Sentencia de Tribunal Supremo en casación para unificación de doctrina por la que se declara exentas de tributación de IRPF las prestaciones de Matern
Sentencia que el Tribunal Supremo acaba de fallar en unificación de doctrina por la que se declaran exentas de tributación en el Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF) las prestaciones de Maternidad de la Seguridad Social. Esta sentencia supone la resolución definitiva del conflicto que desde varios años se viene produciendo en relación a la exención del citado impuesto, y que se derivaba de la diferente opinión que tenían de la misma distintos tribunales, reconociéndola en algunos casos y denegándola en otros. De este modo, se fija como doctrina legal la exención de la tributación en el IRPF de las prestaciones de Maternidad de la Seguridad Social.
Las prestaciones por Maternidad, exentas de IRPF
Sentencia que el Tribunal Supremo acaba de fallar en unificación de doctrina por la que se declaran exentas de tributación en el Impuesto de la Renta de Personas Físicas (IRPF) las prestaciones de Maternidad de la Seguridad Social. Esta sentencia supone la resolución definitiva del conflicto que desde varios años se viene produciendo en relación a la exención del citado impuesto, y que se derivaba de la diferente opinión que tenían de la misma distintos tribunales, reconociéndola en algunos casos y denegándola en otros. De este modo, se fija como doctrina legal la exención de la tributación en el IRPF de las prestaciones de Maternidad de la Seguridad Social.
Retraso en la entrega de los vales restaurante
A la espera de lo que ocurra hoy, la mayoría de empleados lleva tres días sin tener los vales restaurante del mes de octubre. Según nos dicen desde la Dirección, este hecho se debe a un problema de distribución de Sodexo y no tiene nada que ver con el nuevo sistema de petición recientemente inaugurado.
Las #PensionesDignas es cosa de todos.
Hoy día 1 de Octubre. Día Internacional de las personas mayores, Concentración a las 12:00 Frente al Palacete de Gobierno en el Espolón de Logroño.
Sobre los permisos retribuidos
17/07/2018
En nuestro comunicado del 22/03/18 os informábamos de la sentencia del Supremo en la que se declaraba que los permisos por matrimonio siempre debían de comenzar a disfrutarse en día hábil.
Ante el gran número de demandas que hemos interpuesto, la Audiencia Nacional ha decidido elevar CUESTIÓN PREJUDICIAL, solicitando la aclaración del criterio sobre los PERMISOS RETRIBUIDOS al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, e iniciando un plazo para que llevemos a cabo nuestras alegaciones. Los juicios pendientes quedarán suspendidos entre tanto no se resuelva la cuestión prejudicial; una vez aclarada esta, será mucho más rápida su aplicación a la generalidad de los permisos y convenios.












