más bajos de la banca
07.12.10 Banco Sabadell es sin lugar a dudas la entidad que mantiene el mayor porcentaje de técnicos en los niveles más bajos de convenio. Además no aplica políticas retributivas en la media del sector y no valora adecuadamente a sus profesionales.
Acuerdo de Guipuzcoano Correduría de Seguros S.A.
30-11-10 Excepcionalmente el Grupo Banco Sabadell y el Grupo Banco Guipuzcoano se comprometen que respecto a los empleados actuales de Guipuzcoano Correduría de Seguros S.A., participada al 60% por Banco Guipuzcoano, a no aplicar los artículos 51 y 52c del RD 1/1995 de 14 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Estatuto de los Trabajadores y posteriores modificaciones.