Arquivado en Salud Laboral

CCOO ha solicitado la reunión de Comité Intercentros esta mañana la empresa comunica que ya tenía previsto llevar a cabo estas medidas.

La empresa traslada las medidas de flexibilidad laboral en Supersol para todo el territorio


Hemos de recordar que no estamos hablando de la situación de la empresa en exclusiva, sino de un tema de emergencia sanitaria prioritario de todo el país. Las medidas adoptadas son medidas de responsabilidad. Hay que tener en cuenta que nuestro sector es el encargado de garantizar el abastecimiento a la población ante la situación actual por coronavirus. No obstante, la empresa traslada que garantiza la implantación de todas las medidas de protección y de prevención que determinen en cada momento los organismos compententes.


Hemos solicitado una reunión esta mañana con la empresa, y hemos trasladado nuestras propuestas, y la empresa ha contestado que agradece que hayamos solicitado la reunión pero que ellos ya lo tenían previsto. Ambas cosas las hemos valorado positivamente desde CCOO, ya que con ello, hemos conseguido anticiparnos con estas medidas a la situación de cierre de centros de todas las comunidades autónomas.

Las medidas de flexibilidad laboral están dirigidas a las personas con hijos menores de 12 años que no tengan posibilidad de conciliar el cuidado de hijos menores con el horario laboral. La empresa aplicará estas medidas siempre y cuando se garantice la actividad y lo permita la organización en los centros de trabajo. La empresa nos traslada que estas medidas sean también medidas de responsabilidad.

Las medidas de flexibilidad laboral son exclusivamente para el periodo comprendido entre el 16 de marzo y el 30 de marzo de 2020, fechas en las que se ha anunciado el cierre de los centros de enseñanaza en todos los niveles. En el caso de que se amplie el periodo de cierre de los centros de enseñanza volveremos a hablar.

 

Las medidas de flexibilidad laboral son

Excedencias por motivos familiares

Se podrán solicitar excedencias por motivos familiares por debajo de los 15 días que recoge el III Convenio Colectivo, por ejemplo por periodos de 7 días.

Vacaciones:

Se prodrán adelantar las vacaciones para disfrutarlas antes del periodo inicialmente previsto y disfrutarlas por debajo del periodo de 15 días. 

Flexibilidad de horarios:

Se permitirá el cambio de turnos, siempre y cuando organizativamente sea posible, entre el horario de mañana y tarde o permutando el turno con otro trabajador/a que acepte cambiarlo, en este caso deberá contar con la aprobación del gerente de la tienda.

Deslizamiento de horarios:

Se podrá adelantar y retrasar el horario de entrada para poder conciliar el cuidado del menor con el trabajo.

La empresa ha enviado este documento en el que se recogen estas medidas y que os trasladaremos. (

Ambas partes coincidimos en que no estamos hablando de la empresa sino de un tema sanitario prioritario de país en el que los trabajadores y las trabajadoras del sector comercio de alimentación nos convertimos en esenciales, dado que la finalidad es garantizar el abastecimiento de los productos de primera necesidad..

En este sentido hemos reclamado a la empresa dos cuestiones que consideramos prioritarias:

  1. Garantizar la seguridad y salud de las personas que trabajamos en Supersol y que estamos en primera línea de exposición con la adopción de todas las medidas preventivas disponibles. A lo que la empresa nos ha contestado que está adoptando todas las medidas de protección y prevención que se van ordenando en cada momento desde las autoridades competentes en la materia de Sanidad y de Trabajo. Hasta ahora se han suministrado a las tiendas geles antisépticos, guantes (ya han llegado a algunas tiendas a otras llegará en breve) y traslada la importancia de seguir manteniendo las medidas de higienes ya comunicadas como mantener la distancia de seguridad de un metro, lavarse las manos con jabón, etc...
  2. Reducir el sobreesfuerzo que se está viviendo en las tiendas por el incremento de trabajo para lo que hemos solicitado que se amplien las plantillas si es necesario. La empresa nos ha trasladado que reconoce el esfuerzo de la plantilla y que ya está trabajando en ello, incrementando el personal de las tiendas en las que se ha detectado un incremento de ventas. Nos aclara que hay un canal para ello. Cuando se detecta esta situación el Gerente de la tienda deberá contactar con el Jefe de Ventas y éste debe trasladarlo a RRHH que procederá. 

Desde CCOO queremos añadir que si no hacen caso a vuestras solicitudes, tras dar estos pasos, lo pongáis en nuestro conocimiento

También queremos aclarar que para dar cobertura a toda la actividad que está teniendo lugar en los centros de trabajo, la empresa podrá recurrir a solicitar horas extras y horas complementarias en los casos en los que sea necesario para atender a esta situación de fuerza mayor así como incrementar número de horas contratadas de las personas contratadas a tiempo parcial.

En cuanto a las personas que trabajan en Supersol que puedan ser consideradas factor de riesgo, deberán seguir los protocolos establecidos llamando por teléfono a los servicios de salud de cada comunidad para que su médico les tramite la baja, De la misma forma deberán actuar las personas que tengan familiares con contagio. La persona que se encuentre en esta situación y tenga una prescripción médica deberá seguir lo establecido en el Plan de Actuación que podrá encontrar en el portal de empleado en la pestaña de documentos/ comunicados y le será reconocida como baja laboral por accidente.

El artículo quinto de la norma, establece que, al objeto de proteger la salud pública, se considerarán, con carácter excepcional, situación asimilada a accidente de trabajo, exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social, aquellos periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el virus Covid-19.

Se ha publicado el criterio 4/2020 de la Seguridad Social que permite considerar la incapacidad laboral como accidente con efecto retroactivo.

Con respecto a la posibilidad del teletrabajo del personal de oficina la empresa ha trasladado que se han dotado de instrumentos para que se pueda teletrabajar y que ya se está aplicando en el mayor porcentaje posible que permitan los medios técnicos.

También hemos preguntado en qué situación quedan las personas que viven en Marruecos y trabajan en Melilla tras el cierre de la frontera, sin embargo esta cuestión dada su complicación la empresa está estudiando aún y nos trasladará en breve.

Estamos a vuestra disposición para asesoraros e informaros.

 

 


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